¿Qué tienes que saber?
Es una autorización que emite el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a las entidades que organizan competiciones deportivas motorizadas en el medio natural, con la conformidad expresa de los ayuntamientos afectados y de los/las propietarios/as de los terrenos afectados por el recorrido de las pruebas.
La autorización puede suponer modificaciones o limitaciones en el recorrido y puede incorporar condiciones específicas con el objetivo de proteger el medio. En todo caso, cualquier condicionante será comunicado a las entidades locales y a las personas titulares afectadas.
De acuerdo con la Ley y el Reglamento de acceso motorizado al medio natural existen las siguientes figuras administrativas:
- Áreas de circulación para el ocio y deporte
- Itinerarios para la practica de motociclismo de montaña
- Circuitos permanentes no cerrados
- Circuitos permanentes cerrados
- Circulación motorizada en grupo.
- no organizada
- organizada
- Competiciones deportivas incluidas en el calendario de las federaciones deportivas correspondientes y pruebas técnicas de vehículos motorizados en el medio natural
De la primera a la quinta figuras las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento correspondiente, cuando la actividad motorizada discurra por un suelo término municipal, o al Consejo o Consejos comarcales correspondientes, cuando discurra por más de un término municipal.
En el supuesto número 6 puede solicitar autorización para realizar la actividad motorizada en esta página.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
- A las federaciones catalanas de motociclismo i automovilismo.
- A entidades organizadoras de competiciones deportivas motorizadas en el medio natural.
La autorización se debe solicitar, como mínimo, 30 días antes de la fecha de celebración de la competición deportiva.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Definición gráfica del recorrido previsto en formato vectorial, preferentemente ficheros tipo kml, kmz, gpx, shape o zip. (ORDEN PDA / 20/2019, de 14 de febrero).
- Aprobación del reglamento deportivo por parte de la federación correspondiente.
- Informe de / los Ayuntamiento / s especificando la compatibilidad de la actividad motorizada con la normativa urbanística municipal.
- Memoria descriptiva de la actividad motorizada.
Estar en disposición de poder cumplir con todas las condiciones contempladas en la Resolución de autorización
No hay tasas asociadas a este trámite.
- Se pueden suspender provisionalmente pruebas deportivas ya autorizadas o parte de las pruebas por circunstancias meteorológicas, por incendios o por otros supuestos justificados. Esta suspensión se puede ordenar con carácter definitivo si la prueba puede comportar alteraciones sustanciales en el medio natural.
- Se prohíben las competiciones deportivas en el interior de los espacios naturales declarados de protección especial, en las reservas nacionales de caza y en las reservas naturales de fauna salvaje. En el resto de espacios incluidos en el Plan de espacios de interés natural, las competiciones deportivas sólo podrán transcurrir por viales pavimentados.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo se puede hacer por internet. Es necesario que se identifique al enviar el formulario con la idCATMòbil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
Como se recibe la respuesta?Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
Como se recibe la respuesta?
Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.Cuando se recibe respuesta?
Se entenderá estimada la solicitud de autorización transcurrido el plazo de un mes desde su presentación sin que haya recaído resolución expresa. (Art. 28.5 DECRETO 166/1998, de 8 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural.)¿Qué respuesta se recibe?
La Subdirección General de Bosques es el órgano encargado de notificar la Resolución a las entidades solicitantes en caso de que la competición deportiva o la prueba técnica de vehículos motorizados al medio natural transcurra por el ámbito de dos o más servicios territoriales del DARP.
En caso de que la actividad transcurra dentro del ámbito de un solo Servicio del DARP, el órgano encargado de notificar la Resolución es la Dirección de los Servicios Territoriales correspondiente. -
3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
- Para trámites dirigidos a sujetos obligados relacionados con la actividad económica (FUE):
- Para trámites dirigidos a sujetos obligados relacionados con la actividad económica (FUE):
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil / o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF)
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI / NIF).