¿Qué tienes que saber?
Es una base de datos que contiene los datos relativos a las personas que tienen prohibido el acceso a salones de juego, casinos y salas de bingo de Cataluña, a petición propia o como consecuencia de un procedimiento sancionador o de una resolución judicial.
¿Qué tipo de autoprohibición hay?
- Simple, la que solicita voluntariamente la persona interesada.
- Reforzada, la que solicita voluntariamente la persona interesada y la refuerza otra persona mayor de edad designada por la persona interesada.
Asesoramiento y acompañamiento psicológico
- Para hacer el trámite, te recomendamos que pidas cita:
- Por internet
- Presencialmente, en las oficinas de atención ciudadana.
- Por teléfono, llamando al 012
- Puedes solicitar más información o el servicio de asesoramiento y acompañamiento psicológico:
- Presencialmente, en el momento de hacer el trámite, en las oficinas de atención ciudadana.
- Llamando al teléfono de la unidad que gestiona el Registro, 935 528 105, de lunes a viernes, laborables, de las 9.00 h a las 14.00 h.
Organismo responsable
A las personas que tienen una relación problemática con al juego o que consideran que están en riesgo de desarrollarla. Estas personas pueden pedir, de forma voluntaria, que se las incluya en el Registro de personas que tienen prohibido el acceso a los salones de juego, casinos y bingos de Cataluña.
La puedes solicitar en cualquier momento.
Si quieres modificar los datos que constan en este Registro, sólo hace falta que aportes el documento o documentos con los cuales hiciste la inscripción.
También puedes aportar otra documentación que no conste en el Registro.
- Tener una autoprohibición vigente en este Registro.
- Únicamente puede hacer la solicitud de enmienda la persona que conste en este Registro.
Este trámite es gratuito.
Si quieres más información, consulta las preguntas más frecuentes.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Modifica los datos
Te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana.
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2
Segundo paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibirás?
¿Qué respuesta recibirás?
La Dirección General de Tributos y Juego emite la resolución de la inscripción de la modificación al Registro el día hábil siguiente de la solicitud y se hace efectiva en ese momento.
Recibirás la resolución por notificación electrónica.
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