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  • Constituir la garantía o el depósito
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  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Tasas
  • Tipos de garantías y depósitos y formas de constituirlos

Pasos a realizar

  1. 1. Constituye la garantía o el depósito
  2. 2. Recibe la respuesta de la Administración
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Normativa

  • DECRETO 221/1999, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos de la Generalidad de Cataluña, y se unifica el régimen de las garantías que ante ella se pueden presentar.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  2945  publicado el 04/08/1999)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?
La Caja General de Depósitos está adscrita a la Dirección General de Política Financiera, Seguros y Tesoro del Departamento de Economía y Finanzas. Entre sus funciones tiene recepcionar, custodiar y gestionar las garantías y depósitos que se constituyen ante la Administración de la Generalitat de Catalunya para dar cumplimiento a las obligaciones que establecen las normas. 
Aviso importante

Se informa que los trámites a la Caja General de Dipósitos se tienen que hacer por medios electrónicos.
 
La tramitación de las garantías y los depósitos constituidos en forma de aval y seguro de caución se tiene que hacer por petición genérica, dirigida al Departamento de Economía y Finanzas. Hay que adjuntar el aval o seguro de caución emitido digitalmente y la tarjeta NIF o DNI del depositante.
 
Si tenéis problemas para descargar formularios PDF consultad la página Soporte a la tramitación por internet.
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Economia i Finances
  • Subdirecció General de Tresoreria
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones

A todas las personas físicas y jurídicas que, de acuerdo con un precepto legal, tienen que constituir garantías o depósitos ante la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Plazos

El plazo lo determina en cada caso la norma legal que obliga en la constitución de la garantía o el depósito.

Documentación

Según cómo se constituya la garantía o el depósito, junto con el impreso de la Solicitud de constitución de garantía o depósito, hay que adjuntar uno de los documentos siguientes:

  • si se ha hecho un ingreso en efectivo, justificante del ingreso de la entidad bancaria. Atención: no hay que entregar este justificante si el ingreso se hace mediante cheque en la Caja General de Depósitos de Barcelona;
  • si se ha hecho mediante un aval, un seguro de caución o valores, el documento original del aval, del seguro de caución o de los valores, que se tiene que ajustar al modelo oficial que hayan previsto, en cada caso, la Administración de la Generalitat de Catalunya, las entidades autónomas o los entes públicos dependientes o vinculados.

 

Aviso importante: si es la primera vez que hacéis un trámite ante la Caja General de Depósitos, o si ha habido alguna modificación en los datos de identificación que hicisteis constar en otras ocasiones, tenéis que aportar un documento que acredite los datos actuales (una copia del DNI/NIF, de las escrituras de la entidad, o cualquier otro que permita hacer la comprobación y la actualización).
 
Si tenéis problemas para descargar formularios PDF consultad la página Soporte a la tramitación por internet. 

Documentos

Solicitud de constitución de garantía o depósito

Solicitud de devolución de garantías y depósitos

Tasas

Este trámite es gratuito.

Tipos de garantías y depósitos y formas de constituirlos
Las garantías y los depósitos se constituyen para dar cumplimiento a las obligaciones legales vigentes.

Se tienen que presentar ante la Caja General de Depósitos:
  1. Las garantías que se deben constituir a favor de la Administración de la Generalitat de Catalunya o de las entidades autónomas o entes públicos que de ella dependen.
  2. Los tipos de depósito siguientes:
  • los constituidos por particulares a favor de otros particulares;
  • los constituidos por las administraciones públicas, con ámbito de actuación en Cataluña, a favor de particulares;
  • los constituidos por particulares a favor de las administraciones públicas con ámbito de actuación en Cataluña;
  • los constituidos por las administraciones públicas con ámbito de actuación en Cataluña a su favor o a favor de un organismo autónomo o ente público que dependa de ella o con el que esté vinculado. 
Las garantías y los depósitos se pueden constituir de diferentes formas:
  • ingreso en efectivo, cheque bancario o cheque registrado por una entidad financiera, librado a favor del Tesoro de la Generalitat de Catalunya; ni las garantías ni los depósitos en efectivo devengan ningún interés.
  • valores y participaciones en fondo de inversión, tanto si constan en anotaciones en cuenta como si están representados en certificados nominativos (la constitución de este tipo de garantía o depósito es más compleja, por lo cual os recomendamos que os pongáis en contacto con la Caja General de Depósitos o con cualquiera de sus servicios territoriales);
  • avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca;
  • seguros de caución otorgados por entidades aseguradoras.  

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Constituye la garantía o el depósito

    Garantías y depósitos constituidos con dinero en efectivo de curso legal, cheque bancario o cheque registrado por una entidad financiera a nombre del Tesoro de la Generalitat de Catalunya

    Garantías y depósitos constituidos con dinero en efectivo de curso legal, cheque bancario o cheque registrado por una entidad financiera a nombre del Tesoro de la Generalitat de Catalunya

    • Delante de la Caja General de Depósitos de Barcelona: se tiene que hacer un ingreso en la cuenta de "la Caixa" ES50 2100 0747 2102 0000 4010, a nombre de la Generalitat de Catalunya.
    • Ante los servicios territoriales de la Caja General de Depósitos en Gerona: se tiene que hacer un ingreso en la cuenta de "la Caixa" ES68 2100 0188 4802 0041 8022, a nombre de la Generalitat de Catalunya.
    • Ante los servicios territoriales de la Caja General de Depósitos en Lérida: se tiene que hacer un ingreso en la cuenta de "la Caixa" ES69 2100 9046 9502 0000 4714, a nombre de la Generalitat de Catalunya.
    • Ante los servicios territoriales de la Caja General de Depósitos en Tarragona: se tiene que hacer un ingreso en la cuenta de "la Caixa" ES 35 2100 9046 9002 0000 4601, a nombre de la Generalitat de Catalunya.

    En todos los casos (ver la excepción que se prevé en el aviso), hay que aportar, junto con la solicitud de constitución de garantía o depósito, el justificante de ingreso de la entidad bancaria.

     

    Garantías que se constituyen mediante aval bancario, seguro de caución o valores representados en anotaciones en cuenta y, en el caso de participaciones en fondo de inversión, mediante certificados nominativos

    La tramitación sólo se puede hacer en las sucursales de la Caja General de Depósitos.

    Junto a la solicitud de constitución de garantía o depósito, se tiene que aportar el documento original del aval, el seguro de caución o los valores; este documento debe ajustarse al modelo oficial que hayan previsto, en cada caso, la Administración de la Generalitat de Catalunya, las entidades autónomas o los entes públicos dependientes o vinculados.

    Esta documentación se revisa en el mismo momento que se presenta y, si cumple los requisitos, la Asesoría Juríca del Departamento de Economía y Finanzas la valida para que la Administración, mediante la Caja General de Depósitos, pueda emitir el resguardo y entregarlo.
    La Caja General de Depósitos de Barcelona admite cheques como todas las sucursales; la sucursal de Barcelona, sin embargo, es la única que puede hacer el ingreso directamente en su cuenta, por lo cual hay suficiente con llevar el cheque; es el único caso en que no hace falta entregar el justificante de la entidad bancaria.
     
    Recordad
     
    En el formulario de petición genérica se debre de especificar a qué sucursal de la Caja General de Depósitos se dirige la solicitud (Barcelona, Tarragona, Lérida o Gerona).

    Por Internet

    Petición genérica con firma electrónica (formulario en HTML)

    Iniciar . Acceder a Petición genérica con firma electrónica (formulario en HTML)

    Como se tiene que hacer:

    1) Descargad el formulario de petición genérica. Llenadlo e informad los valores siguientes:

    En el apartado 'Motivo de la petición':

    • Expongo y solicito: debéis de especificar a qué sucursal de la Caja General de Depósitos dirige la solicitud (Barcelona, ​​Tarragona, Lérida o Gerona).

    En el apartado 'Donde va dirigida' tenéis que escoger estas opciones:

    • Desconozco el organismo a quien va dirigida la petición
    • Tema: Economía
    • Subtema: Contratación pública

    2) Descargad el impreso de Solicitud de constitución de garantía o depósito y llenadlo.

    Si tenéis problemas para descargar formularios PDF consultad la página Soporte a la tramitación por internet.

    3) Adjuntad al formulario de petición genérica:

    1. el impreso de Sol·licitud de constitución de garantía o depósito, y
    2. la documentación que se quiere anexar.

        Recordad que al formulario de petición genérica:

    • Se pueden anexar como máximo cinco documentos. Peso máximo de cada fichero: 20MB.

    4) Enviad el formulario. En el momento de presentar la petición, recibirás un recibo con la fecha y la hora en que has presentado la documentación.

     
    Para tramitar este formulario tendréis que identificaros con el IdCat Móvil o un certificado digital.

    Si tenéis problemas para descargar formularios PDF consultad la página Soporte a la tramitación por internet.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibe la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta recibirás?

    ¿Qué respuesta recibirás?

    La respuesta de la Administración consiste en emitir y entregar el resguardo de constitución de garantía o depósito correspondiente. El resguardo permite acreditar que se ha constituido la garantía o el depósito. Este documento lo emite la Caja General de Depósitos a favor de la persona o entidad constituyente y entrega una copia a la persona interesada, en la cual constan, como mínimo:

    • Los datos identificadores de la persona o entidad que constituye la garantía o depósito y, si pega, también las de la persona titular de los fondos o de la cuenta de qué proceden.
    • El órgano administrativo, organismo autónomo o ente público a disposición del cual se constituye la garantía o depósito.
    • La obligación garantizada y cuantía por la cual se garantiza.
    • El precepto legal que impone la constitución de la garantía o depósito ante la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya.

    En caso de garantías y depósitos constituidos con dinero en efectivo de curso legal, cheque bancario o cheque registrado por una entidad financiera a nombre del Tesoro de la Generalitat de Catalunya: la Caja General de depósitos emite este documento así que comprueba que el importe correspondiente al ingreso consta en la cuenta.

    Si las garantías o los depósitos se constituyen mediante aval, seguro de caución o valores, se tiene que aportar el documento original del aval, el seguro de caución o los valores; este documento debe ajustarse al modelo oficial que hayan previsto, en cada caso, la Administración de la Generalitat de Catalunya, las entidades autónomas o los entes públicos dependientes o vinculados. Una vez que la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas ha validado la documentación, la Administración, mediante la Caja General de Depósitos, emite y entrega el resguardo de constitución de garantía o depósito correspondiente.

    Los resguardos conforme se han constituido no se pueden transmitir a terceras personas.

Fecha de actualización 05.11.2025

Trámites relacionados

  • Notificación de la pérdida del resguardo del depósito
  • Modificación de datos bancarios para pagos del Tesoro de la Generalitat de Catalunya
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