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  • Ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica
  • Justificar la ayuda (convocatoria 2025)
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Pasos a realizar

  1. 1. Justificar
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
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Ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica

Justificar la ayuda (convocatoria 2025)

QUIÉN
Ciudadanía
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
En plazo

Del 02/01/2026 al 02/11/2026

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Ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica

Justificar la ayuda (convocatoria 2025)

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Normativa

  • ORDEN ARP/215/2020, de 11 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8296  publicado el 16/12/2020)
  • ORDEN ACC/251/2023, de 15 de noviembre, por la que se modifica la Orden ARP/215/2020, de 11 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9044  publicado el 20/11/2023)
  • RESOLUCIÓN ARP/4023/2024, de 8 de noviembre, por la que se convocan las ayudas destinadas a incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica correspondientes a 2025 (ref. BDNS 796155).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9290  publicado el 14/11/2024)
  • Resolución ARP/4468/2025, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria derivada de las bases reguladoras de las ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9557  publicado el 04/12/2025)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La subvención va destinada a financiar proyectos de investigación que generen conocimiento relacionado con la producción agroalimentaria ecológica favoreciendo la reconversión y aportando garantías a los operadores que llevan a cabo este tipo de producciones en Cataluña.

Todos los proyectos deben adecuarse obligatoriamente a uno de los ámbitos específicos en materia de producción agroalimentaria ecológica que se enumeran a continuación:

Todos los proyectos se tienen que adecuar obligatoriamente a uno de los ámbitos específicos en materia de producción agroalimentaria ecológica que se enumeran a continuación:

  • Ámbito 1. Sanidad vegetal y animal.
  • Ámbito 2. Gestión del suelo, adobado y fertilización y prácticas de cultivo.
  • Ámbito 3. Manejo de la vegetación espontánea en las zonas de cultivo.
  • Ámbito 4. Alimentación, instalaciones y prácticas pecuarias.
  • Ámbito 5. Selección y mejora de variedades adaptadas al sistema de producción agraria ecológica, especialmente de variedades locales de Cataluña. 
  • Ámbito 6. Calidad diferencial de los alimentos ecológicos

Todos los proyectos deben basarse en uno de los siguientes sectores: cultivos herbáceos extensivos, horticultura, fruticultura, vid, ganadería o elaboración de alimentos para el consumo humano.

 

Plazos 

Plazo de solicitud: del día 5 de diciembre de 2025 hasta el 5 de enero de 2026 ambos incluidos.

 
 
 
 
 
 
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Servei d'Ordenació Agrícola
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A los equipos de investigación:

  • de las universidades.
  • de los centros de investigación públicos y privados de Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación.
  • de los centros tecnológicos y/o centros de la red TECNIO.
Plazos

Es necesario presentar la justificación de los proyectos durante los dos meses siguientes a su finalización y nunca más tarde del 2 de noviembre del año 2026.

Documentación

La documentación que debe adjuntarse al formulario de justificación es la siguiente:

En caso de que la persona beneficiaria sea una universidad o un centro de investigación con control mayoritario de una Administración pública:

  1. Informe de auditoría.
  2. Memoria explicativa del cumplimiento del proyecto subvencionado, de acuerdo con el modelo normalizado (A1071-DO3)
  3. Ficha técnica divulgativa (A1071-DO5).
  4. Cuenta justificativa.
  5. Información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas, en su caso. Se puede utilizar el modelo de declaración de la remuneración que ha percibido el personal directivo de la entidad solicitante durante el año anterior (A0201.01-DO24).

Documentos

Anexo a la solicitud de ayudas para incentivar la investigación aplicada en materia de producción agroalimentaria ecológica (model A1071-DO2)

Certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad donde se decide solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes (formulario G0201.01-DO19)

Guía para la tramitación telemática de la solicitud (A1071-AN1)

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Justificar

    Plazos
    Del 02/01/2026 al 02/11/2026

    Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de persona jurídica o de persona vinculada.

    Puede presentar la justificación el/la representante legal o la persona a notificar que consta en la solicitud de la ayuda.

    Por Internet

    Justificar

    Iniciar . Acceder a Justificar

    Consulte las instrucciones para tramitar la justificación de la ayuda a la Guía para la tramitación telemática de la justificación (A1071-AN3)

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    La Administración certificará y comprobará la ejecución de las actuaciones subvencionables.

    La Administración certificará y comprobará la ejecución de las actuaciones subvencionables.

    Los órganos competentes del Departamento comprobarán de oficio el cumplimiento de los requisitos para acceder a las ayudas de acuerdo con la documentación aportada.

    La propuesta de pago de la subvención se realizará después de que se haya efectuado esta certificación según la cual la actividad y el gasto realizados están debidamente justificados.

    Si las actividades para las que se ha aprobado la ayuda no han sido realizadas o correctamente justificadas, el órgano concedente, previa tramitación del procedimiento legalmente establecido, debe revocar total o parcialmente las subvenciones concedidas, con la obligación por parte del beneficiario de devolver el importe recibido y pagar el interés de demora correspondiente, en los supuestos previstos en el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

     ¿Se puede presentar un recurso?

    La resolución expresa de revocación de las subvenciones pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la comunicación, sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, ante del/de la director/a general de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Fecha de actualización 04.12.2025
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