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  • Acreditación de centros de formación de técnicos para elaborar planes de autoprotección (PAU)
9902 - 9902_-_Acreditació de centres de formació de tècnics per elaborar plans d'autoprotecció Departament d'Interior i Seguretat Pública accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicite la homologación
  2. 2. Pague la tasa
  3. 3. Consulte el estado del trámite
  4. 4. Reciba la respuesta de la Administración
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Acreditación de centros de formación de técnicos para elaborar planes de autoprotección (PAU)

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Normativa

  • DECRETO 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.

    . Abrir en una nueva ventana.

    NOTA: Las órdenes que desarrollan el Decreto 82/2010, de 29 de junio, continúan en vigor en todo lo que no se oponga al nuevo Decreto 30/2015, de 3 de marzo.

  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en el Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas (DOGC núm. 6824, de 5.3.2015).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6842  publicado el 31/03/2015)
  • ORDEN INT/192/2011, de 28 de julio, de acreditación de los centros de formación de personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección de las actividades y los centros de interés para la protección civil.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5938  publicado el 09/08/2011)
  • LEY 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8877  publicado el 17/03/2023)
  • LEY 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8877  publicado el 17/03/2023)
  • ORDEN INT/102/2023, de 27 de abril, por la que se da publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Interior durante el año 2023.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8909  publicado el 05/05/2023)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Este trámite permite solicitar la acreditación de los centros de formación que quieren impartir:

  • Cursos de formación básica para elaborar planes de autoprotección (PAU) de actividades y centros de interés para la protección civil local
  • Cursos de formación superior para elaborar planes de autoprotección (PAU) de actividades y centros de interés para la protección civil de Cataluña

Visite la página Planes de autoprotección (PAU) para obtener más información.

Este trámite solo se puede hacer por internet.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Institut de Seguretat Pública de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones
  • A universidades de Cataluña
  • A centros adscritos a las universidades de Cataluña
  • A colegios profesionales
  • A centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo
  • A centros de formación profesional de las organizaciones empresariales
Plazos

La puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  1. Estatutos del centro, para los centros adscritos a las universidades, centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales.
  2. Acuerdo de concesión de licencia municipal de apertura, para los centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales. 
  3. Programa de la actividad o actividades formativas, de acuerdo con las características mencionadas en la normativa, y con referencia expresa a los objetivos, el contenido, las actividades de aprendizaje, la elaboración de un proyecto donde se desarrolle un caso práctico, la duración (expresada en horas lectivas) y la temporización indicativa de las actividades, y el lugar donde se llevará a cabo.
  4. Descripción de los métodos y mecanismos previstos de evaluación del aprendizaje del alumnado.
  5. Currículum de la persona responsable académica del curso, que deberá estar acreditada como personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección.
  6. Perfil de los formadores y currículum relacionado con las áreas de conocimiento que impartirán en el curso.
  7. Descripción del sistema de evaluación de la calidad de la actividad formativa.
  8. Documentación acreditativa de la representación, en su caso. No es necesario que aporte esta documentación si es el representante y está inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).
Tasas

405,35 €

Características de los cursos

El curso de formación básica para elaborar PAU de las actividades y centros de interés para la protección civil local tiene que desarrollar, como mínimo, el programa formativo que figura en el anexo 1 de la Orden IRP/516/2010, de 8 de noviembre, sobre el procedimiento de acreditación del personal técnico competente para la elaboración de PAU, con una duración mínima de 140 horas, de acuerdo con los materiales curriculares del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC).

El curso de formación superior para elaborar PAU de las actividades y centros de interés para la protección civil de Cataluña tiene que desarrollar, como mínimo, el programa formativo que figura en el anexo 2 de la Orden IRP/516/2010, con una duración mínima de 80 horas, de acuerdo con los materiales curriculares del ISPC.

Para poder acceder a estos dos cursos, las personas interesadas deben tener una titulación universitaria, es decir, una titulación oficial o propia expedida por una universidad reconocida legalmente o un centro adscrito a esa universidad y cuyo plan de estudios tenga un contenido mínimo de 180 créditos europeos ECTS o equivalentes.

Para acceder al curso de formación superior, las personas interesadas también deben estar previamente acreditadas como personal técnico competente para la elaboración de PAU en el ámbito de la protección civil local o tienen que haber superado el curso de formación básica.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicite la homologación

    Solo puede hacer este trámite por internet.

    Para tramitar este formulario debe disponer del idCAT Móvil o un certificado digital.

    Si firma el formulario como persona jurídica, necesita un certificado digital de representación o estar inscrito en el Representa, el Registro electrónico de representación.

     

    Por Internet

    Solicitar la acreditación de centros de formación de técnicos para elaborar planes de autoprotección

    Iniciar . Acceder a Solicitar la acreditación de centros de formación de técnicos para elaborar planes de autoprotección

    Instrucciones para rellenar el formulario:

    1. El sistema validará los datos. Si se detectan errores o faltan datos, el sistema le enviará un mensaje de error.
    2. Desde el mismo formulario podrá adjuntar la documentación correspondiente. Si actúa como representante y no está inscrito en Representa, tendrá que adjuntar la documentación acreditativa de la representación.
    3. Para enviar el formulario debe firmar con idCAT Móvil o certificado digital. Si se ha identificado digitalmente al iniciar la solicitud, podrá enviar el formulario sin firmarlo.
    4. Cuando haya enviado el formulario, el sistema generará un recibo (que contiene, entre otros datos, el código identificador, el número de registro y el día y la hora de presentación), que acredita que el documento ha quedado correctamente registrado en el sistema.
    5. También se generará un aviso de pago. Podrá pagar en línea o mediante una carta de pago. En el siguiente paso encontrará información detallada de las opciones de pago.

    Consulte las condiciones técnicas para hacer trámites en línea (soporte a la tramitación).

    Consulte cómo resolver errores de tramitación.

    Si no puede hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelva a probarlo más tarde.

    Si la incidencia persiste o no puede esperarse a hacer el trámite, puede:

    • Utilizar el formulario de petición genérica para dirigirse al Departamento.
    • Utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web (o sede electrónica) de su ayuntamiento o de cualquier otra administración pública. En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que debe esperarse unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde el Área privada.

    Consulte si hay incidencias en la Sede electrónica.

  2. 2

    Segundo paso

    Pague la tasa

    Puede pagar la tasa:

    Puede pagar la tasa:

    • En línea: con tarjeta bancaria o Bizum, a través del Área privada o el Estado de tus gestiones de la plataforma tramits.gencat.cat.
    • Mediante la carta de pago: a través de un cajero de CaixaBank o desde la web Pago de impuestos y matrículas de CaixaBank.

    Consulte toda la información sobre cómo pagar un trámite.

  3. 3

    Tercer paso

    Consulte el estado del trámite

    Consulte el estado del trámite a través de estos canales:

    Consulte el estado del trámite a través de estos canales:

    • Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital).
    • Estado de tus gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
  4. 4

    Cuarto paso

    Reciba la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibirá la respuesta?

    ¿Cuándo recibirá la respuesta?

    En un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.

    Si no recibe ninguna respuesta en este plazo, puede considerar que hemos aceptado su solicitud.

    ¿Qué respuesta recibirá?

    Recibirá una resolución de acreditación o de no acreditación, según corresponda.

    ¿Cómo recibirá la respuesta?

    Recibirá un correo electrónico o un SMS con el enlace a la notificación. Puede acceder a la notificación a través del Área privada del Canal Empresa.

    ¿Puede presentar un recurso?

    Puede presentar un recurso en el plazo de 1 mes desde el día siguiente de haber recibido la notificación, a través de la opción Aportar documentación dentro del detalle del trámite en el Área privada del Canal Empresa.

    Control de la ejecución de la actividad y posible revocación

    El ISPC puede comprobar cómo se desarrollan y se ejecutan las actividades formativas y las pruebas evaluadoras para garantizar que se ajustan a los criterios de calidad de la acreditación. Para ello, representantes del ISPC pueden asistir a cualquier sesión formativa o evaluadora y hacer las comprobaciones que consideren convenientes para verificar las condiciones que han motivado la acreditación.

    Si la entidad no ejecuta los cursos de formación de acuerdo con lo que consta en la solicitud, si se detecta falsedad en la documentación, si no sigue los parámetros de calidad formativa o si no cumple los compromisos que ha contraído, se revocará la acreditación otorgada, con el trámite previo de audiencia.

Fecha de actualización 16.12.2025
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