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Normativa

  • RESOLUCIÓN SLT/621/2023, de 23 de febrero, por la que se prorroga la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda otorgados hasta el 31 de diciembre de 2023.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8865  publicado el 01/03/2023)
  • RESOLUCIÓN SLT/2364/2021, de 23 de julio, por la que se prorroga la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda otorgados hasta el 30 de septiembre de 2022.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8467  publicado el 28/07/2021)
  • RESOLUCIÓN SLT/1042/2019, de 16 de abril, por la que se declara la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7859  publicado el 24/04/2019)
  • RESOLUCIÓN SLT/2720/2018, de 12 de noviembre, por la que se declara la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7752  publicado el 21/11/2018)
  • RESOLUCIÓN SLT/2886/2017, de 15 de diciembre, por la que se declara la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7521  publicado el 21/12/2017)
  • RESOLUCIÓN SLT/2953/2016, de 20 de diciembre, por la que se declara la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7275  publicado el 28/12/2016)
  • RESOLUCIÓN SLT/1436/2013, de 18 de junio, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2013 al efecto del cómputo de plazos en las acreditaciones que regula el Decreto 5/2006, de 17 de enero.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6410  publicado el 04/07/2013)
  • RESOLUCIÓN SLT/807/2013, de 8 de abril, por la que se declara la vigencia de los certificados de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6357  publicado el 17/04/2013)
  • RESOLUCIÓN SLT/79/2013, de 21 de enero, por la que se actualizan los estándares de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6304  publicado el 30/01/2013)
  • RESOLUCIÓN SLT/1616/2012, de 1 de agosto, por la que se prorrogan las resoluciones de acreditación otorgadas por el Departamento de Salud a los centros de atención hospitalaria aguda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6191  publicado el 13/08/2012)
  • DECRETO 658/2006, de 27 de diciembre, de modificación del Decreto 5/2006, de 17 de enero, por el que se regula la acreditación de centros de atención hospitalaria aguda y el procedimiento de autorización de entidades evaluadoras.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4789  publicado el 29/12/2006)
  • RESOLUCIÓN SLT/1325/2006, de 29 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 28 de marzo de 2006, mediante el que se aprueban los estándares de acreditación que se regulan en el artículo 4 del Decreto 5/2006, de 17 de enero, por el que se regula la acreditación de centros de atención hospitalaria aguda y el procedimiento de autorización de entidades evaluadoras.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4630  publicado el 10/05/2006)
  • DECRETO 5/2006, de 17 de enero, por el que se regula la acreditación de centros de atención hospitalaria aguda y el procedimiento de autorización de entidades evaluadoras.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4554  publicado el 19/01/2006)
  • ORDEN SLT/415/2005, de 20 de octubre, por la que se autoriza la prórroga de los certificados de acreditación de los centros hospitalarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4500  publicado el 31/10/2005)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017 (DOGC núm. 7340, de 30.3.2017).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7360  publicado el 02/05/2017)
  • LEY 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7340  publicado el 30/03/2017)
  • Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • LEY 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. (Corrección de errata en el DOGC núm. 1242, pág. 133, de 15.1.1990).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1234  publicado el 22/12/1989)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La acreditación de centros de atención hospitalaria aguda verifica, de manera externa, un nivel de calidad y competencia de estas organizaciones sanitarias bajo las directrices del Departamento de Salud, que les otorga un certificado. Reconoce un nivel de calidad superior a los estándares que se exigen para la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de un centro.

Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes y/o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Estos formularios los puede descargar desde esta misma ficha y se debe descargar siempre la última versión publicada. En caso de que se presente la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se consideran no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Secció d'Acreditació de Centres i Serveis Sanitaris
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A los centros sanitarios que presten asistencia en el ámbito de la atención hospitalaria aguda en Cataluña.

Estas entidades están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015) y la ORDEN PDA/20/2019, de 14 de febrero (DOGC núm. 7814, de 20 de febrero).

Plazos

En el momento que se produzca la modificación.

Requisitos

Los centros deben estar inscritos en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Departamento de Salud acreditados previamente y con el certificado de acreditación vigente.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

El centro acreditado debe comunicar cualquier modificación de carácter esencial de los datos que se comunicaron en el momento de solicitar la acreditación o la renovación.

Se debe comunicar:

  • El cambio de datos de la entidad gestora del centro.
  • El cambio de la persona que ejerce la representación de la entidad gestora del centro.
  • El cambio de datos del centro.
  • El cambio de la persona que ejerce la gerencia del centro.
  • El cambio de la persona de contacto (responsable de calidad del centro).
  • El cambio de la entidad elegida para hacer la evaluación del centro.
  • Otros cambios que afecten los datos del centro.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.

    Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.

     

     

    Por Internet

    Comunicar la modificación de datos

    Iniciar . Acceder a Comunicar la modificación de datos

    ¿Cómo se tiene que hacer?

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con certificado digital o idCAT móvil. Puedes consultar la página Cómo firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.

    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

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    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.

    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.

    Para acceder al Estado de mis gestiones, no es necesario que te identifiques.

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM con el resultado de las modificaciones. 

Fecha de actualización 12.12.2023

Trámites relacionados

  • Acreditación de equipos de atención primaria
  • Autorización de entidades evaluadoras del modelo de acreditación de centros sanitarios
  • Declaración de idoneidad de la Unidad de experiencia para la atención a las personas afectadas por el síndrome de sensibilización central
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