¿Qué tienes que saber?
La acreditación de centros de atención hospitalaria aguda verifica, de manera externa, un nivel de calidad y competencia de estas organizaciones sanitarias bajo las directrices del Departamento de Salud, que les otorga un certificado. Reconoce un nivel de calidad superior a los estándares que se exigen para la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de un centro.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes y/o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Estos formularios los puede descargar desde esta misma ficha y se debe descargar siempre la última versión publicada. En caso de que se presente la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se consideran no presentados.
Organismo responsable
A los centros sanitarios que presten asistencia en el ámbito de la atención hospitalaria aguda en Cataluña.
Estas entidades están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015) y la ORDEN PDA/20/2019, de 14 de febrero (DOGC núm. 7814, de 20 de febrero).