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  • Acreditación de entidad especializada como servicio de prevención ajeno
  • Solicitar la modificación del alcance de la acreditación
5481 - Acreditació d'entitat especialitzada com a servei de prevenció aliè Departament d'Empresa i Treball accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consulta de l'estat del tràmit
  3. 3. Rebre la resposta de l’Administració
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Acreditación de entidad especializada como servicio de prevención ajeno

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Normativa

  • REAL DECRETO 843/2011, de 17 de junio, el cual se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • ORDEN TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, la cual se desarrolla el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, el cual se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en aquello en lo referente a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de servicios de prevención de riesgos laborales.

    . Abrir en una nueva ventana.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Para obtener la acreditación de entidad especializada como servicio de prevención ajeno, modificar el alcance o comunicar cualquier cambio que no afecte a este alcance, las entidades interesadas tienen que dirigirse a la autoridad laboral competente del lugar donde estén sus instalaciones principales y presentar la solicitud o comunicación correspondiente.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Secretaria de Treball

Otros organismos relacionados

  • Direcció General de Relacions Laborals, Treball Autònom, Seguretat i Salut Laboral
  • Departament de Salut
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A entidades que se quieran constituir como servicios de prevención ajenos.

Plazos

Lo puedes solicitar en cualquier momento.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Ámbito y actividad profesional qué pretende actuar, así como la previsión del número de empresas y el volumen de trabajadores a que pueden prestar servicio, por cada una de las disciplinas.
    Descripció dels aspectes de l'activitat preventiva que pretén efectuar, especificant els tipus d'activitat que té capacitat de desenvolupar. Per cadascuna de les disciplines: indicar l'àmbit i activitat professional en què pretén actuar, així com la previsió del nombre d'empreses i el volum de treballadors en què capacitat per estendre la seva activitat preventiva. OBLIGATORI.
  • Datos de las actividades para las disciplinas técnicas [xls icon, 192,5 KB ]
    Cal aportar complimentat el full Excel de les dades, indicant les empreses i treballadors que s'està atenen més la previsió sobre la que es vol actuar, per aquesta s'ha d'emplenar les dades d'empreses i treballadors a la casella "general" (GRAL). OBLIGATORI.
  • Escrituras de constitución de la entidad
    Aportar copia de las escrituras de constitución de la entidad.
  • Modificación de dotación de personal para desarrollar la actividad preventiva para cada disciplina.
    Aportar de manera diferenciada la documentación del personal por las disciplinas técnicas y los profesionales sanitarios. Hay que aportar los contratos y los certificados o títulos que acredite la calificación profesional de las modificaciones del personal. Además, por las disciplinas técnicas, indicar a qué disciplina técnica se los asigna, las horas de dedicación y ámbito territorial de prestación de servicios. En el caso de los profesionales sanitarios, aportar los informes de datos para la cotización de los trabajadores por cuenta ajena de la Tesorería General de la Seguridad Social. Indicar la distribución horaria y especificar que es el director técnico del servicio sanitario del servicio de prevención con los datos de contacto, como mínimo el correo electrónico.
  • Locales e instalaciones técnicas y sanitarias.
    Aportar de manera diferenciada la documentación de los locales e instalaciones por las disciplinas técnicas y por las actividades sanitarios. Adjuntar de la documentación justificativa de la disponibilidad de los locales, la descripción y los planos. Además, por las instalaciones sanitarias, indicar el nombre y código de registro de los centros sanitarios propios autorizados en Cataluña, la dirección y la población. Y la declaración que disponen de los materiales indicados en el anexo III del Real Decreto 843/2011, de 17 de junio. En el caso de las unidades móviles de reconocimientos médicos con autorización sanitaria de funcionamiento, aportar título de propiedad o documentación justificativa del régimen de cesión o alquiler. Además, en ambos casos la matrícula, el código de registro y el ámbito de actuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.7 del Real Decreto 843/2011, de 17 de junio.
  • Póliza de seguros.
    Aportar el contrato o garantía financiera equivaliendo libre de franquicias y sublímits que cubra su responsabilidad por una cuantía mínima de 1.841.000€
  • Certificado emitido por la entidad aseguradora indicando qué actividades económicas protege y las actividades que comprende.
    Aportar el certificado emitido por la entidad aseguradora indicando qué actividades económicas protege (sector o subsector de actividad productiva según CCAE-2009) y si comprende las actividades del Anexo Y del Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • Contratos o acuerdos a establecer con otras entidades para la realización de actividades especializadas.
    Aportar la documentación acreditativa de los contratos o acuerdos previstos con otras entidades para la realización de actividades especializadas. En el supuesto de que pretenda subcontratar de manera continuada actividades que requieran conocimientos especiales o instalaciones de gran complejidad tendrán que acompañar memoria relativa a estas actividades, con inclusión de los profesionales o entidades que la desarrollarán, así como de su capacidad, medios e instalaciones. Por las actividades sanitarias es obligatorio aportar: Por los centros sanitarios en Cataluña adecuados para la vigilancia de la salud, subscritos en régimen de cesión o alquiler de instalaciones. Nombre, la dirección, la población y el código de registro en el registro de centros sanitarios autorizados, documento del acuerdo o contrato y declaración que disponen de los materiales indicados en el anexo III del Real Decreto 843/2011. Por los laboratorios de análisis clínicos que efectúen las determinaciones analíticas, documento del acuerdo o el contrato. El documento o el acuerdo con los centros de radiodiagnóstico de cada una de las provincias donde actúen. Si procede: Por las unidades móviles de reconocimientos con autorización sanitaria de funcionamiento, en propiedad o en régimen de cesión o alquiler: documentación del acuerdo o contrato, la matrícula, el código de registro y el ámbito de actuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.7 del Real Decreto 843/2011. Documentación de los acuerdos o contratos por otras actividades de las disciplinas técnicas o de las aulas de formación. Documentación de los acuerdos de colaboración entre Servicios de prevención ajenos.
  • Medios instrumentales para las disciplinas técnicas [xlsx icon, 31,37 KB ]
    Cal descarregar la plantilla que està al formulari, completar la plantilla amb les dades sol·licitades i adjuntar-la amb el formulari. La documentació acreditativa dels mitjans instrumentals. En el cas de nous equips, la documentació de l'adquisició i característiques cal presentar-la en l'apartat de Documentació complementària.
  • Documentación complementària
    Aportar aquella documentación que se considere oportuna.
Información Complementaria

Los documentos opcionales sólo serán necesarios en caso de que haya modificación respecto a la última vez que se aportaron.

Requisitos

Requisitos informativos
  • Requisits

    Els requisits tècnics i les condicions mínimes exigides per desenvolupar l'activitat sanitària dels serveis de prevenció s'estableixen al Reial decret 843/2011, de 17 de juny.

    El barem per al càlcul dels mitjans humans i materials per les disciplines tècniques està establert a l'Ordre TIN/2504/2010, de 20 de setembre, en allò referent a l'acreditació d'entitats especialitzades com a serveis de prevenció, memòria d'activitats preventives i autorització per realitzar l'activitat d'auditoria del sistema de prevenció de les empreses, i a la Instrucció 1/2016 de la Direcció General de Relacions Laborals i Qualitat en el Treball sobre els serveis de prevenció aliè (SPA), serveis de prevenció mancomunats (SPM), serveis de prevenció propis (SPP) i les entitats auditores (EA).


Tasas

No se tienen que pagar tasas para este trámite.

Otras Informaciones

Autoridad Competente
La autoridad competente para acreditar las entidades como servicios de prevención ajenos (SPA) son los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo, donde estén ubicadas las instalaciones principales, que informarán sobre el estado de tramitación.


Consulta sobre un SPA concreto
La información sobre un SPA acreditado por las autoridades laborales catalanas, se puede encontrar a la página web del Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral y para conocer los SPA acreditados fuera de Cataluña podéis dirigiros a las comunidades autónomas respectivas, o consultarlo a través de la aplicación SERPA.


Mantenimiento de las condiciones de acreditación
Las entidades que han sido acreditadas por la autoridad laboral tienen que mantener las condiciones por|para las cuales han obtenido esta acreditación. Las entidades tienen que comunicar cualquier modificación a la autoridad laboral que concedió la acreditación en un plazo de 10 días. 
Si, como resultado de las verificaciones efectuadas, la autoridad laboral que concedió la acreditación comprueba el incumplimiento de los requisitos, podrá revocar la acreditación otorgada.


Preguntas más frecuentes. Organización de la prevención / Auditorías

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Aquest tràmit només es pot fer per internet. Cal que us identifiqueu quan signeu el formulari amb l'idCAT Mòbil o un certificat digital.

    Por Internet

    Formulario para la modificación del alcance de la acreditación

    Iniciar . Acceder a Formulario para la modificación del alcance de la acreditación

    En caso de que no podáis tramitar por  una incidencia en el sistema, volved a probarlo más tarde.

    Consultad las condiciones técnicas para hacer trámites en línea

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta de l'estat del tràmit

    Podeu consultar l'estat del tràmit:

    Podeu consultar l'estat del tràmit:

    • A l'Àrea privada de Canal Empresa (amb idCAT Mòbil o/i certificat digital).
    • A l'Estat de les meves gestions (amb l'identificador del tràmit i el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Rebre la resposta de l’Administració

    Quan es rep la resposta de l'AdministracióUna vegada s'ha lliurat la sol·licitud, l'autoritat laboral, si cal, ha de remetre l'expedient a l'autoritat sanitària competent del lloc on estiguin [...]

    Quan es rep la resposta de l'Administració
    Una vegada s'ha lliurat la sol·licitud, l'autoritat laboral, si cal, ha de remetre l'expedient a l'autoritat sanitària competent del lloc on estiguin situades les instal·lacions principals perquè n'emeti l'informe corresponent.

    Així mateix s'ha de sol·licitar un informe a la Inspecció de Treball i Seguretat Social i a l'Institut Català de Seguretat i Salut Laboral.

    S'ha de demanar un informe preceptiu a l'autoritat sanitària i laboral de les CCAA i les ciutats de Ceuta i Melilla en cas que hi hagi instal·lacions.

    L'autoritat laboral ha de dictar una resolució quan hagi rebut la decisió de l'autoritat sanitària i els informes esmentats, en un termini de tres mesos, autoritzant o denegant la sol·licitud formulada. En el cas que l'entitat sol·licitant disposi d'instal·lacions fora de Catalunya, el termini s'estén a sis mesos.

    Si no hi ha resposta de l'Administració el silenci és negatiu.

Fecha de actualización 12.05.2023
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