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Pasos a realizar

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  2. 2. Realizar el pago
  3. 3. Consultar el estado del trámite
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Normativa

  • RESOLUCIÓN SLT/2363/2021, de 23 de julio, por la que se prorroga la vigencia de las resoluciones de acreditación de los equipos de atención primaria otorgadas hasta el 31 de diciembre de 2022.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8467  publicado el 28/07/2021)
  • DECRETO 86/2014, de 10 de junio, por el que se establece el sistema de acreditación de equipos de atención primaria en Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6642  publicado el 12/06/2014)
  • ACUERDO GOV/106/2014, de 15 de julio, de aprobación del manual de estándares de acreditación de equipos de atención primaria.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6666  publicado el 17/07/2014)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. (Corrección de errata en el DOGC núm. 1242, pág. 133, de 15.1.1990).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1234  publicado el 22/12/1989)
  • LEY 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7340  publicado el 30/03/2017)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017 (DOGC núm. 7340, de 30.3.2017).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7360  publicado el 02/05/2017)
  • Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5161  publicado el 27/06/2008)
  • ORDEN SLT/145/2008, de 29 de febrero, por la que se relacionan las tasas vigentes del Departamento de Salud, con identificación de los servicios y de las cuotas correspondientes.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5111  publicado el 15/04/2008)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La acreditación de equipos de atención primaria tiene como objetivo la evaluación del nivel en que los equipos de atención primaria se sitúan en relación con un conjunto de estándares, previamente establecidos, de calidad en los servicios sanitarios ofrecidos. La acreditación determina el reconocimiento de un determinado nivel de calidad superior a los estándares exigibles para la autorización administrativa de funcionamiento de los centros en los que se integran.

La acreditación de un equipo de atención primaria será requisito para su integración en el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT).

El proceso se inicia a solicitud de la entidad pública o privada de quien depende el equipo, y de la gestión y resolución del expediente se ocupa la dirección general competente en materia de ordenación y regulación sanitarias, del Departamento de Salud.

Quedan excluidos de este sistema de acreditación:

  • los servicios de asistencia especializada que comprende las actividades derivadas de los procesos de detección, preventivos, diagnósticos, terapéuticos, de seguimiento evolutivo y de apoyo a la atención primaria en régimen ambulatorio o de hospitalización, tanto de manera urgente como programada, y
  • los servicios de atención de día (en hospital de día o centro de día), consultas externas, urgencias, rehabilitación, servicios de atención específica, pruebas y servicios complementarios.

Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes y/o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Direcció General d'Ordenació i Regulació Sanitària
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A las entidades públicas o privadas de quienes dependen los equipos de atención primaria de Cataluña.

Plazos

De acuerdo con los plazos indicados por el Departamento de Salud.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Document d'autoavaluació
Información Complementaria

El documento de autoevaluación se debe formalizar de acuerdo con el manual de estandartes y con la aplicación informática correspondiente.

Requisitos

Los equipos de atención primária deben estar inscritos en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Departamento de Salud.

Tasas

518.05

Información Complementaria
El importe de la tasa es fijo.
Otras informaciones
  1. La resolución de acreditación tiene un plazo máximo de vigencia de cuatro años.
  2. El equipo de atención primaria puede realizar las autoevaluaciones que considere necesarias.
  3. Los equipos de atención primaria acreditados tienen que colaborar con los inspectores del Departamento de Salud siempre que estos lo requieran.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.

    Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.

     

     

    Por Internet

    Solicitar la renovación

    Iniciar . Acceder a Solicitar la renovación

    ¿Cómo se tiene que hacer?

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con certificado digital o idCAT móvil. Puedes consultar la página Cómo firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.

    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Realizar el pago

    En el momento en que se completa el trámite y se genera el recibo de registro, se puede pagar la tasa mediante una de las siguientes modalidades:

    En el momento en que se completa el trámite y se genera el recibo de registro, se puede pagar la tasa mediante una de las siguientes modalidades:

     

    Con tarjeta bancaria VISA o Mastercard de cualquier entidad

    Pagar en el momento de enviar el formulario

    • Cuando envías el formulario después de rellenarlo, aparece un enlace desde el cual podrás pagar el importe con tarjeta bancaria.

    Pagar más tarde

    • Desde ‘el Área privada’, si tienes identificación digital. Selecciona el trámite y haz el pago.
    • Desde ‘el Estado de mis gestiones’, si no tienes identificación digital. Introduce el código de trámite (ID) que encontrarás en el recibo de registro que se ha generado cuando has finalizado el trámite y el número de identificación (NIF, NIE, etc.) y haz el pago.

     

    Con Bizum

    Puedes elegir esta forma de pago al enviar el formulario. Tienes que tener tu móvil a mano.

    La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la que quieres cargar el importe.

    Una vez que introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Es posible que debas autorizar la operación con tu aplicación bancaria.

     

    Con carta de pago

    Para descargarte la carta de pago debes entrar en el detalle del trámite en el Área privada o en el Estado de mis gestiones y desplegar el apunte de pago.

    Desde aquí puedes pagar con el código RIN, un número encontrarás en la carta de pago.

    Si tienes problemas para abrir el enlace para pagar con Internet Explorer, cambia de navegador. Se pueden producir problemas de compatibilidad con la web que te impidan ver su contenido.

     

    Consulta toda la información sobre cómo pagar un trámite

    Tienes que realizar el pago de la tasa para poder continuar la tramitación.

  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.

    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.

    Para acceder al Estado de mis gestiones, no es necesario que te identifiques.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

    En la resolución de acreditación se debe concretar el periodo de vigéncia y, si hay, el plan de mejora y el régimen de seguimento aplicable.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.

    ¿Puedo presentar un recurso?

    Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada delante del conejero o consejera de Salut.

Fecha de actualización 03.04.2025

Trámites relacionados

  • Acreditación de centros de atención hospitalaria aguda
  • Autorización de entidades evaluadoras del modelo de acreditación de centros sanitarios
  • Declaración de idoneidad de la Unidad de experiencia para la atención a las personas afectadas por el síndrome de sensibilización central
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