¿Qué tienes que saber?
La autorización de explotación otorga a su titular el derecho de aprovechamiento de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de la sección A de la Ley de Minas. Conforme a las condiciones del otorgamiento.
El derecho de aprovechamiento de los recursos de la Sección A está directamente vinculado a la propiedad del terreno, y corresponde a:
- El titular de los terrenos cuando los recursos se encuentren en terrenos en régimen de propiedad privada.
- Cuando los recursos se encuentren en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, sus titulares pueden aprovechar directamente o ceder a otros sus derechos.
- Cuando se encuentren en terrenos de dominio y uso público son de aprovechamiento común.
La autorización de explotación se otorgará para un tiempo determinado, que en ningún caso podrá exceder el tiempo que el peticionario tenga acreditado el derecho sobre el terreno.
A las personas físicas o jurídicas que reúnan las condiciones para ser titulares de derechos mineros que quieran ejercer el derecho de aprovechamiento de recursos de la sección A de la Ley de minas en terrenos sobre los que tengan acreditado el derecho.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
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Acreditació dels drets sobre els terrenys
- Si són propietat del sol·licitant, mitjançant els originals o fotocòpies compulsades de les escriptures de propietat o del certificat cadastral.- Si no són propietat del sol·licitant, mitjançant l'original o la còpia compulsada del contracte d'arrendament o cessió dels terrenys.- Plànol amb la representació de la superfície demanada signat pel propietari dels terrenys i la sol·licitant en mostra de conformitat. Aquest plànol ha de tenir referències topogràfiques i geogràfiques i la quadrícula UTM, de manera que es pugui correlacionar amb el Mapa Topogràfic de Catalunya a E=1:5.000, que edita l'Institut Cartogràfic de Catalunya - Informe urbanístic
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Proyecto de explotación
La memoria del proyecto definirá la totalidad de las obras proyectadas, método de explotación, vida y ritmo de la explotación, taludes, ubicación de rumanos, maquinaria, accesos e instalaciones. Se definirá el recurso, producción anual, valoración, fin a que se destina, área de comercialización y duración de la explotación. Se definirán los bancos, número y dimensiones, accesos, rampas, caminos y vertederos, con especificaciones geométricas de cada uno y su ubicación en planos de como mínimo E = 1: 1.000. Se definirá la relación entre estéril a retirar y mineral a extraer. Igualmente se definirá el tipo de arranque, así como el sistema de carga y transporte y se especificarán las características de los equipos a emplear. Se definirán y ubicarán los establecimientos de beneficio, talleres auxiliares, etc. También se incluirán los medios previstos para la eliminación del polvo. Plano de situación a escala 1: 50.000 o 1: 25.000; plano de perímetro e instalaciones a escala 1: 5.000 (y con la representación de al menos 500m alrededor del perímetro); plano de explotación a escala 1: 1.000. Taquimétrica a escala 1: 500 de la excavación a realizar. Cortes longitudinales y transversales. Geología del depósito, con plano y corte. Estudio geotécnico para justificar la estabilidad de los taludes adoptados etc. Estudio hidrológico. Proyecto de instalaciones, establecimientos de beneficio, etc. anexos a la explotación. -
Programa de restauración
Programa de restauración: Debe contener una memoria explicativa de los aspectos sobre el lugar donde se prevé la actividad y su entorno, descripción de la actividad solicitada con delimitación del área afectada, estudio de los efectos de la actividad sobre el paisaje, medidas para prevenir y compensar las consecuencias sobr el medio ambiente, y todos los datos necesarios para demostrar la viabilidad técnica y económica del Programa proposat.- Estudio económico: Incluirá el análisis detallado de coste de la ejecución de la restauración y de las medidas de protección del medioambiente, con el correspondiente presupuesto.- Programa de ejecución: con las diversas fases de ejecución de los trabajos de restauración y de protección así como la relación con el desarrollo del explotación.- Planos sobre base cartográfica a escala 1 / 50.000 dotada de cuadrícula UTM.- Plano topográfico del área afectada y los eu entorno, con curvas de nivel, equidistante 1 m. La escala será 1/5000 o 1/1000, en función de la superficie, cuando se trate de solicitudes de autorizaciones de explotación o de aprovechamiento de recursos de las secciones A y B respectivamente, y 1/1000 y 1/2000 en el caso de solicitudes de concesiones de explotaciones de recuros de las secciones C y D. Planos geológicos de la zona afectada con indicación de las características litológicas, estructurales y higrogeològiques, a la misma escala que los anteriores. - Planos con las proyecciones horizontal y vertical de los trabajos de explotación, almacenamiento de residuos mineros, evacuación de aguas residuales y restauración y protección del medio ambiente, a la misma escala que los anteriores.- Anexos: se adjuntan los estudios preliminares realizados sobre el medio físico, los estudia adddicionals de valoración de los efectos previstos de la explotación del medio ambiente, informes geotécnicos, estudios edafológicos y revegetación del suelo restaurado. - Programa de gestió de residus miners
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Estudi d'impacte ambiental
Caldrà presentar un Informe d'Impacte i Integració Paisatgística, d'acord al que determina la legislació vigent en matèria de medi ambient. -
Sol·licitud d'avaluació ambiental
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No és necessari tornar a afegir la documentació requerida en aquest formulari de Sol·licitud d'avaluació ambiental annexat dins d'aquest mateix formulari.
Tipos de yacimientos minerales y recursos geológicos
- Recursos de la sección A: son los que tienen escaso valor económico, también se incluyen los que se aprovechen para obtener fragmentos de medida y forma adecuados para su utilización directa en obras de infraestructuras, construcción y otros usos.
- Recursos de la sección B: son las aguas minerales, las aguas termales y las estructuras subterráneas.
- Recursos de la sección C: son los no incluídos en las categorías anteriores.
- Recursos de la sección D: son los energéticos.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario firmar el formulario principal con un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
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2
Segundo paso
Hacer el pago
Pago en línea Con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD de cualquier entidad:
Pago en línea
Con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD de cualquier entidad:
Podéis pagar en el momento de enviar el formulario:
- Cuando enviéis el formulario, después de rellenarlo, aparece un enlace desde el cual podréis pagar el importe con tarjeta bancaria.
También puedes pagar más tarde:
- Desde 'el Área privada', si tenéis identificación digital. Seleccionad el trámite y haced el pago.
- Desde 'el Estado de mis gestiones', si no tenéis identificación digital. Introducid el código de trámite (ID) de la confirmación de recepción, el número de identificación (NIF, NIE, etc.) y seguid las instrucciones del apartado 'Pagos'.
Pago con carta de pago
Podéis descargar la carta de pago si entráis al detalle del trámite desde 'el Área privada' o desde la opción 'Estado de mis gestiones', y desplegáis el apunte de pago. También puede haber trámites que incluyan la carta de pago en el recibo de recepción, en la segunda página.
Presencialmente
- Aunque no seáis usuarios de CaixaBank, podéis hacer el pago a través de un cajero. Pagad con la tarjeta VISA, Maestro o Mastercard.
- Si sois usuario de CaixaBank, podéis ir a un cajero y desde el lector de código de barras podéis poner directamente lo que aparece a la carta de pago.
Por internet
Desde la página de pagos de CaixaBank, podéis pagar con el código RIN (un número que hay debajo del código de barras correspondiente a la liquidación). Este número aparece a la carta de pago y se emite con el acuse de recibimiento una vez enviéis el formulario.
Si tenéis problemas para abrir el enlace para pagar con Internet Explorer, os recomendamos utilizar otro navegador. Puede haber problemas de compatibilidad con la web que te impidan ver el contenido.
Pago con Bizum
Podéis escoger esta forma de pago cuando envíes el formulario y hace falta que tengáis el móvil a mano.
La plataforma os solicitará el número de teléfono que tengáis asociado a la cuenta bancaria a la cual queréis cargar el importe.
Una vez introduzcas el número de teléfono, pulsad el botón ‘Continuar con la compra’. Si procede, tendréis que autorizar la operación con tu app bancaria.
Si necesitáis más información, podéis consultar el apartado Hacer el pago de un trámite de la web de Soporte a la tramitación por internet.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Se puede consultar el estado del trámite:
Se puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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4
Cuarto paso
Recibir la respuesta de la Administració
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se presenta la solicitud. En caso de que no haya una resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
¿Qué respuesta se recibe?
La persona titular del Servicio de Investigación y Recursos Minerales emitirá una resolución que se notificará al interesado.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Se recibe una notificació electrónica. Se puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Puedo presentar un recurso?
La resolución no agota la vía administrativa. Contra la resolución se puede presentar recurso de alzada ante la Subdirección General de Minas y Protección Radiológica en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.