¿Qué tienes que saber?
La actividad de comercialización de energía eléctrica la desarrollan las empresas comercializadoras debidamente autorizadas que, accediendo a las redes de transporte o distribución, tienen como función la venta de energía eléctrica a los consumidores.
Las empresas comercializadoras que quieran desarrollar la actividad sólo dentro del territorio de Cataluña deben comunicar el inicio de la actividad o la modificación de los datos al órgano competente en la materia de la Generalitat de Catalunya. Ésta lo trasladará al órgano respectivo de la Administración del Estado para que se registre y se publique en la página web en la lista de todas las empresas comercializadoras.
Este trámite solo lo puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos su fecha como fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A empresas comercializadoras que deseen vender la energía eléctrica a consumidores.