¿Qué tienes que saber?
Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A los titulares de las instalaciones sometidas a la autorización de emisiones.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento
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Formulario de información técnica para los establecimientos sometidos a autorización de emisiones
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- Memoria (opcional)
- Documento de poderes de representación
Memoria
Si se debe presentar la memoria, esta debe contener:
- Descripción de todos los focos emisores y antorchas, junto con una propuesta de clasificación, de acuerdo con el artículo 17 del Decreto 139/2018.
- Descripción del proceso o procesos asociados a los focos y antorchas.
- Características físicas de los focos emisores y antorchas.
- Medidas previstas para minimizar las emisiones.
- Características y magnitud de las emisiones y relación con los contaminantes emitidos.
Requisitos informativos
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Que no esté bajo el régimen de autorización ambiental o licencia ambiental de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre
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Que se lleve a cabo alguna actividad perteneciente a los grupos A o B del catálogo de actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera (CAPCA) del anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero.
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Que tengan lugar diversas actividades de un mismo tipo, de modo que, incluso si éstas son independientes o constan de focos distintos, la suma de las potencias o capacidades de producción, manipulación o consumo de disolventes supere el umbral considerado para la pertenencia a los grupos A o B de este tipo de actividad.
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Información Complementaria_
Obligaciones de las personas titulares de las instalaciones sometidas al régimen de autorización de emisiones:
- Respetar los valores límite de emisión establecidos.
- Efectuar los controles al establecimiento, cuando corresponda, para comprobar que se cumplen todas las condiciones fijadas en la resolución de la autorización de emisiones.
- Notificar a la Administración la transmisión, cese o clausura de la actividad e instalaciones.
- Notificar a la Administración las modificaciones en la actividad que afecten al vector aire.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicita la autorización
ATENCIÓN: No debes realizar este trámite si la suma de las potencias térmicas nominales de todas las actividades de un mismo tipo es igual o superior a los 5 MW. Se consideran actividades de un mismo tipo aquellas que coincidan los 6 primeros dígitos del código CAPCA.
- En este caso, la instalación se rige por el régimen de licencia ambiental, que es de competencia municipal.
Este trámite solo puede realizarse por internet.
Debes disponer de idCAT Mòbil o un certificado digital. Si firmas el formulario como persona jurídica, necesitas un certificado digital de representación o estar inscrito en Representa, el Registro electrónico de representación. - En este caso, la instalación se rige por el régimen de licencia ambiental, que es de competencia municipal.
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2
Segundo paso
Haz el pago
¿Cómo efectuar el pago?
¿Cómo efectuar el pago?
Después de enviar la solicitud, se abrirá una página con un enlace que te permitirá elegir una de estas opciones de pago:
- Pagar online de inmediato con tarjeta bancaria.
- Pagar online de inmediato con Bizum.
- Descargar la carta de pago para pagar más tarde. Puedes pagar mediante la red de cajeros automáticos Servicaixa o en la web de CaixaBank.
Si has tenido dificultades a la hora de pagar en línea, o no has podido descargar la carta de pago, puedes volver a acceder a la página de pago a través de alguno de estos canales:
- En el área privada de Canal Empresa (con idCAT Mòbil o/y certificado digital).
- En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Amplía la información sobre cómo realizar el pago de un trámite.
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3
Tercer paso
Consulta el estado del trámite
Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:
Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:
- Canal Empresa (con idCAT Mòbil/o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Cuarto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibirás la respuesta? En el plazo de 9 meses desde la fecha en la que presentes el formulario. Si pasado dicho plazo no has recibido respuesta, se entiende que se ha desestimado [...]
¿Cuándo recibirás la respuesta?
- En el plazo de 9 meses desde la fecha en la que presentes el formulario. Si pasado dicho plazo no has recibido respuesta, se entiende que se ha desestimado tu petición y puedes interponer un recurso de alzada.
¿Cómo recibirás la respuesta?
La Administración te enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en la solicitud, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que la has rechazado.
- Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
¿Puedes presentar un recurso?
Sí. Tienes 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para presentar un recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica.