¿Qué tienes que saber?
Las entidades de pacientes que quieran formar parte del Consejo Consultivo de Pacientes de Cataluña (CCPC) para participar en el desarrollo de las políticas de salud en el ámbito de Cataluña deben formalizar su adhesión a la Asamblea del Consejo.
Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes y comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.
Organismo responsable
A todas las entidades de pacientes de Cataluña.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
A la solicitud de adhesión hay que adjuntar:
- La solicitud de inscripción en el Registro de entidades (solo en caso de que todavía no se disponga del número de inscripción en el Registro de entidades).
- La documentación que acredite el ámbito territorial de actuación de la entidad (memoria de actividades, certificado de un ayuntamiento o entidad que acredite que se ha realizado una actividad en Cataluña, etc.)
1. Ser una entidad de pacientes, familiares, cuidadores o personas con necesidades diversas de salud.
2. Estar legalmente constituida.
3. Tener actuación territorial en Cataluña.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar la adhesión
Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet.
Si eres una persona jurídica, deberás enviar el formulario mediante un certificado digital de representación o estar inscrito en el Registro electrónico de representación, Representa.
Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.
-
2
Segundo paso
Consultar el estado de un trámite
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
- Estado de mis gestiones (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- Área privada (con certificado digital o contraseña de un solo uso).
- Teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
-
3
Tercer paso
Aportar documentación
Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir documentación complementaria. La aportación de estos documentos hay que hacerla desde:
Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir documentación complementaria. La aportación de estos documentos hay que hacerla desde:
- El Estado de mis gestiones (Trámites gencat) (con el código identificador del trámite y el DNI/NIF)
Hay que ir al detalle del trámite y desplegar la opción Requerimiento de documentación. En este apartado se muestran los documentos pendientes de presentar y los presentados.
Por cada fichero presentado se generará un acuse de recibo. Una vez en posesión del acuse de recibo, la aportación del fichero se ha realizado correctamente.
Para más información, ver el vídeo tutorial Cómo aportar documentos a un requerimiento.
-
4
Cuarto paso
Recibir respuesta
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salut.
Trámites relacionados