¿Qué tienes que saber?
La adhesión de una empresa al sistema arbitral de consumo es un signo de compromiso y de calidad de sus productos y servicios hacia los clientes. La adhesión se hace a través de una Junta Arbitral de Consumo y se hace patente por medio de un distintivo oficial de adhesión.
Los empresarios adheridos al sistema arbitral de consumo deben informar a las personas consumidoras de forma clara de su adhesión al arbitraje exhibiendo dicho distintivo.
La adhesión se publica en el Diario Oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo competente y, entre otras ventajas, puede ser un criterio de valoración positiva para la tramitación de subvenciones y ayudas otorgadas por las administraciones públicas.Organismo responsable
A todas las empresas y profesionales que presten servicios a personas consumidoras y usuarias.
Se puede solicitar en cualquier momento.
En el momento de solicitar la adhesión al sistema arbitral, no es necesario presentar documentación adicional.
La Administración realizará las comprobaciones necesarias relativas al cumplimiento de los datos declarados en esta solicitud y tenencia de la correspondiente documentación, en cualquier momento.
Para realizar las gestiones de la empresa puedes dar permisos a personas colaboradoras internas, que trabajan en la misma empresa, o externas, como un gestor. Puedes asignar y configurar el rol más adecuado a las funciones de sus colaboradores.
Para ello debes entrar en el área privada de la empresa y desde la pestaña de Contactos y permisos asignar el rol a los colaboradores lo que les permitirá firmar y/o consultar los trámites en función del rol y el alcance asignado:
- Apoderado total o parcial: que puede FIRMAR en nombre de la empresa todos o sólo por algunos trámites.
- Colaborador con subordinados: tiene permiso de CONSULTA para preparar la tramitación de todos o sólo algunos trámites y puede crear colaboradores técnicos.
- Colaborador técnico, con permiso de CONSULTA para preparar la tramitación de todos o sólo algunos trámites.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
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2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La solicitud de adhesión se resuelve por el Presidente de la Junta Arbitral de Consumo, de manera motivada sobre su aceptación o no aceptación y se notificará por medios telemáticos, en caso de que [...]
La solicitud de adhesión se resuelve por el Presidente de la Junta Arbitral de Consumo, de manera motivada sobre su aceptación o no aceptación y se notificará por medios telemáticos, en caso de que el solicitante lo haya aceptado, o por cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción.
Posteriormente, la empresa o profesional recibirá un distintivo oficial. Además, se da publicidad de la adhesión mediante la publicación en el Diario Oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo competente.