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  • Ayudas Joan Oró para la contratación de personal investigador predoctoral en formación FI 2026
6039 - Ajuts_Joan_Oro_per_a_la_contractacio_de_personal_investigador_predoctoral_en_formacio_FI_2026 Departament de Recerca i Universitats accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitud persona candidata
  2. 2. Confirmación instituciones solicitantes
  3. 3. Respuesta de la Administración
  4. 4. Aceptación y acreditación de contratació
  5. 5. Incorporación del candidato
  6. 6. Renovación de la ayuda
  7. 7. Justificación de la ayuda
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Ayudas Joan Oró para la contratación de personal investigador predoctoral en formación FI 2026

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CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 14/01/2026 al 30/01/2026

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Normativa

  • Resolución REU/4616/2025, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas Joan Oró para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI) para el año 2026

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9563  publicado el 15/12/2025)
  • Resolución REU/4871/2025, de 19 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria derivada de las bases reguladoras de las ayudas Joan Oró para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI) para el año 2026

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9579  publicado el 09/01/2026)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Ayudas a las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña, a los centros de investigación, a las fundaciones hospitalarias y a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) para la contratación de personal investigador predoctoral en formación.

 

 

Contacto: predocs.agaur@gencat.cat

Ariadna Audenis 933 194 237

Laia Domènech  932 223 747

 

Documentación justificación convocatorias anteriores: FI 2022, FI 2023, FI 2024, FI 2025.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Recerca i Universitats

Otros organismos relacionados

  • Agència de Gestió d'Ajuts Universitaris i de Recerca (AGAUR)
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

Estas ayudas van dirigidas a personas que estén realizando, o tengan intención de realizar, un doctorado en una universidad del sistema universitario de Catalunya y que cumplan los requisitos que se indican a continuación:

1) Cumplir alguno de los supuestos siguientes:

  • Haber realizado los estudios de grado dentro del Espacio Europeo de Educación Superior.
  • Haber realizado o estar realizando los estudios de máster dentro del Espacio Europeo de Educación Superior.
  • En caso de no cumplir ninguno de los dos supuestos anteriores, será necesario que la persona candidata acredite estar matriculada en un programa de doctorado del sistema universitario de Cataluña.

2) Haber finalizado los estudios de grado o titulación equivalente y acreditar una nota media mínima en el expediente académico igual o superior a 6,50 (escala de 0 a 10).

Si los estudios se han cursado en el extranjero, la nota media del expediente académico se debe calcular de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Universidades.

3) Haber finalizado los estudios conducentes al doctorado entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de inicio del contrato objeto de esta ayuda.

Se considerará únicamente la fecha de finalización del máster que da acceso al programa de doctorado en el que se matriculará la persona candidata.

Excepcionalmente, este plazo se puede ampliar hasta el 1 de enero de 2020 si después de haber finalizado estos estudios conducentes al doctorado, las personas candidatas se han encontrado en alguna de las siguientes situaciones:

  • Han desarrollado una actividad laboral directamente relacionada con sus estudios durante un período continuado igual o superior a doce meses.
  • Han disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad.
  • Han tenido a su cargo menores de seis años.
  • Han tenido a su cargo personas con discapacidad física, psíquica o sensorial legalmente reconocida que dependen de la persona beneficiaria y que requieren dedicación especial.
  • Han sufrido una enfermedad grave o accidente que requiera una intervención de cirugía mayor o un tratamiento en un centro hospitalario, y que provoque la incapacitación temporal para la ocupación o la actividad habitual de la persona durante un periodo continuado de, como mínimo 6 meses. Quedan excluidos los tratamientos de cirugía menor y cirugía ambulatoria y los tratamientos de rehabilitación llevados a cabo fuera del sistema hospitalario.
  • Han padecido cualquiera de las situaciones previstas en el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
  • Tienen reconocido el estatus de persona refugiada según la Convención de Ginebra de 1951.
  • Haber obtenido, entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de incorporación, el título oficial de alguna de las especialidades establecidas en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

4) Disponer de la declaración responsable, debidamente firmada, conforme la persona directora de tesis asume o asumirá las tareas de dirección, tutela y evaluación continuada de la tesis doctoral y las obligaciones establecidas en las bases reguladoras.

Este documento debe estar firmado mediante una firma digital dentro del plazo de presentación de solicitudes provisionales.

5) No haber disfrutado, en convocatorias anteriores, de ninguna otra ayuda para la contratación de personal investigador predoctoral de ninguno de los programas Joan Oró FI, FI-SDUR y FI-STEP convocados por el AGAUR.

6) No haber disfrutado durante más de 12 meses de ningún otro contrato específico de personal investigador predoctoral en formación.

7) Contar con una persona directora de tesis que cumpla con las siguientes condiciones:

  • Constar como director/a en una única solicitud
  • Tener una vinculación estatutaria o laboral con la entidad de adscripción a la ayuda. Esta vinculación debe garantizar suficientemente la supervisión y el seguimiento de la tesis doctoral de la persona candidata durante los cuatro años de duración de la ayuda. A efectos de estas bases reguladoras, se considera que no cumplen este requisito el personal con dedicación a tiempo parcial, el personal en situación de excedencia, el profesorado visitante y el profesorado emérito.

8) Constar como persona candidata en una única solicitud

9) No estar en posesión del título de doctorado.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado 30 de enero de 2026.

 

Documentación

La documentación que se debe adjuntar a la solicitud provisional se la siguiente:


1) Un documento anexo normalizado que estará disponible en la página web de la AGAUR durante el periodo de presentación de solicitudes.
Este documento anexo se puede completar en catalán, castellano o inglés.


2) Los expedientes académicos de los estudios de grado o equivalentes y de los estudios de máster que dan acceso al doctorado, en los que conste la fecha de obtención del título y la nota media. En caso de estar cursando todavía los estudios de máster y no haberlos finalizado en el momento de presentar la solicitud, será necesario presentar el expediente académico provisional actualizado.

3) En el caso de los estudios cursados fuera del sistema universitario del Estado español, también se tienen que presentar las declaraciones de equivalencias de notas medias calculadas de acuerdo con lo que disponen las resoluciones vigentes del Ministerio de Universidades.
Solo hay que llenar y descargar el documento. La plataforma está gestionada por el Ministerio de Universidades; en caso de incidencia se recomienda consultar la guía del procedimiento o contactar directamente con este organismo.
Si el expediente académico no incluye la descripción del sistema de evaluación de la universidad, se tendrá que adjuntar la documentación que acredite este sistema, indicando la calificación máxima y mínima, y la nota mínima para aprobar.

4) En el caso de no haber cursado ninguno de los estudios dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, se tiene que presentar la matrícula a un programa de doctorado del sistema universitario de Cataluña.
Es obligatorio presentar la matrícula; la admisión en el programa de doctorado NO será suficiente para poder optar a la ayuda.

5) Declaración responsable, debidamente firmada, conforme la persona directora de tesis asume o asumirá las tareas de dirección, tutela y evaluación continuada de la tesis doctoral y las obligaciones establecidas en las bases reguladoras. 
Este documento estará disponible en la página web de la AGAUR durante el periodo de presentación de solicitudes y se tendrá que adjuntar firmado electrónicamente por la persona directora de la tesis.

6) Si procede, copia de la documentación acreditativa correspondiente a las situaciones de excepcionalidad en relación a la fecha de finalización de los estudios conducentes al doctorado previstas en las bases reguladoras.


7) Documentación adicional requerida opcionalmente por la entidad de adscripción de la ayuda.

Documentos

Propuesta de resolución provisional para la renovación de las ayudas Joan Oró para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI) para el año 2026

Resolución por la que se declara cerrado el plazo para subsanar las solicitudes, en el marco de la convocatoria de las ayudas Joan Oró (FI) para el año 2026.

Diligencia de enmiendas Joan Oró FI 2026

Guia uso trámite asociado Joan Oró FI 2026

Guia beneficiarios Joan Oro FI 2026

Relación de personal Joan Oró FI 2026

Modelo DACI individual Joan Oró FI 2026

Procedimiento ayudas Joan Oró FI 2026

Requisitos

En el momento de presentar la solicitud:

  • Las persones candidatas tienen que cumplir todos los requisitos mencionados anteriormente
    En el momento de empezar el contrato:
  • Las persones candidatas tienen que estar matriculadas en un programa de doctorado de una universidad de Cataluña por el curso 2025-2026.
  • Si se incorporan a partir del 1 de junio de 2026, pueden estar aceptadas al doctorado y matricularse en el curso 2026-2027 cuando se pueda hacer efectiva la matriculación (según el calendario de la universidad)


Importante: Esta condición solo aplica a las personas candidatas que hayan hecho los estudios dentro de la EEES. Las que no cumplan este requisito tienen que estar matriculadas en el doctorado cuando presenten la solicitud.

  • Los contratos tienen que empezar, como máximo, el 1 de septiembre de 2026.
    Las personas extracomunitarias podrán empezar hasta el 1 de diciembre de 2026, siempre que puedan acreditar que el 1 de septiembre de 2026 ya habían iniciado todos los trámites de contratación y los trámites administrativos, y que están matriculadas o admitidas en el doctorado correspondiente.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitud persona candidata

     

    Plazos
    Del 14/01/2026 al 30/01/2026

     

    Primera fase

    Las solicitudes deben presentarse por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén las bases reguladoras. Para acceder a la segunda fase es imprescindible que las entidades solicitantes hayan firmado previamente el convenio correspondiente con el AGAUR, que se puede encontrar en la página web del AGAUR.

    La solicitud provisional debe ser presentada por la persona candidata a la ayuda para la contratación por vía electrónica a través del Formulario de solicitud FI 2026 siguiendo las instrucciones previstas.

    Una persona candidata y un director o directora de tesis únicamente pueden figurar como tal en una sola solicitud por cada convocatoria.

    Dudas que pueden surgir como persona investigadora o candidata aquí.

    Este trámite sólo se puede realizar por internet.

    Presentación de solicitudes provisionales: No es preciso disponer de idCATMòbil o certificado digital.

     

     

    Por Internet

    Formulario solicitud FI 2026

    Iniciar . Acceder a Formulario solicitud FI 2026

    Descargue y rellene el documento "Anexo FI 2026" y guárdelo en su ordenador. Una vez completado, convierta el documento en formato PDF (único formato válido) y adjunte este documento al formulario de solicitud junto al resto de documentación requerida en las bases reguladores en este mismo formato PDF.

    El formulario junto con el resto de documentación anexa conforman la solicitud completa de esta ayuda y no puede superar los 5 MB.

    Vaya a la página web de "Trámites" y envíe la solicitud. Cuando la solicitud se haya enviado correctamente, el servicio generará un mensaje que indica que se ha recibido la propuesta. Este mensaje automático es el acuse de recibo.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.

  2. 2

    Segundo paso

    Confirmación instituciones solicitantes

    Segunda fase 

    Segunda fase 

    Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes provisionales, se abrirá un nuevo plazo para que las entidades accedan a la aplicación de gestión de ayudas de la AGAUR (BOGA) para confirmar o rechazar las solicitudes presentadas por las personas candidatas.

    Para confirmar las solicitudes provisionales, las entidades solicitantes deben enviar a la AGAUR, mediante la plataforma EACAT u otro registro oficial válido, el documento de confirmación de las solicitudes presentadas que genera BOGA, firmado por la persona representante legal de la entidad.

    Dudas que pueden surgir como entidad aquí.


    Las entidades de adscripción tienen hasta el 15 de mayo de 2026 a las 14 h para introducir directamente la priorización de las solicitudes en la aplicación de ayudas del AGAUR (BOGA).

  3. 3

    Tercer paso

    Respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    El plazo legal máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses, desde el día siguiente desde su fecha de presentación. Transcurrido por este plazo sin resolución expresa, el/la solicitante puede entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

    ¿Qué respuesta se recibe?

    La resolución se publica en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Con el fin de hacer más difusión, y a efectos informativos, se puede consultar el resultado de la resolución a las páginas web del AGAUR y de la Secretaría de Universidades e Investigación (SUR).

    ¿Se puede presentar un recurso?

    La Resolución agota la vía administrativa, Las personas interesadas pueden interponer los siguientes recursos: un recurso potestativo de reposición ante el presidente o presidenta de la CEAR en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGC, de conformidad con lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  4. 4

    Cuarto paso

    Aceptación y acreditación de contratació

    La aceptación de la ayuda para las nuevas concesiones se formalizará mediante un modelo normalizado firmado por las personas representantes legales de las entidades beneficiarias 

    La aceptación de la ayuda para las nuevas concesiones se formalizará mediante un modelo normalizado firmado por las personas representantes legales de las entidades beneficiarias 

    El documento de aceptación se debe presentar por medios telemáticos en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente del inicio del contrato objeto de la ayuda.

  5. 5

    Quinto paso

    Incorporación del candidato

    Incorporación de la persona candidata

    Incorporación de la persona candidata


    Los contratos de nueva concesión objeto de estas ayudas deberán iniciarse, como máximo, el 1 de septiembre de 2026.


    Las personas extracomunitarias podrán incorporarse hasta el 1 de diciembre de 2026 por motivos relacionados con la tramitación de su contratación. Esta ampliación solo se podrá llevar a cabo si se acredita que, a fecha 1 de septiembre de 2026, cumplen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, y que han iniciado los trámites de contratación correspondientes.

  6. 6

    Sexto paso

    Renovación de la ayuda

    Las entidades de adscripción deberán presentar las solicitudes y propuestas de renovación para todas las ayudas otorgadas en convocatorias anteriores.

    Las entidades de adscripción deberán presentar las solicitudes y propuestas de renovación para todas las ayudas otorgadas en convocatorias anteriores.

  7. 7

    Séptimo paso

    Justificación de la ayuda

    Las entidades deben justificar la ayuda de cada persona investigadora, en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la ayuda, mediante la siguiente documentación:

    Las entidades deben justificar la ayuda de cada persona investigadora, en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la ayuda, mediante la siguiente documentación:

    a) Una memoria técnica de la actuación justificada firmada por la persona investigadora contratada y por la persona directora de tesis.
    b) Una memoria económica justificativa del coste de las contrataciones realizadas en función de los resultados obtenidos.

    A parte, las entidades beneficiarias y las personas destinatarias de las ayudas deben someterse a las actuaciones de verificación administrativa y sobre el terreno que realice la AGAUR. Ambas verificaciones se efectuarán mediante muestreo.

    Todos los modelos normalizados para la justificación se podrán encontrar en la web de la AGAUR.

    Documentación justificación convocatorias anteriores: FI 2022, FI 2023, FI 2024, FI 2025.

Fecha de actualización 30.03.2026

Esta convocatoria está cofinanciada por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo Plus (FSE+)

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