¿Qué tienes que saber?
Ayudas a proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental entre empresas catalanas y desarrolladoras de tecnología acreditados TECNIO (Proyectos INNOTEC)
AVIS: Aquest tràmit només es pot fer per internet.
Cal que signeu el formulari principal amb un certificat digital de:
- Certificat de representació de persona jurídica.
Empresas con establecimiento operativo en Cataluña, y que como mínimo tengan 3 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
Desarrolladoras de tecnología acreditadas TECNIO, que aparecen en el momento de presentar la solicitud al web de ACCIÓ
– TECNIO (más información)
El plazo de presentación de solicitudes será desde las 09:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC hasta las 14:00 horas del día 30 de julio de 2021
- Memoria tecnica del proyecto
- Presupuesto completo y detallado del proyecto
- En el caso de proyectos colaborativos, ficha de participación firmada por el representante legal de cada uno de los participantes,
- En el cas de projectes col·laboratius, document acreditatiu de poders per actuar com a representant legal de cada participant, en cas que aquest no estigui inscrit al Registre Mercantil o el registre corresponent.
Empresas con establecimiento operativo en Cataluña, y que como mínimo tengan 3 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
Desarrolladoras de tecnología acreditadas TECNIO, que aparecen en el momento de presentar la solicitud al web de ACCIÓ
– TECNIO (más información)
Pasos a realizar
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1
Primer paso
solicitar
Les sol·licituds es presentaran per mitjans electrònics seguint les següents instruccions:
Plazos
Del 22/06/2021 al 30/07/2021Les sol·licituds es presentaran per mitjans electrònics seguint les següents instruccions:
- Descarregar el formulari.
- Emplenar el formulari.
- Adjuntar els documents al formulari, validar-lo, signar-lo amb certificat digitali guardar-lo.
- Tornar a la pàgina de tramitació a través de l'enllaç del propi formulari (al final del document, just abans del botó de desar), i enviar el formulariseguint les instruccions indicades al pas 3. “Enviar a Tramitar”.
- En el moment d'enviar el formulari la persona que efectuï el tràmit rebrà l'acusament de rebuda i còpia del formulari enviat.
Si en el moment de presentar el formulari de sol·licitud no podeu adjuntar tots els models de documentació, podeu enviar-los posteriorment a través de la funcionalitat “Adjuntar la documentació”.
Consideracions que cal tenir en compte:
El formulari de sol·licitud, ha d’estar signat digitalment per la persona que tingui poders de l'empresa sol·licitant. La identificació de la persona sol·licitant es farà a través dels sistemes de signatura electrònica admesos per la Seu electrònica i que es poden consultar a https://web.gencat.cat/ca/seu-electronica/certificats-i-signatures-electroniques/ i en aquest cas concret, ha de consistir en un certificat qualificat o reconegut de representant de persona jurídica que acrediti que la persona signant està vinculada a la sol·licitant i disposa de capacitat de representació de la mateixa.
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2
Segundo paso
Consulta l'estat de l'expedient
Podeu consultar l’estat del tràmit:
Podeu consultar l’estat del tràmit:
- A Canal Empresa(amb certificat digital).
- Al telèfon012 (amb l’identificador del tràmit i el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la Respuesta de la Administración
Cómo puedo saber si la Administración ha recibido mi solicitud?
Al hacer la solicitud, recibirá un acuse de recibo con un número que le servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez la Administración efectúa el control de los datos recibidos, recibirá la respuesta de la Administración a través del portal de trámites Gencat.
Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente? A través del correo electrónico indicado, recibirá un mensaje informando de que ha de acceder a su carpeta de trámites Gencat, para consultar una actualización de su expediente. Se puede consultar el estado de su trámite a través de Mi carpeta con certificado digital. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la notificación al Tablero electrónico, la entidad deberá presentar toda la documentación que se requiere, sino lo hace se entenderá que desiste su petición.
Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26 / 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Contra la resolución de concesión o denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el / la consejero / a delegado / a de ACCIÓ en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010 , de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.