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  • Ayudas a proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental entre empresas catalanas y desarrolladoras de tecnología acreditados TECNIO (Proyectos INNOTEC
22522 - Ajuts a projectes de recerca industrial i desenvolupament experimental entre empreses catalanes i desenvolupadors de tecnologia acreditats TECNIO (Projectes INNOTEC) 2021 Departament d'Empresa i Treball accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Consulta l'estat de l'expedient
  3. 3. Recibir la Respuesta de la Administración
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Ayudas a proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental entre empresas catalanas y desarrolladoras de tecnología acreditados TECNIO (Proyectos INNOTEC

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Fuera de plazo

Del 22/06/2021 al 30/07/2021

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Normativa

  • RESOLUCIÓN EMT/1791/2021, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de subvenciones destinadas a impulsar empresas emergentes (start-up) en fase inicial y proyectos de I+D colaborativos entre empresas y desarrolladores de tecnología acreditados TECNIO.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8431  publicado el 11/06/2021)
  • RESOLUCIÓN EMT/1888/2021, de 11 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2021 de la línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental entre empresas catalanas y desarrolladores de tecnología acreditados TECNIO (proyectos INNOTEC) (ref. BDNS 569774).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8440  publicado el 21/06/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Ayudas a proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental entre empresas catalanas y desarrolladoras de tecnología acreditados TECNIO (Proyectos INNOTEC)

AVIS: Aquest tràmit només es pot fer per internet.

Cal que signeu el formulari principal amb un certificat digital de:

  • Certificat de representació de persona jurídica.
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • ACCIÓ - Agència per a la Competitivitat de l'Empresa
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Otras administraciones

Empresas con establecimiento operativo en Cataluña, y que como mínimo tengan 3 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
Desarrolladoras de tecnología acreditadas TECNIO, que aparecen en el momento de presentar la solicitud al web de ACCIÓ
– TECNIO (más información)

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 09:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC hasta las 14:00 horas del día 30 de julio de 2021

Documentación
  • Memoria tecnica del proyecto
  • Presupuesto completo y detallado del proyecto
  • En el caso de proyectos colaborativos, ficha de participación firmada por el representante legal de cada uno de los participantes,
  • En el cas de projectes col·laboratius, document acreditatiu de poders per actuar com a representant legal de cada participant, en cas que aquest no estigui inscrit al Registre Mercantil o el registre corresponent.

Documentos

Ficha informativa

Guia para cumplimentar la solicitud

Requisitos

Empresas con establecimiento operativo en Cataluña, y que como mínimo tengan 3 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
Desarrolladoras de tecnología acreditadas TECNIO, que aparecen en el momento de presentar la solicitud al web de ACCIÓ
– TECNIO (más información)

Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    solicitar

    Les sol·licituds es presentaran per mitjans electrònics seguint les següents instruccions:

    Plazos
    Del 22/06/2021 al 30/07/2021

    Les sol·licituds es presentaran per mitjans electrònics seguint les següents instruccions:

    1. Descarregar el formulari.
    2. Emplenar el formulari.
    3. Adjuntar els documents al formulari, validar-lo, signar-lo amb certificat digitali guardar-lo.
    4. Tornar a la pàgina de tramitació a través de l'enllaç del propi formulari (al final del document, just abans del botó de desar), i enviar el formulariseguint les instruccions indicades al pas 3. “Enviar a Tramitar”.
    5. En el moment d'enviar el formulari la persona que efectuï el tràmit rebrà l'acusament de rebuda i còpia del formulari enviat.

    Si en el moment de presentar el formulari de sol·licitud no podeu adjuntar tots els models de documentació, podeu enviar-los posteriorment a través de la funcionalitat “Adjuntar la documentació”.

    Consideracions que cal tenir en compte:

    El formulari de sol·licitud, ha d’estar signat digitalment per la persona que tingui poders de l'empresa sol·licitant. La identificació de la persona sol·licitant es farà a través dels sistemes de signatura electrònica admesos per la Seu electrònica i que es poden consultar a https://web.gencat.cat/ca/seu-electronica/certificats-i-signatures-electroniques/ i en aquest cas concret, ha de consistir en un certificat qualificat o reconegut de representant de persona jurídica que acrediti que la persona signant està vinculada a la sol·licitant i disposa de capacitat de representació de la mateixa.

    Por Internet

    Formulari de sol·licitud

    Iniciar . Acceder a Formulari de sol·licitud

    AVIS

    En cas que no pugueu tramitar per una incidència en el sistema, torneu a provar-ho més tard. 

    Només en el cas que hi hagi una interrupció no planificada en el funcionament dels sistemes electrònics durant l'últim dia establert per a la realització del tràmit corresponent, aquest tràmit es podrà dur a terme durant els 3 dies hàbils consecutius següents.

    Consulteu les condicions tècniques necessàries per a fer tràmits en línia a Tràmits gencat

     

    Cal consignar l’adreça de correu electrònic i número de telèfon mòbil dins del formulari de la persona i que aquesta, sigui una persona de l’empresa que gestioni l’ajut, atès que serà qui rebrà les notificacions i reclamacions de l’expedient.

     

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta l'estat de l'expedient

    Podeu consultar l’estat del tràmit:

    Podeu consultar l’estat del tràmit:

    • A Canal Empresa(amb certificat digital).
    • Al telèfon012 (amb l’identificador del tràmit i el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la Respuesta de la Administración

     

     

    Cómo puedo saber si la Administración ha recibido mi solicitud?

    Al hacer la solicitud, recibirá un acuse de recibo con un número que le servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez la Administración efectúa el control de los datos recibidos, recibirá la respuesta de la Administración a través del portal de trámites Gencat.

    Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente? A través del correo electrónico indicado, recibirá un mensaje informando de que ha de acceder a su carpeta de trámites Gencat, para consultar una actualización de su expediente. Se puede consultar el estado de su trámite a través de Mi carpeta con certificado digital. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la notificación al Tablero electrónico, la entidad deberá presentar toda la documentación que se requiere, sino lo hace se entenderá que desiste su petición.

    Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?

    El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26 / 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Contra la resolución de concesión o denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el / la consejero / a delegado / a de ACCIÓ en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010 , de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

     

     

     

     

Fecha de actualización 21.06.2021
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