¿Qué tienes que saber?
Ayudas destinadas a operadores profesionales de categoría productor, de determinados Materiales Vegetales de Reproducción (MVR) para inversiones en instalaciones de bioseguridad en viveros frente a insectos vectores y fauna cinegética en instalaciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- El plazo para presentar la solicitud es del 20 de julio al 19 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
- En caso de que la persona solicitante sea una administración pública o una entidad dependiente, o participada mayoritariamente por aquella administración, domiciliada en Cataluña debe formalizar la solicitud a través de la extranet de las administraciones catalanas EACAT.
- En caso de que el operador profesional tenga varios lugares de producción donde realizar inversiones, deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción.
- Las inversiones subvencionables deben realizarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y siempre iniciadas con anterioridad al 1 de enero de 2024.
- Las entidades colaboradoras reconocidas por el Departamento pueden actuar en nombre y representación de los solicitantes y están autorizadas a realizar el trámite telemático.
- Puede descargarse el tríptico informativo de la ayuda (A1172-AN4) y la ficha técnica de inversiones en fauna cinegética (A1172-AN5).
A las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que sean operadores profesionales inscritos como productores, de derecho público o privado, en el Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estén autorizados por la autoridad competente de la comunidad autónoma a producir material vegetal de reproducción (MVR).
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son distintos para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación telemática.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación telemática.
Que se haya realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se notificarán telemáticamente, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes. Las entidades deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que debe hacerse constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las entidades podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que es necesario hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Es necesario tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite
Sobre el formulario:
- Es necesario indicar obligatoriamente el número de expediente.
- Se debe firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
- El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que pueden enviarse mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar o desistir
Plazos
Del 12/04/2022 al 31/12/2026Para presentar la solicitud de aportación debe tener los documentos adjuntos preparados y guardados en su unidad. Una vez esté rellenados, acceda a este enlace para descargar el formulario de presentación y anexarlos antes del envío.
Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con el idCATMóvil o un certificado digital de persona física, persona jurídica o persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área Privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las correspondientes actuaciones.
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las correspondientes actuaciones.
La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate, pudiéndose incluir en la resolución de la solicitud de ayuda.