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  • Ayudas para el estudiantado universitario de las comarcas de L’Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d’Aran, El Ripollès y El Solsonès para el curso académico (APA)
6087 - Ajuts per a l'estudiantat universitari de les comarques de l'Alt Pirineu, el Berguedà, la Garrotxa, la Vall d'Aran, el Ripollès i el Solsonès (APA) Departament de Recerca i Universitats accio
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Ayudas para el estudiantado universitario de las comarcas de L’Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d’Aran, El Ripollès y El Solsonès para el curso académico (APA)

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Normativa

  • Resolución REU/1788/2026, de 3 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al estudiantado universitario de las comarcas de L?Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d?Aran, El Ripollès y El Solsonès (APA)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9682  publicado el 09/06/2026)
  • Resolución REU/1968/2026, de 11 de junio, por la que se abre la convocatoria de ayudas al estudiantado universitario de las comarcas de L?Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d?Aran, El Ripollès y El Solsonès para el curso académico 2025-2026 (APA)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9690  publicado el 19/06/2026)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas para movilidad comarcal a las familias residentes en las comarcas de L’Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d’Aran, El Ripollès y El Solsonès (APA) en que alguno de sus miembros esté matriculado en una universidad del sistema universitario catalán en el curso académico para el cual se solicita la ayuda (curso 2025-2026). La movilidad se entiende como desplazamiento y alojamiento fuera de la comarca donde se tiene la residencia familiar.

Las familias susceptibles de ayudas tienen que residir en una de las comarcas siguientes:

  • L'Alt Urgell
  • L'Alta Ribagorça
  • El Berguedà
  • La Cerdanya
  • La Garrotxa
  • El Pallars Jussà
  • El Pallars Sobirà
  • El Ripollès
  • El Solsonès
  • La Vall d’Aran

Contacto: buzón de contacto

La ayuda es para el curso académico 2025-2026.

Informació convocatorias anteriores

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Recerca i Universitats

Otros organismos relacionados

  • Agència de Gestió d'Ajuts Universitaris i de Recerca (AGAUR)
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A estudiantes universitarios residentes en las comarcas de L’Alt Pirineu, El Berguedà, La Garrotxa, La Vall d’Aran, El Ripollès y El Solsonès.

Plazos

Plazo para presentar solicitudes: del 20 de junio a les 00:00 h (hora de Barcelona) al 20 de julio de 2026 a las 14:00 h (hora de Barcelona), ambos días incluidos.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Certificado municipal de convivencia en el que conste la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas a base 3 de las bases reguladoras, que debe ser anterior o igual al 1 de enero de 2023, y debe mantenerse ininterrumpidamente hasta el curso académico 2025-2026 completo. En caso de que la persona solicitante se haya empadronado en una fecha posterior a la fecha requerida, además del certificado de convivencia en el que conste la fecha de alta en el padrón municipal de toda la unidad familiar, es necesario presentar la documentación acreditativa del centro docente donde la persona solicitante ha estudiado el curso inmediatamente anterior al curso para el que se solicita la ayuda o cualquier otra documentación acreditativa de esta circunstancia.

  2. Documentación que justifique la residencia fuera del domicilio familiar durante el curso académico, 2025-2026, mediante fotocopia del contrato de alquiler de la vivienda donde reside durante el curso escolar o bien con el contrato de la residencia de estudiantes.

  3. Expediente académico completo donde consten las asignaturas matriculadas, las calificaciones y los créditos académicos obtenidos en cada una de estas asignaturas y la convocatoria en que se hayan obtenido, en el caso de las personas solicitantes que no cursen por primera vez estudios universitarios, en esta certificación también tiene que constar, de manera clara, el total de créditos matriculados y el total de créditos aprobados en el curso académico 2024-2025, en el caso del estudiantado a partir del segundo curso.

  4. Si no te has matriculado del número de créditos exigido en las bases, tendrás que acreditar que te has matriculado del máximo número de créditos posible según la organización de tu centro o porque estás finalizando los estudios.

    Para hacerlo, es necesario aportar un documento oficial, firmado por la gestión académica de tu universidad, que lo certifique. Este documento deberá adjuntarse al formulario con el nombre: “Acreditación oficial, firmada por la universidad, que justifique que no se ha podido matricular de 60 créditos para el curso 2024-2025 y/o 2025-2026”.

    No se pueden acoger a este supuesto los estudiantes que no se hayan podido matricular del número de créditos previsto a causa de su rendimiento académico en cursos anteriores.

  5. Para los estudiantes extranjeros, fotocopia del NIE para acreditar la residencia de cualquir estado miembro de la Unión Europea.

  6. Para las personas solicitantes con ingresos en el extranjero, en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, copia de la declaración de renta o de los certificados de imputaciones o equivalente que justifique estos ingresos del año 2024 de todos los miembros que forman la unidad familiar.

Documentos

Formulari d'autorització per incloure membres

Requisitos

Requisitos generales

  1. Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea, o en caso de estudiantes no comunitarios, acreditar su condición de persona residente.
  2. Residir en una de las siete comarcas mencionadas anteriormente como mínimo desde el 1 de enero de 2023, deberá acreditarse presentando un certificado municipal de convivencia donde conste la fecha de alta de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas. Excepcionalmente, en el caso de haberse empadronado posteriormente al 1 de enero de 2023, se puede beneficiar de esta ayuda siempre que la persona solicitante acredite de forma fehaciente la residencia en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en el momento de presentar la solicitud. Para demostrar este último hecho y aplicar la excepcionalidad, hay que presentar, además del certificado municipal de convivencia, la documentación acreditativa del centro docente de las comarcas del APA donde la persona solicitante estudió el curso inmediatamente anterior al curso por el cual se solicita la ayuda o cualquier otra documentación acreditativa de esta circunstancia.

Requisitos académicos

  1. Estar matriculado o matriculada en una universidad del sistema universitario catalán el curso 2025-2026, en unos estudios encaminados a la obtención de un título oficial de grado. Se deberá estar matriculado/a de:
    • Un mínimo de 60 créditos en la matrícula anual en estudios de grado.
  2. Cursar estudios impartidos de manera presencial.
  3. Para estudiantes que no inician estudios universitarios, haber superado el 80% de los créditos matriculados en el curso anterior o el último curso realizado en los estudios de las ramas de conocimiento de artes y humanidades, ciencias, ciencias de la salud y ciencias sociales y jurídicas, y el 60% en el caso de los estudios de las ramas de conocimiento de ingeniería y arquitectura.

Requisitos económicos

  1. No superar los umbrales de renta familiar y de patrimonio establecidos en la convocatoria.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Cuantía de la ayuda

El import máximo por ayuda es de 2.000 € de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 20/06/2026 al 20/07/2026

    ACLARACIÓN EN CUANTO LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

    Es necesario que lea detenidamente este apartado, con las especificaciones que hacen referencia a la documentación a presentar, antes de adjuntar la documentación en el formulario. 

    Documentación que justifique la residencia fuera del domicilio familiar durante el curso actual, mediante fotocopia del contrato de alquiler o con el contrato de la residencia de estudiantes.

    Documentación que acredite que la persona estudiante reside fuera del domicilio familiar durante el curso académico que prevea la convocatoria, mediante un contrato de alquiler de la vivienda donde se reside durante el curso escolar o con el contrato de la residencia de estudiantes. El contrato de alquiler debe estar debidamente firmado.

    En caso de no disponer de contrato de alquiler o que la persona solicitante no aparezca como arrendataria deberá acreditar los gastos por razón de alquiler, pensión, residencia de estudiantes o establecimiento general, mediante transferencias efectuadas y como mínimo de tres meses del curso escolar para el que se solicita la ayuda.

    Certificado municipal de convivencia donde conste la fecha de alta del padrón del solicitante

    Se tienen que acreditar los miembros de la unidad familiar con el Certificado Municipal de Convivencia en el que debe constar la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante.

    La fecha de alta en el padrón suele aparecer en el Certificado Municipal de Convivencia.

    En caso de que no aparezca deberá presenta también, el Padrón Municipal de la persona solicitante.

    Situaciones en que te puedes encontrar:

    En los casos en que el padre o la madre de la persona solicitante, por motivos personales, no esté empadronado en el domicilio familiar, además del certificado municipal de convivencia, también deberá presentar una declaración responsable explicando los motivos.

    En caso de que el régimen de custodia de los hijos sea custodia compartida será necesario añadir en el formulario, como miembro computable, el progenitor que falta en el certificado municipal de convivencia.

    En caso de que la custodia de los hijos no sea compartida, tiene la consideración de miembro computable el nuevo o la nueva cónyuge o la persona unida por análoga relación, del padre o madre de la persona solicitante que deberá incluir en la solicitud de la ayuda.

    Expediente académico completo en el que consten las asignaturas matriculadas, las calificaciones y los créditos académicos obtenidos en cada una de estas asignaturas y la convocatoria en la que se han obtenido, en el caso de las personas solicitantes que no cursen por primera vez estudios universitarios. En esta certificación también debe constar, de forma clara, el total de créditos matriculados y el total de créditos aprobados en el curso académico 2024-2025, en el caso del estudiantado a partir del segundo curso.

    Únicamente se aceptarán los expedientes académicos actualizados, en el momento de presentar la solicitud, donde consten el número de créditos de todas las asignaturas matriculadas. En el caso de que solamente aparezca el nombre de la asignatura y las calificaciones obtenidas no daremos por bueno el documento.

    Acreditación oficial, firmada por la universidad, que justifique que no se ha podido matricularse de 60 créditos para el curso 2024-2025 y/o 2025-2026. Presentar una acreditación del centro, firmada por la secretaría académica, que justifique que la persona solicitante se ha matriculado del número máximo de créditos de acuerdo con la organización administrativa del centro.

    No puede acogerse a este supuesto el alumnado que por razón de su rendimiento académico en los cursos anteriores no se haya podido matricular del número de créditos previstos.

    En ningún caso daremos por bueno un documento firmado por el propio solicitante.

    Por Internet

    Solicitar

    Iniciar . Acceder a Solicitar

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para realizar en línea en Trámites gencat  

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:

    Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:

    • "Área privada" (con el idCAT Mòbil o el certificado digital válido) si eres una persona física.
    • "Estado de mis gestiones" (con el identificador del trámite (ID) que encontrarás en el recibo de registro de la solicitud de la ayuda APA para el curso 2024-2025 realizada y con tu DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    El plazo máximo legal para resolver la convocatoria es de seis meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGC.

    ¿Qué respuesta se recibe?

    La resolución de concesión será notificada a los interesados mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (<https://seu.gencat.cat/es/informacio-publica.html>) y de manera informativa en la página web de la AGAUR.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    Contra la resolución de concesión o denegación de ayudas se puede presentar un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes des de la publicación de la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya (e-tauler), ante el presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias. También se puede presentar un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación en el e-tauler.

     

     

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la ayuda

    El pago de la ayuda se hará directamente a la persona beneficiaria a través de una transferencia bancaria, una vez publicada la resolución de adjudicación.

    El pago de la ayuda se hará directamente a la persona beneficiaria a través de una transferencia bancaria, una vez publicada la resolución de adjudicación.

     

     

Fecha de actualización 19.06.2026
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