Contacto: Elsa Alonso (ealonsoa@gencat.cat). Tel. 932688790
Plazo de presentación de solicitudes: del Del 19/09/2023 al 31/10/2023 a las 14.00 h (hora local de Barcelona)
Resolución: Transcurridos 6 meses desde la resolución de la convocatoria, el enlace del e-tauler ya no estará disponible. Podrá consultar la relación de beneficiarios en el portal de transparencia
Objeto
Ayudas para desarrollar proyectos innovadores para la mejora de la calidad docente en materia de violencia de género con capacidad transformadora.
Destinatarios
Se pueden beneficiar de estas ayudas las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación públicos y privados, las fundaciones hospitalarias y las infraestructuras científicas y técnicas singulares con personalidad jurídica propia y sede en Cataluña. Los centros y las fundaciones deben tener como actividad principal la investigación, de acuerdo a sus estatutos o con la normativa que los regule, y sede en Cataluña.
Duración
El plazo de ejecución de los proyectos es de doce meses, a contar desde la publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya de la resolución definitiva de concesión de las ayudas.
Cuantía de la ayuda
El importe máximo de la ayuda será de 12.000 euros.
Características de los proyectos
Considerar el marco general para la incorporación de la perspectiva de género en docencia universitaria de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña y lo que dispone la Ley 17/2020, de 22 diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- Desarrollar nuevas estrategias, recursos didácticos y metodológicos, así como la mejora de los ya existentes, de apoyo a los procesos de enseñanza, de aprendizaje-servicio, de acción tutorial o de acompañamiento al alumnado y al profesorado.
-Dar una respuesta adecuada a las nuevas exigencias académicas, promover el aprendizaje en entornos virtuales, la utilización de las TIC y la digitalización y demostrar el avance en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
- Los resultados del proyecto deben ser sostenibles más allá de la duración del proyecto.
Resolución
El plazo para resolver y notificar la resolución es de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
Una vez haya transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio.
Pago de la ayuda
El importe de la ayuda se entrega en dos pagos. El primero, correspondiente al 80 % del total concedido, se tramitará una vez resuelta y notificada la resolución de concesión, sin necesidad de presentar garantías. El pago del 20 % restante se efectuará tras verificar que se ha cumplido la finalidad de la subvención y se ha comprobado la justificación
Justificación final
Las entidades beneficiarias deben justificar la ejecución efectiva de los proyectos y acreditarlo durante el mes siguiente a la finalización de los proyectos, mediante la cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto, y de acuerdo con el modelo normalizado que se puede obtener en la página web
La documentación que debe adjuntarse es la siguiente:
Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, la actividad o el proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, firmada por la persona responsable y con el visto bueno de la persona responsable legal de la entidad beneficiaria.
- Una relación clasificada de los gastos de la actividad firmada por su representante legal, con la identificación del acreedor, el número de factura o un documento de valor probatorio equivalente, el importe, la fecha de emisión y, si procede, la fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue de acuerdo con un presupuesto, se presentará una liquidación en la que se indiquen y, si procede, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
- Una relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y la procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, se deberá indicar la cantidad exacta o el porcentaje imputado a cada una, con la identificación de los órganos otorgantes.
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