Contacto: Marta Renato (marta.renato@gencat.cat) Tel. 93.781.97.89; Montse Boada (montse.boada@gencat.cat) Tel. 93.268.77.21
Plazo de presentación de solicitudes provisionales: del 10 de febrero al 11 de marzo de 2021 a les 14:00h (hora local de Barcelona).
Plazo de las instituciones para confirmar o rechazar la presentación de las solicitudes provisionales: del 17 al 24 de marzo de 2021.
Resolución: Transcurridos 6 meses desde la resolución de la convocatoria, el enlace del e-tablón ya no estará disponible. Podrá consultar la relación de beneficiarios en el portal de transparencia
Objeto
El objeto de la convocatoria Beatriu de Pinós es otorgar ayudas individuales para la contratación y la incorporación, en régimen de concurrencia competitiva, de personal investigador doctor al sistema catalán de ciencia y tecnología.
Destinatarios
Pueden beneficiarse de estas ayudas las universidades, los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias que tengan sede en Cataluña. Quedan excluidos de estas bases los centros tecnológicos, los centros de apoyo a la actividad tecnológica y los centros de difusión tecnológica.
Requisitos
Las personas candidatas deben haber obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2018 (se entiende como fecha de obtención del doctorado la fecha de lectura y aprobación de la tesis).
El período de obtención del título de doctorado puede ser del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2018 si se justifica durante este periodo cualquiera de los siguientes supuestos:
- Haber disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad.
- Haber tenido a cargo menores de 6 años, personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o personas mayores de 65 años que dependan de la persona candidata y que requieran una dedicación especial.
- Haber sufrido una enfermedad grave o un accidente con una baja médica igual o superior a seis meses.
- Ser una persona investigadora que tenga reconocido el estatus de persona refugiada según la Convención de Ginebra de 1951.
El periodo de obtención del título de doctor para las personas candidatas con una disminución igual o superior al 33 % expedida por el equipo de valoración y orientación de los centros de atención a las personas con diversidad funcional de la Generalitat de Cataluña o equivalente puede ser del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2018.
b) Tener, en el momento de incorporarse a la entidad receptora, un mínimo de dos (2) años de experiencia posdoctoral fuera de España. Esta experiencia posdoctoral, independientemente del tipo de vinculación, se puede haber llevado a cabo en instituciones diferentes, siempre que el periodo total de estancia posdoctoral sea, como mínimo, de dos (2) años.
c) No haber residido o trabajado en España más de 12 meses en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud. En el caso del personal investigador refugiado, la regla de movilidad se aplica a partir de la fecha de obtención del reconocimiento oficial de persona refugiada según la Convención de Ginebra de 1951.
Se reserva 1 ayuda a personas candidatas con una disminución igual o superior al 33 % expedida por el equipo de valoración y orientación de los centros de atención a las personas con diversidad funcional de la Generalitat de Cataluña o equivalente. En caso de que ninguna persona opte a esta ayuda, se reasignará procurando una distribución equilibrada por ámbitos en función de las solicitudes presentadas.
Las personas que opten a esta plaza deberán hacerlo constar y aportar la documentación acreditativa en el momento de hacer la solicitud. Las personas que opten por participar en esta plaza reservada no podrán optar al resto de plazas. La no acreditación del grado de discapacidad implicará el tratamiento de la solicitud como ordinaria.
El periodo de obtención del título de doctor para las personas candidatas con una disminución igual o superior al 33 % expedida por el equipo de valoración y orientación de los centros de atención a las personas con diversidad funcional de la Generalitat de Cataluña o equivalente puede ser del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2018.
Periodo de ejecución y duración
Los contratos objeto de esta ayuda tendrán una duración de tres (3) años.
Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán incorporar a la persona candidata y formalizar el contrato de acuerdo con la normativa vigente correspondiente dentro del periodo comprendido entre la fecha de publicación de la resolución de concesión en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la fecha prevista en la convocatoria correspondiente.
Cuantía de la ayuda
El importe de la ayuda para la contratación del personal investigador es de 132.300,00 € (ciento treinta y dos mil trescientos euros). Dicha cantidad financia el coste de cada contrato durante los tres (3) años de la ayuda e incluye la retribución a percibir por el personal investigador y la cuota patronal de la Seguridad Social.
Adicionalmente, la ayuda cuenta con un importe complementario de 12.000,00 € (doce mil euros). Esta ayuda está dirigida exclusivamente a las acciones que implemente la persona candidata durante el periodo de disfrute del contrato objeto de la ayuda y que debe gestionar la propia entidad beneficiaria.
Si se produce una renuncia parcial que implique la justificación de un periodo de contratación inferior a los 18 meses, el importe máximo justificable de la ayuda complementaria será de 6.000,00 (seis mil) euros.
Resolución
Cuando se recibe la respuesta?
El plazo legal máximo de resolución es de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria en el DOGC. Una vez haya transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio.
¿Qué respuesta se recibe?
Previamente a la concesión de las ayudas, el órgano instructor resolverá sobre la admisión o el desistimiento de la solicitud, las cuales se notificarán al interesado mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad.
La resolución de concesión será notificada a los interesados mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Pago de la ayuda
El importe de la ayuda se entrega en tres pagos:
El pago del 50 % de la ayuda para la contratación de la persona candidata y el pago del 80 % de la ayuda complementaria deben tramitarse en el momento en que la entidad receptora certifica la incorporación del personal investigador contratado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de ser efectiva, mediante escrito de la persona investigadora del grupo de investigación receptor que debe coordinar la actividad de investigación de la persona candidata en el que conste la fecha de incorporación a su puesto de trabajo y una copia del contrato firmado, en que figure la retribución anual bruta, la duración y las fechas del contrato y el lugar de prestación de los servicios del doctor o la doctora.
El segundo pago es del 40 % de la ayuda para la contratación de la persona candidata y debe tramitarse en el momento en que la entidad beneficiaria de la ayuda presenta a la AGAUR la memoria científico-técnica de seguimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la base 24.
El pago restante del 10 % de la ayuda para la contratación de la persona candidata y del 20 % de la ayuda complementaria debe tramitarse cuando la entidad receptora presenta a la AGAUR la documentación justificativa de acuerdo con lo dispuesto en la base 25.
Si se produce una renuncia parcial que implica la justificación de un periodo de contratación inferior a los 18 meses, el importe máximo justificable de la ayuda complementaria es el previsto en la convocatoria correspondiente.
Justificar el primer año de la ayuda
Para valorar el cumplimiento de los objetivos previstos en la solicitud, la entidad beneficiaria de la ayuda deberá presentar, un mes antes de la finalización de los primeros 18 meses de contrato, una memoria científico-técnica según el modelo normalizado.
Justificación final de la ayuda
Las entidades beneficiarias deberán justificar la ejecución efectiva de los proyectos y acreditarlo durante los 2 meses siguientes a la finalización del contrato objeto de la ayuda, independientemente de la causa que lo motive.
La documentación que se deberá adjuntar es la siguiente:
a) Memoria científico-técnica explicativa del cumplimiento de los objetivos y la finalidad de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, firmada por la persona candidata contratada y con el visto bueno del investigador o la investigadora del grupo de investigación receptor que ha coordinado la actividad de investigación de la persona candidata. Dicha memoria deberá seguir el modelo normalizado y se presentará, también, en soporte electrónico.
b) Un certificado del investigador o investigadora del grupo de investigación receptor que ha coordinado la actividad de investigación de la persona candidata, que acredite el trabajo o proyecto de investigación realizado y las fechas en las que se ha llevado a cabo, con el visto bueno de la persona con capacidad de representante legal de la entidad.
c) Una certificación del coste de contratación de la persona candidata durante el periodo de la ayuda, expedida con el visto bueno de la persona con capacidad de representante legal de la entidad, a la que se adjuntará la copia de las dos últimas nóminas.
d) Una relación clasificada de los gastos efectuados con la ayuda complementaria firmada por su representante legal, con la identificación del concepto, el acreedor, el número de factura o un documento de valor probatorio equivalente, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue de acuerdo con un presupuesto, deberá presentarse una liquidación en la que se indiquen y, en su caso, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial. Dicha relación de gastos deberá seguir el modelo normalizado. Los gastos durante el período de ejecución de la actividad subvencionada deben estar realmente pagados dentro del período dado para la justificación de la ayuda.
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