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  • Alta, baja y modificación de habilitación del personal técnico de entidades colaboradoras para actuar en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios
22199 - Alta, baixa i modificació d’habilitació del personal tècnic d’entitats col·laboradores per actuar en l'àmbit de la prevenció i la seguretat en matèria d’incendis Departament d'Interior i Seguretat Pública accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
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Alta, baja y modificación de habilitación del personal técnico de entidades colaboradoras para actuar en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios

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Normativa

  • Orden INT/22/2013, de 1 de febrero, por la que se aprueba el procedimiento para la habilitación de los técnicos y técnicas de entidades colaboradoras de la Administración para actuar en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios

  • LEY 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5584  publicado el 10/03/2010)
  • DECRETO 42/2015, de 24 de marzo, de regulación de las entidades colaboradoras de la Administración en materia de prevención y seguridad correspondientes al departamento competente en materia de seguridad pública.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6839  publicado el 26/03/2015)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Tramitación de las peticiones de habilitación del personal técnico de las entidades colaboradoras de la Administración en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios, así como de la modificación de la habilitación por renovación o por cambio de nivel y la comunicación de la baja como técnico/a habilitado/a.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Direcció General de Prevenció, Extinció d'Incendis i Salvaments
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A las entidades colaboradoras de la Administración en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios y de los establecimientos abiertos al público, espectáculos públicos y actividades recreativas (ECI).

Plazos

La entidad debe comunicar cualquier cambio que afecte a la composición de la plantilla de personal técnico habilitado en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios.

Debe tenerse en cuenta que la condición de técnico/a habilitado/a es vigente durante un plazo máximo de 6 años desde la fecha de expedición de la certificación técnica.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Anexo de alta de habilitación como técnico/a de entidad colaboradora para actuar en el ámbito de prevención y seguridad en materia de incendios [pdf icon, 84,13 KB ]
    Aportar este documento en el caso de alta de habilitación
  • Fotografía de tipo carnet del/de la técnico/a
    Aportar este documento en el caso de alta de habilitación
  • Anexo de modificación de habilitación como técnico/a de entidad colaboradora para actuar en el ámbito de prevención y seguridad en materia de incendios [pdf icon, 84,39 KB ]
    Aportar este documento en el caso de modificación de la habilitación
Documentos de interés
  • Manual de apoyo [pdf icon, 328 Bytes ]
    Manual de apoyo para el alta, baja y técnico de entidades colaboradoras para actuar en el ámbito de la prevención y seguridad en materia de incendisuport para el alta, baja y técnico de entidades colaboradoras para actuar en el ámbito de la prevención y seguridad en materia de incendios

Documentos

Manual de suport per a l’alta, baixa i modificació d’habilitació del personal tècnic d’entitats col·laboradores per actuar en l'àmbit de la prevenció i seguretat en matèria d’incendis

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite solo se puede hacer por internet con certificado digital de representante legal o bien de persona vinculada de la ECI.

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    Apoyo a la tramitación.

    En caso que no puedas tramitar por una incidencia en el sistema, vuelve a intentarlo más tarde.

    • Si la incidencia con este trámite persiste más de 24 horas, puedes dirigirte al Departamento de Interior mediante la Petición genérica con firma electrónica. Para hacerlo, en el apartado "A quién va dirigida", selecciona "Departamento de Interior", tema “Emergencias y seguridad”, subtema “Prevención de incendios”.
    • Si, aun así, la incidencia también afectara a la Petición genérica, puedes enviarnos la comunicación mediante una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior.
    • Alternativamente, si la incidencia persiste o no puedes esperar a hacer el trámite, puedes utilizar el formulario de instancia genérica que encontrarás en la web o en la sede electrónica de tu ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerda que el cómputo de plazos puede variar y que tendrás que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde tu Área privada.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Podéis consultar el estado del trámite:

    Podéis consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital)
    • En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cómo recibes la respuesta?

    ¿Cómo recibes la respuesta?

    Recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM. El plazo máximo para resolver es de tres meses.

Fecha de actualización 29.03.2021
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