¿Qué tienes que saber?
A efectos de lo establecido en la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, los centros de inmersión son centros de actividades marítimas que ofrecen al menos una de estas posibilidades:
- Practicar actividades subacuáticas, con la supervisión de guías o instructores, o sin ninguna supervisión.
- Obtener la formación necesaria para practicar actividades subacuáticas.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A les personas físicas o jurícas que quieran ejercer su actividad como centros de inmersión.
Debde comunicarse antes de la apertura del centro de inmersión.
Memoria donde figuren la estructura de la entidad, la descripción de las instalaciones y las actividades a desarrollar. Para los centros de inmersión que se dediquen a la enseñanza del buceo habrá que especificar también los tipos de cursos que se harán.
Otra documentación relacionada con el trámite
Adicionalmente el centro de inmersión deberá disponer de:
- Certificado del seguro del centro de inmersión emitido por la entidad aseguradora o por el corredor de seguros, y justificante de estar al corriente de pago.
- Autorización de instalación de cargadores de equipos de buceo en el caso de aquellos centros que ejercen esta actividad, o declaración firmada por el/la solicitante de no disponer de estación de carga.
- Copia del despacho de las embarcaciones del centro de inmersión, en su caso.
- Plan de emergencias y de evacuación con inclusión de la documentación acreditativa de los medios de asistencia disponibles, calificaciones del personal en primeros auxilios y en primeros auxilios con oxígeno para accidentes de buceo y relación de equipos de primeros auxilios.
En caso de centros de inmersión que se dediquen a realización de salidas al mar con inmersión, también deben disponer de:
- Justificante de la vinculación del/de la director/a técnico/a con el centro de inmersión, firmado por ambas partes, en caso de que el director técnico no sea el titular del centro.
- Plan de emergencias y de evacuación con inclusión de la documentación acreditativa de los medios de asistencia disponibles, calificaciones del personal en primeros auxilios y en primeros auxilios con oxígeno para accidentes de buceo y relación de equipos de primeros auxilios.
- Tarjeta identificativa de la titulación de buceo y de especialidades del/de la director/a técnico/a del centro y de su personal.
127.05
Información Complementaria-
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Comunicar la apertura
Este trámite solo se puede hacer por internet. Es necesario que se identifique al enviar el formulario con la idCATMòbil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil / o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).
- Y presencialmente en cualquier OGE
-
3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
Una vez entregada la comunicación, su validez es inmediata. El Departamento Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural puede verificar, en cualquier momento y a partir de la fecha de la comunicación, si los datos comunicados y los hechos declarados se ajustan a la realidad.