¿Qué tienes que saber?
Hace falta una autorización para poner en marcha, hacer cualquier modificación significativa o cerrar un centro o servicio sanitario de reconocimiento médico para conductores.
Los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores tienen que comunicar previamente a la fecha en que se produzca, cualquier modificación de los datos del personal que sirvieron de base para su autorización y posterior inscripción en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Departamento de Salud.
Esta comunicación tiene que ser previa a la comunicación que el titular del centro tiene que realizar al Servicio Catalán de Tráfico el cual, hechas las comprobaciones que sean procedentes, lo autorizará o, en su caso, denegará motivadamente.
Organismo responsable
A profesionales o empresas que quieran abrir, modificar la autorización inicial o cerrar un centro o servicio de reconocimiento médico destinado a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
Se tiene que solicitar antes de cerrar el centro o servicio de reconocimiento médico para conductores.
La documentación mínima que hay que adjuntar de acuerdo con el objeto y las especificidades de la autorización de cierre os será requerida automáticamente en el momento de enviar la solicitud y recibir el acuse de recibo.
Si os hace falta ayuda para conocer como aportar esta documentación, consultad este vídeo tutorial de como aportar documentos en un requerimiento.
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Generalmente, no se requiere documentación adicional. Solo tienes que completar los datos al formulario de solicitud de autorización de cierre, incluyendo los datos siguientes:
- Custodia de las historias clínicas.
- Retirada de residuos sanitarios y medicamentos que queden al centro en el momento del cierre.
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Si la custodia de les historias clínicas la realiza un tercero:
- Necesitas un documento que acredite la aceptación de la custodia de las historias clínicas, firmado por la persona responsable.
No hay tasas asociadas este trámite.
IMPORTANTE:
Para tramitar la autorización de cierre se debe utilizar el formulario de modificación de centros y servicios sanitarios.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite solo lo puedes hacer por Internet. Si eres una persona jurídica, tienes que firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo tienes que con un certificado digital. -
2
Segundo paso
Aportar la documentación requerida
Cómo aportar la documentación requerida:
Cómo aportar la documentación requerida:
1. Accede a tu Àrea privada:
- Entra en tu Área privada del trámite.
2. Pestaña “Requerimientos”:
- Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que puedes adjuntar según el tipo de solicitud tramitada.
- Solo tienes que responder a los requerimientos de los documentos correspondientes, según el objeto y las especificidades de la autorización solicitada, que encontrarás en el apartado de “Documentación” de esta página.
3. Peso máximo de los documentos:
- Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
- Se generará un acuse de recibo para cada documento enviado.
4. Ayuda:
- Si necesitas ayuda, consulta este vídeo tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (amb el código de sol·licitud del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
Más información en Cómo acceder y hacer el seguimiento de mis tràmites.
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4
Cuarto paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada delante de la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salud.