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  • Quiero cerrar mi centro o servicio sanitario de medicina estética
23852 - Autorització de centres i serveis sanitaris de medicina estètica Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Aportar la documentación requerida
  3. 3. Consultar el estado del trámite
  4. 4. Recibir respuesta de la Administración
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Autorización de centros y servicios sanitarios de medicina estética

Quiero cerrar mi centro o servicio sanitario de medicina estética

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Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Ley 16/2010, de 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 16/2010, de 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5647  publicado el 10/06/2010)
  • Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  254  publicado el 23/10/2003)
  • LEY 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y a la documentación clínica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3303  publicado el 11/01/2001)
  • DECRETO 27/1999, de 9 de febrero, de la gestión de los residuos sanitarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2828  publicado el 16/02/1999)
  • LEY 31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Catalunya. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 1669, pág. 6565, de 13.11.1992).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1538  publicado el 08/01/1992)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Hace falta una autorización para poner en marcha, hacer cualquier modificación significativa o cerrar los centros y servicios sanitarios de medicina estética.

Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes y/o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, los cuales son de uso obligatorio. En caso de que presentes la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Direcció General d'Ordenació i Regulació Sanitària
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A profesionales o empresas que quieran abrir, modificar la autorización inicial o cerrar centros y servicios sanitarios de medicina estética.

 

Plazos

Tienes que solicitarla antes de cerrar el centro o servicio de medicina estética.

Documentación

Con carácter general no se requiere documentación adicional. Tienes que rellenar  los datos que se requieren en el formulario de solicitud de autorización de cierre, incluyendo los siguientes datos:

  • Custodia de las historias clínicas
  • Retirada de residuos sanitarios y medicamentos que hayan podido quedar en el centro en el momento del cierre.
  • Desguace de los apartos o instalaciones que emiten radiaciones ionizantes

Si la custodia de las historias clínicas las hace un tercero:

  • Documento acreditativo de la aceptación de la custodia de las historias clínicas firmado por la persona que se hace responsable.

Documentos

Preguntas frecuentes (FAQS) relacionadas con la tramitación

Requisitos

En caso de cerrar un centro o servicio de medicina estètica, has de disponer préviament de la autorización de cierre del Departamento de Salud.

Tasas

No has de pagar tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación o estar inscrito en el Registro electrónico de representación, Representa.

    Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante certificado digital.

    Por Internet

    Solicitar la autorización para cerrar mi centro o servicio sanitario de medicina estética (formulario en html)

    Iniciar . Acceder a Solicitar la autorización para cerrar mi centro o servicio sanitario de medicina estética (formulario en html)

    Cómo se tiene que hacer?

    Paso 1: Rellena el formulario en línea

    1. Identifícate con un certificado digital.
    2. Rellena el formulario:
      • No es necesario descargarlo. Rellénalo directamente en línea.
    3. Adjunta la documentación:
      • Haz clic en el botón “Adjunta” y busca el documento en tu ordenador.
      • Asegúrate que el nombre del fichero no contenga espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresi.
    4. Envía el formulario:
      • Si faltan datos obligatorios o algún dato no es correcto, verás un mensaje de error y se resaltaran los campos que debes revisar.
    5. Firma:
      • Firma el formulario con certificado digital. Puedes consultar la página “Cómo firmar digitalmente un formulario HTML” para más información.
    6. Consulta en caso de duda:
      • Si tienes dudas, consulta el apartado “Formularios que se rellenan desde la web” de Trámites gencat.

    Paso 2: Confirma la tramitación efectuada

    1. Recibo de registro:
      • Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparecerá el recibo de registro en la pantalla (necesitas Adobe Acrobat para abrirlo).
      • Guarda o imprime este documento, ya que contiene:
        • El registro de entrada (fecha de inicio del procedimiento).
        • El código identificador del trámite (para conocer el estado de la tramitació desde el Área privada).
    2. Errores en la solicitud:
      • Si la solicitud contiene algún error, el envío no se realizará y aparecerá un mensaje indicando el error.

    En caso de que tenga problemas en la tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación del Canal Empresa o llame al servicio de atención telefónica del 012.

    Le recordamos que con el fin de realizar los trámites por el canal telemático es necesario que disponga de un certificado digital válido. En este sentido, le recomendamos que consulte los diferentes certificados admitidos, así como el resto de condiciones para tramitar en línea.

    En segundo lugar, una vez comprobado que dispone de todos los medios necesarios y que ha realizado el proceso de la forma indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica. En caso que no pueda realizar la tramitación porque existe una incidencia en el sistema, vuélvalo a intentar más tarde.

  2. 2

    Segundo paso

    Aportar la documentación requerida

    Cómo aportar la documentación requerida:  

    Cómo aportar la documentación requerida:

     

    1. Accede a tu Àrea privada:

    • Entra en tu Área privada del trámite.

    2. Pestaña “Requerimientos”:

    • Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que puedes adjuntar según el tipo de solicitud tramitada.
    • Solo tienes que responder a los requerimientos de los documentos correspondientes, según el objeto y las especificidades de la autorización solicitada, que encontrarás en el apartado de “Documentación” de esta página.

    3. Peso máximo de los documentos:

    • Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
    • Se generará un acuse de recibo para cada documento enviado.

    4. Ayuda:

    • Si necesitas ayuda, consulta este vídeo tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.

     

  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes hacerlo en:

    Puedes hacerlo en:

    • En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
    • En el Estado de mis gestiones (amb el código de sol·licitud del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)

    Más información en Cómo acceder y hacer el seguimiento de mis tràmites.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud para dictar y notificar la resolución. Si transcurre este periodo y no se ha dictado una resolución exprés, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.



    Cómo recibiré la respuesta?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.



    Puedo presentar un recurso?

    Sí, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a recibir la notificación, podrás interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salud.

Fecha de actualización 09.01.2026

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