¿Qué tienes que saber?
Hace falta una autorización para poner en marcha, hacer cualquier modificación significativa o cerrar un centro o un servicio sanitario.
- Un centro sanitario es un conjunto organizado de instalaciones y medios técnicos donde profesionales con capacitación, por titulación oficial o habilitación profesional, y bajo la dirección de un responsable sanitario, llevan a cabo actividades sanitarias para tener cura de la salud de las personas.
- Un servicio sanitario es una unidad funcional asistencial, con organización diferenciada, dotada de profesionales con capacitación, por titulación oficial o habilitación profesional, y también de recursos técnicos para hacer actividades sanitarias específicas dentro de un centro sanitario integrado en una organización la actividad principal de la cual puede no ser sanitaria.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes y/o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, los cuales son de uso obligatorio. En caso de que presentes la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.
Organismo responsable
A profesionales o empresas que quieran abrir, modificar la autorización inicial o cerrar un centro sanitario o un servicio sanitario.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este procedimiento los establecimientos sanitarios (oficinas de farmacia, botiquines, ópticas, ortopedias y establecimientos de audioprótesis) que se tienen que regir por su normativa específica.
Se tiene que solicitar y disponer de la autorización previamente a realizar la actividad a nombre del nuevo titular.
La documentación mínima que hay que adjuntar de acuerdo con el objeto y las especificidades de la autorización de cambio de titular o traspaso del centro o servicio sanitario os será requerida automáticamente en el momento de enviar la solicitud y recibir el acuse de recibo.
Si os hace falta ayuda para conocer como aportar esta documentación, consultad este vídeo tutorial de cómo aportar documentos en un requerimiento.
La documentación mínima que hay que adjuntar para la autorización de cambio de titular o traspaso del centro o servicio sanitario y una vez enviada a tramitar vuestra solicitud, es la siguiente:
1) Acreditar la titularidad del centro sanitario:
- Documento que acredite el cambio de titularidad (escritura notarial, contrato de compra-venta, etc.).
2) Documentación Técnica:
- Declaración responsable firmada por el titular y por un técnico competente (arquitecto/a, ingeniero/a, arquitecto/a técnico, ingeniero/a técnico ), conformo las instalaciones contemplan todas las especificaciones exigibles en el Decreto 209/2023. En el supuesto de que hayan modificaciones de espacios o en caso de que el Decreto 209/2023 lo exija, hay que aportar memoria de las actuaciones con la justificación de la normativa vigente y plano actualizado con las modificaciones e instalaciones de apoyo, asumido y firmado por técnico competente.
Si hacéis un traspaso o cambio de titularidad a favor vuestro, no estáis exentos de cumplir la normativa vigente y los requisitos técnicos del Departamento de Salud.
3) Documentación acreditativa de la disponibilidad del inmueble:
- Si no eres el propietario del inmueble, necesitas documentación que legitime el uso del espacio (cesión de espacios, contrato de alquiler, etc.).
4) Documentación de los profesionales:
- Organigrama con la identificación de los responsables: responsable asistencial, responsable de vigilancia de productos sanitarios (en centros hospitalarios y quirúrgicos, incluidas las clínicas dentales) y referente de seguridad del paciente, con nombre, apellidos, DNI/NIE, titulación y número de colegiación cuando corresponda.
- Aceptación del cargo de los diferentes responsables (responsable asistencial, responsable de vigilancia de productos sanitarios y referente de seguridad del paciente).
- Relación actualizada de todo el personal sanitario con nombre, apellidos, DNI/NIE, titulación y número de colegiación cuando corresponda.
- Vínculos profesionales entre el centro y los profesionales sanitarios (contratos laborales, mercantiles, acuerdos de colaboración, etc.).
5) Documentación de los equipos de radiodiagnóstico, radioterapia o medicina nuclear:
- Lista de equipamiento, material, instrumental y utillaje.
- Si tienes equipos de radiodiagnóstico y radioterapia:
- Documentación de legalización de los aparatos y programa de garantía de calidad.
- Inscripción en el Registro de instalaciones de rayos X para diagnóstico médico.
- Si tienes equipamiento de resonancia magnética:
- Documentación de legalización de los aparatos y el programa de garantía de calidad.
- Si tienes equipamiento de ressonància magnètica:
- Planos de implantación del aparato de resonancia magnética expedidos por la empresa suministradora donde quede grafiada la onda magnética de 5 gauss.
- Si tienes equipos de radiodiagnóstico y radioterapia:
Quota base per a centres amb internament: 422,65 €.
Quota base per a centres sense internament: 181,05 €.
Per cada servei a autoritzar: 28,10 €.
Per cada programa de garantia de qualitat assistencial (radiodiagnòstic, radioteràpia i medicina nuclear) : 90,15 €.
Información ComplementariaEl importe de la tasa es variable y la calcula el mismo formulario.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite solo lo puedes hacer por Internet. Si eres una persona jurídica, tienes que firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo tienes que con un certificado digital. -
2
Segundo paso
Hacer el pago
Pago en línea En momento de enviar el formulario: Aparecerá un enlace para pagar con tarjeta bancaria. Más tarde: Con identificación digital: Ves al Área privada, selecciona el trámite y [...]
Pago en línea
- En momento de enviar el formulario: Aparecerá un enlace para pagar con tarjeta bancaria.
- Más tarde:
- Con identificación digital: Ves al Área privada, selecciona el trámite y paga.
- Sin identificación digital: Ves al Estado de mis gestiones, introduce el código de trámite (ID) y tu número de identificación, y paga.
Con Bizum:
- Puedes elegir esta forma de pago cuando envíes el formulario. Ten tu móvil a mano.
- La plataforma te pedirá el número de teléfono asociado a la cuenta bancaria.
- Una vez introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Si hace falta, tendrás que autorizar la operación con tu aplicación bancaria.
Pago con carta de pago
- Descarga la carta de pago desde el Área privada o desde el Estado de mis gestiones.
- Paga con el código RIN que encontrarás en la carta.
Recuerda: Has de pagar la taxa para continuar la tramitación.
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3
Tercer paso
Aportar la documentación requerida
Cómo aportar la documentación requerida:
Cómo aportar la documentación requerida:
1. Accede a tu Àrea privada:
- Entra en tu Área privada del trámite.
2. Pestaña “Requerimientos”:
- Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que puedes adjuntar según el tipo de solicitud tramitada.
- Solo tienes que responder a los requerimientos de los documentos correspondientes, según el objeto y las especificidades de la autorización solicitada, que encontrarás en el apartado de “Documentación” de esta página.
3. Peso máximo de los documentos:
- Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
- Se generará un acuse de recibo para cada documento enviado.
4. Ayuda:
- Si necesitas ayuda, consulta este vídeo tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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4
Cuarto paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (amb el código de sol·licitud del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
Más información en Cómo acceder y hacer el seguimiento de mis tràmites.
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5
Quinto paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada delante de la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salud.
Trámites relacionados