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20870 - Autorització de consultes de fisioteràpia Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Consulta el estado del trámite
  3. 3. Aporta la documentació requerida
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Normativa

  • DECRET 151/2017, de 17 d'octubre, pel qual s'estableixen els requisits i les garanties tecnicosanitàries comunes dels centres i serveis sanitaris i els procediments per a la seva autorització i registre. (DOGC núm. 7477 publicat el 19/10/2017)

    . Abrir en una nueva ventana.
  • DECRET 27/1999, de 9 de febrer, de la gestió dels residus sanitaris. (DOGC núm. 2828 publicat el 16/02/1999)

  • LEY 16/2010, de 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5647  publicado el 10/06/2010)
  • LEY 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y a la documentación clínica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3303  publicado el 11/01/2001)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas. (Corrección de errata en el DOGC núm. 1527, pág. 6204, de 9.12.1991).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1526  publicado el 04/12/1991)
  • DECRETO 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la Ley 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 2152, pág. 319, de 10.1.1996).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2043  publicado el 28/04/1995)
  • Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  254  publicado el 23/10/2003)
  • RESOLUCIÓN SLT/3099/2015, de 9 de diciembre, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre el Departamento de Salud y el Colegio de Fisioterapeutas de Cataluña, para delegar determinadas funciones de autorización de consultas de fisioterapia.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7039  publicado el 18/01/2016)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las consultas de fisioterapia, independientemente del nivel, categoría o titular, necesitan una autorización administrativa para comenzar a operar. Esta autorización es necesaria en los siguientes casos:

  • Cuando se inicia una nueva actividad. 
  • Cuando se cambia la ubicación, el titular o el nombre comercial de la consulta.
  • Cuando se cierra la consulta.

Este trámite sólo se puede hacer por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta, ni computará a efectos de la fecha de presentación.

Puedes consultar el apartado Soporte a la tramitación del web gencat.cat. Para recibir asistencia técnica puedes llamar al 012.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Servei d'Ordenació Sanitària
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • A las empresas y los profesionales que son titulares de consultas de fisioterapia entendidas como centros sanitarios donde un o una fisioterapeuta realiza actividades sanitarias.

 

Se consideran los siguientes tipos de consultas de fisioterapia:

1. Consultas de fisioterapia:

  • Son centros donde un profesional de fisioterapia realiza actividades sanitarias.

  • Si hay más de un profesional, la consulta se centra en uno principal y los demás brindan apoyo.

  • La autorización se otorga al profesional principal, no a todos los colaboradores.

2. Consultas de fisioterapia en el domicilio de los profesionales:

  • Están en el domicilio particular del profesional.

  • Debe garantizarse que los pacientes no interfieran con las zonas privadas de la vivienda.

3. Consultas de fisioterapia en organizaciones no sanitarias:

  • Los profesionales atienden solo al personal de una organización con una finalidad no sanitaria.

  • Si también atienden al público externo, deben disponer de los espacios mínimos necesarios: sala de espera, baño y área asistencial.

4. Consultas de fisioterapia en espacios de cotrabajo:

  • Profesionales del mismo sector o de sectores diferentes comparten recursos e instalaciones.

  • Si todos los profesionales son sanitarios, pueden compartir recepción, sala de espera y baño.

  • Si hay profesionales de otros sectores, cada sanitario debe tener su propia sala de espera, baño y área asistencial.

5. Consultas de fisioterapia dentro de un centro sanitario pero no integradas en su cartera de servicios:

  • Son servicios independientes ubicados dentro de un centro sanitario.

  • La autorización la solicita el fisioterapeuta, acreditando la disponibilidad de los espacios (contrato de alquiler o cesión de uso).

  • En caso de subarrendamiento, se necesita la autorización del propietario para subarrendar el espacio.

 

Plazos

Se tiene que solicitar siempre de forma previa al cierre de la consulta.

Documentación
  1. Copia del documento acreditativo del destino de los medicamentos que haya a la consulta en el momento del cierre (no obligatorio).

  2. Copia del documento acreditativo de la retirada de los residuos sanitarios que haya a la consulta en el momento del cierre (no obligatorio).

  3. Documentación acreditativa de la aceptación de la custodia de las historias clínicas (obligatorio si la custodia la hace un tercero).

 

Nota: En el transcurso de la tramitación del expediente de autorización, la autoridad sanitaria competente puede requerir toda la documentación complementaria que considere necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigibles de acuerdo con la legislación sanitaria general y específica aplicable a la autorización de consultas de fisioterapia.

Requisitos
  1. Tener la autorización de funcionamiento de tu consulta de fisioterapia.
Tasas

Este trámite es gratuito

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicita la autorización de cierre

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación. 

    Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.

    Por Internet

    Solicitar la autorización de cierre de una consulta de fisioterapia

    Iniciar . Acceder a Solicitar la autorización de cierre de una consulta de fisioterapia

    Paso 1: Rellenar el formulario en línea

    1. Identifícate con un certificado digital.
    2. Rellenar el formulario:
      • No es necesario descargarlo. Rellénalo directamente en línea.
    3. Adjuntar la documentación:
      • Haz clic en el botón “Adjuntar” y busca el documento en tu ordenador.
      • Asegúrate de que el nombre del archivo no contenga espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    4. Enviar el formulario:
      • Si faltan datos obligatorios o algún dato no es correcto, verás un mensaje de error y se resaltarán los campos que debes revisar.
    5. Firma:
      • Firma el formulario con certificado digital. Puedes consultar la página “Cómo firmar digitalmente un formulario HTML” para más información.
    6. Consulta en caso de duda:
      • Si tienes dudas, consulta el apartado “Formularios que se rellenan desde la web” de Tràmits gencat.

    Pas 2: Confirmar la tramitación efectuada

    1. Recibo de registro:
      • Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparecerá el recibo de registro en la pantalla (necesitas Adobe Acrobat para abrirlo).
      • Guarda o imprime este documento, ya que contiene:
        • El registro de entrada (fecha de inicio del procedimiento).
        • El código identificador del trámite (para conocer el estado de la tramitación desde el Área privada).
    2. Errores en la solicitud:
      • Si la solicitud contiene algún error, el envío no se hará y aparecerá un mensaje indicando el error.

    Si tienes problemas técnicos, inténtalo más tarde o comprueba si hay algún corte del servicio en el apartado avisos de la sede electrónica.

    Para cualquier duda o incidencia técnica, consulta el web de suport o truca al 012.

     

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta el estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de: 

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de: 

    • Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF). 
    • Área privada (con certificado digital o contraseña de un solo uso).

    Consulta más información sobre como acceder y hacer seguimiento de mis trámites

  3. 3

    Tercer paso

    Aporta la documentació requerida

    Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones: Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital) Estado de mis gestiones (con el código identificador [...]

    1. Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones:
    • Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital)
    • Estado de mis gestiones (con el código identificador del trámite y tu NIF/NIE).
    1. Pestaña “Requerimientos”:
    • Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que se te han pedido.
    • Responde a los requerimientos de los documentos que encontraràs en el apartado de "Documentación" de esta página.
    1. Peso máximo de los documentos:
    • Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
    • Se generarà un acuse de recibo para cada documento enviado.
    1. Ayuda:

    Si necesitas ayuda, consulta este video tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibe la respuesta de la Administración

    ¿Cuando recibirás la respuesta de la administración? El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.

    ¿Cuando recibirás la respuesta de la administración?

    El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.

    ¿Cómo recibirás la respuesta de la administración?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.

    También podrás descargar la resolución desde tu área privada, accediendo al trámite con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF.

    ¿Puedo presentar un recurso?

    Sí, tienes un mes para presentar un recurso de alzada desde el día que recibas la notificación. El recurso debe dirigirse al consejero o consejera de Salud.

Fecha de actualización 26.01.2026

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  • Autorización de centros o servicios sanitarios
  • Autorización de consultas médicas
  • Autorización sanitaria de consultas de psicologia clínica y psicologia general sanitaria
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