¿Qué tienes que saber?
Las consultas de fisioterapia, independientemente del nivel, categoría o titular, necesitan una autorización administrativa para comenzar a operar. Esta autorización es necesaria en los siguientes casos:
- Cuando se inicia una nueva actividad.
- Cuando se cambia la ubicación, el titular o el nombre comercial de la consulta.
- Cuando se cierra la consulta.
Este trámite sólo se puede hacer por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta, ni computará a efectos de la fecha de presentación.
Puedes consultar el apartado Soporte a la tramitación del web gencat.cat. Para recibir asistencia técnica puedes llamar al 012.
- A las empresas y los profesionales que son titulares de consultas de fisioterapia entendidas como centros sanitarios donde un o una fisioterapeuta realiza actividades sanitarias.
Se consideran los siguientes tipos de consultas de fisioterapia:
1. Consultas de fisioterapia:
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Son centros donde un profesional de fisioterapia realiza actividades sanitarias.
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Si hay más de un profesional, la consulta se centra en uno principal y los demás brindan apoyo.
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La autorización se otorga al profesional principal, no a todos los colaboradores.
2. Consultas de fisioterapia en el domicilio de los profesionales:
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Están en el domicilio particular del profesional.
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Debe garantizarse que los pacientes no interfieran con las zonas privadas de la vivienda.
3. Consultas de fisioterapia en organizaciones no sanitarias:
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Los profesionales atienden solo al personal de una organización con una finalidad no sanitaria.
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Si también atienden al público externo, deben disponer de los espacios mínimos necesarios: sala de espera, baño y área asistencial.
4. Consultas de fisioterapia en espacios de cotrabajo:
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Profesionales del mismo sector o de sectores diferentes comparten recursos e instalaciones.
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Si todos los profesionales son sanitarios, pueden compartir recepción, sala de espera y baño.
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Si hay profesionales de otros sectores, cada sanitario debe tener su propia sala de espera, baño y área asistencial.
5. Consultas de fisioterapia dentro de un centro sanitario pero no integradas en su cartera de servicios:
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Son servicios independientes ubicados dentro de un centro sanitario.
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La autorización la solicita el fisioterapeuta, acreditando la disponibilidad de los espacios (contrato de alquiler o cesión de uso).
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En caso de subarrendamiento, se necesita la autorización del propietario para subarrendar el espacio.
Se tiene que solicitar siempre de forma previa al cierre de la consulta.
- Copia del documento acreditativo del destino de los medicamentos que haya a la consulta en el momento del cierre (no obligatorio).
- Copia del documento acreditativo de la retirada de los residuos sanitarios que haya a la consulta en el momento del cierre (no obligatorio).
- Documentación acreditativa de la aceptación de la custodia de las historias clínicas (obligatorio si la custodia la hace un tercero).
Nota: En el transcurso de la tramitación del expediente de autorización, la autoridad sanitaria competente puede requerir toda la documentación complementaria que considere necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigibles de acuerdo con la legislación sanitaria general y específica aplicable a la autorización de consultas de fisioterapia.
- Tener la autorización de funcionamiento de tu consulta de fisioterapia.
Este trámite es gratuito
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicita la autorización de cierre
Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.
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2
Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- Área privada (con certificado digital o contraseña de un solo uso).
Consulta más información sobre como acceder y hacer seguimiento de mis trámites
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3
Tercer paso
Aporta la documentació requerida
Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones: Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital) Estado de mis gestiones (con el código identificador [...]
- Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones:
- Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital)
- Estado de mis gestiones (con el código identificador del trámite y tu NIF/NIE).
- Pestaña “Requerimientos”:
- Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que se te han pedido.
- Responde a los requerimientos de los documentos que encontraràs en el apartado de "Documentación" de esta página.
- Peso máximo de los documentos:
- Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
- Se generarà un acuse de recibo para cada documento enviado.
- Ayuda:
Si necesitas ayuda, consulta este video tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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4
Cuarto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuando recibirás la respuesta de la administración? El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.
¿Cuando recibirás la respuesta de la administración?
El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.
¿Cómo recibirás la respuesta de la administración?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.
También podrás descargar la resolución desde tu área privada, accediendo al trámite con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, tienes un mes para presentar un recurso de alzada desde el día que recibas la notificación. El recurso debe dirigirse al consejero o consejera de Salud.