¿Qué tienes que saber?
Las consultas de psicología, sea qué sea su nivel, categoría o titular, por tal d‘iniciar la actividad necesitan la autorización administrativa correspondiente. La autorización es preceptiva para iniciar la actividad, para trasladarla y también en caso de cierre.
Este trámite sólo se puede hacer por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta, ni computará a efectos de la fecha de presentación.
Puedes consultar el apartado Soporte a la tramitación del web gencat.cat. Para recibir asistencia técnica puedes llamar al 012.
- A profesionales y sociedades profesionales que son titulares de consultas de psicología, entendidas como centros sanitarios en los cuales un psicólogo o una psicóloga realiza actividades sanitarias.
En cualquier momento y siempre antes del inicio de la actividad.
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Proyecto técnico:
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Firmado por un técnico competente de arquitectura o ingeniería.
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Incluye una memoria técnica que cumpla con las normativas eléctricas, contra incendios y de supresión de barreras arquitectónicas según la Tabla de Accesibilidad a las Actividades en Cataluña (TAAC).
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Debe incluir planos de situación, emplazamiento, distribución actualizada e instalaciones.
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El plano de distribución debe indicar todas las dependencias de la consulta con las diferentes áreas, accesos, usos, superficies, mobiliario y equipamiento (dispones de 40 MB).
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Documentación acreditativa de la disponibilidad jurídica de los espacios:
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Contrato de alquiler, cesión de uso, etc.
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En caso de espacios subarrendados, se necesita autorización firmada por el propietario (obligatorio).
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Justificante de pago de la tasa:
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El importe a ingresar será el que indique el formulario de solicitud, una vez validado.
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Cuenta de ingreso: Banco Sabadell: ES2500810137210001194320 del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña.
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Títulos académicos del personal sanitario:
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Solo se admitirán títulos sanitarios o clínicos.
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Si no has autorizado a la administración a comprobarlos, se deben adjuntar. (dispones de 10 MB).
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Identificación del personal colaborador:
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Nombre, apellidos, DNI y justificación del vínculo profesional con el titular de la consulta (dispones de 10 MB).
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Acreditación para atender a pacientes menores de edad:
- Si se atienden menores en la consulta se tiene que acreditar que los profesionales no tienen antecedentes por delitos sexuales; si no has autorizado a la administración a comprobarlo, hay que adjuntarlo.
Durante la tramitación del expediente de autorización, la autoridad sanitaria puede requerir documentación adicional para comprobar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables.
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Ámbito Territorial
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La consulta debe estar situada en Cataluña.
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Actividad Principal
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La actividad principal debe estar en el ámbito de la psicología clínica y psicología general sanitaria.
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Debe limitarse a la anamnesis, el diagnóstico y la realización de actuaciones terapéuticas.
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Profesionales
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Si hay más de un profesional, éste será considerado colaborador del principal y actuará en su apoyo.
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Espacio de la Consulta
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La consulta debe tener una superficie inferior o igual a 100 m².
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También puede ser una unidad asistencial de atención domiciliaria, sin espacio físico vinculado a la actividad.
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Puede ser una consulta dentro del domicilio particular del solicitante.
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Titular de la Consulta
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Un psicólogo o una psicóloga colegiado/a especialista en psicología clínica.
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Un psicólogo o una psicóloga colegiado/a con máster en psicología general sanitaria.
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Un psicólogo o una psicóloga colegiado/a con certificado emitido por el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, acreditando su vinculación profesional y ejercicio de actividades sanitarias en una unidad asistencial o consulta de psicología inscrita en dicho registro, en las fechas contempladas en la normativa vigente.
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Un psicólogo o una psicóloga colegiado/a que acredite la titularidad individual de otra unidad asistencial o consulta de psicología inscrita en el registro, en las fechas contempladas en la normativa vigente.
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Una sociedad profesional debidamente inscrita en el Registro de sociedades profesionales del COPC.
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IMPORTANTE: Si te encuentras en alguna de estas exclusiones, no puedes hacer el trámite desde aquí, lo tienes que hacer desde la ficha de centros sanitarios.
L'import és de 209,15 €.
S'ha ingressar al compte del Col·legi: ES2500810137210001194320.
Información ComplementariaEl importe de la tasa es fijo.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicita la autorización
Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante idCAT móvil o certificado digital.
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2
Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- Área privada (con certificado digital o contraseña de un solo uso).
Consulta más información sobre como acceder y hacer seguimiento de mis trámites
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3
Tercer paso
Paga la tasa
Tienes que ingresar el importe en la cuenta del Banco Sabadell: ES2500810137210001194320 del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña.
Tienes que ingresar el importe en la cuenta del Banco Sabadell: ES2500810137210001194320 del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña.
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4
Cuarto paso
Aporta la documentación requerida
Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones: Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital) Estado de mis gestiones (con el código identificador [...]
- Accede a tu Área privada/Estado de mis gestiones:
- Entra en tu área privada del trámite (con idCAT Mòvil o certificato digital)
- Estado de mis gestiones (con el código identificador del trámite y tu NIF/NIE).
- Pestaña “Requerimientos”:
- Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que se te han pedido.
- Responde a los requerimientos de los documentos que encontraràs en el apartado de "Documentación" de esta página.
- Peso máximo de los documentos:
- Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
- Se generarà un acuse de recibo para cada documento enviado.
- Ayuda:
Si necesitas ayuda, consulta este video tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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5
Quinto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuando recibirás la respuesta de la administración? El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.
¿Cuando recibirás la respuesta de la administración?
El plazo máximo para recibir la respuesta es de tres meses.
¿Cómo recibirás la respuesta de la administración?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.
También podrás descargar la resolución desde tu área privada, accediendo al trámite con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, tienes un mes para presentar un recurso de alzada desde el día que recibas la notificación. El recurso debe dirigirse al consejero o consejera de Salud.