¿Qué tienes que saber?
Información adicional sobre las autorizaciones de transporte de viajeros.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Tramitación telemática de autorizaciones de transporte: paso a paso
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
- A personas físicas que quieren dedicarse al transporte de viajeros de ámbito estatal.
- A personas jurídicas que quieren dedicarse al transporte de viajeros de ámbito estatal.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
La Dirección General de Transportes y Movilidad obtendrá de los registros electrónicos de la Dirección General de Tráfico (DGT), Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Instituto Nacional de Estadística (INE), Registro Mercantil y otros registros, la información relativa a los solicitantes que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento, visado o modificación de los títulos habilitantes para el ejercicio de las actividades reguladas en la LOTT y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, excepto que aquellos expresamente desautoricen su consulta.
En el caso de que los solicitantes no presten su consentimiento, deberán anexar a su solicitud copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos. La fidelidad con el original se garantizará mediante la firma con DNI electrónico o de alguno de los certificados electrónicos reconocidos por el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
VEHÍCULOS
- En el caso de vehículos nuevos, pendientes de matriculación, deberá aportar la ficha técnica del vehículo.
- Si alguno de los vehículos es de arrendamiento, la destinación del mismo que conste en el permiso de circulación deber ser 'Público-Alquiler sin conductor' y el contrato de arrendamiento (o pre-contrato u hoja de entrega de vehículo) debe incluir:
- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y NIF.
- Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y NIF de la empresa y nombre de la persona representante.
- Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o ficha técnica.
- Duración del contrato.
- Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato debe estar vigente.
- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
CAPACIDAD ECONÓMICA
Para justificar la capacidad financiera de la empresa, se debe acreditar que ésta dispone al menos de un capital más reservas por importe de 9.000 euros cuando se utilice un solo vehículo, y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional utilizado (véase el punto sobre la capacidad económica en el apartado de requisitos).
Si el solicitante es una persona física:
Podrá acreditar la capacidad financiera mediante alguna de las siguientes opciones:
- No disponer de ningún vehículo adscrito de antigüedad superior a 12 años, en propiedad o arrendamiento financiero. Si dispone de los vehículos en arrendamiento ordinario, este debe ser por un periodo no inferior a 24 meses.
- Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:
- cuentas corrientes
- depósitos bancarios
El certificado se habrá expedido dentro de los 6 meses anteriores a su presentación y deberá indicar explícitamente la cantidad a que se refiere. El certificado podrá determinar el volumen global de recursos o bien que éste es superior a una cantidad determinada. En ningún caso se admitirán referencias genéricas como por ej.: "... dispone de unos recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes ...".
- Última declaración o documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
Si el solicitante es una persona jurídica:
En caso de que los datos que consten en la consulta electrónica del Registro Mercantil no acrediten la capacidad financiera necesaria, se podrá presentar:
- Última declaración del Impuesto de Sociedades, y en caso de que fuera necesario, copia auténtica de las escrituras, presentadas en el Registro Mercantil, de ampliación del capital posterior a la fecha de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
- Últimos cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil.
Cuando no se cumpla ninguna de las opciones anteriores, tanto personas jurídicas como empresarios individuales pueden acreditar su capacidad económica mediante:
- Certificado de una entidad financiera o aseguradora conforme dispone de una garantía mediante la cual la entidad se convierte en garante solidario de la empresa frente a sus acreedores hasta la cuantía que corresponda.
- Certificado de una entidad financiera que acredita que la empresa tiene acceso a crédito hasta la cuantía que corresponda.
- Capacidad financiera: disponer de un capital de 9.000 € para el primer vehículo y de 5.000 € más por cada vehículo adicional.
- Disponer del vehículo en régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Pagar la tasa correspondiente.
- No tener vehículos adscritos en suspensión.
Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
33,15 € por cada vehículo.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Realizar el pago
Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.
Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.
Una vez realizado el pago, será necesario que siga con el Paso 2, 'Presentar la solicitud'.
Este trámite se puede hacer con o sin certificado digital.
Si es representante de la persona titular de la autorización, previamente a hacer la solicitud debe tener inscrita la representación
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2
Segundo paso
Presentar la solicitud
Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y [...]
Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y firma electrónica (recuerde que como certificado digital también se acepta el idCAT certificado y el DNI electrónico).
Al rellenar los datos que se soliciten, debe indicar como "Número justificante pago tasa" el código "Código de trámite (ID)" que aparece en la página 1 del recibo de registro de entrada, como se muestra en este ejemplo. En caso de que la comprobación posterior dé un error, llame a su Servicio Territorial de Transportes.
Si no debe matricular ningún vehículo, puede saltar directamente al 'Paso 5 Esperar respuesta de la Administración'. -
3
Tercer paso
Esperar respuesta de la Administración
Si ha aportado toda la documentación y cumple los requisitos, en 24-48 horas, recibirá un SMS que le informará que ya puede matricular el vehículo, sin tener que recoger el certificado previo en [...]
Si ha aportado toda la documentación y cumple los requisitos, en 24-48 horas, recibirá un SMS que le informará que ya puede matricular el vehículo, sin tener que recoger el certificado previo en papel.
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4
Cuarto paso
Matricular el vehículo
La matriculación del vehículo se puede llevar a cabo presencialmente o telemáticamente en la Jefatura Provincial de Tráfico, con la documentación correspondiente, por la persona interesada.
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5
Quinto paso
Esperar respuesta de la Administración
En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.
En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.
Por otra parte, si ha informado correctamente sus datos en el momento de hacer la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, la Administración le enviará un SMS y un correo electrónico en el que se le indicará que su autorización ha sido resuelta favorablemente.