¿Qué tienes que saber?
Esta autorización permite realizar transporte por cuenta ajena, mediante retribución económica, dentro del Estado con vehículos ligeros.
Información adicional sobre las autorizaciones de transporte de mercancías.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Tramitación telemática de autorizaciones de transporte: paso a paso.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
- A personas físicas que se quieren dedicar al transporte de mercancías de ámbito estatal.
- A personas jurídicas que se quieren dedicar al transporte de mercancías de ámbito estatal.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Persona cedente de la autorización:
- Solicitud de baja, firmada digitalmente por la persona cedente.
Nuevo titular:
- Si alguno de los vehículos es de alquiler, hay que presentar el contrato de arrendamiento (o precontrato o hoja de entrega de vehículo) que debe incluir:
- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y CIF.
- Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representante.
- Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.
- Duración del contrato.
- Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato debe estar vigente.
El destino del vehículo de alquiler en el permiso de circulación debe figurar como 'Público-Alquiler sin conductor'.
- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
- Si se trata de una sociedad cooperativa catalana limitada (SCCL) se deben aportar las escrituras de constitución registradas en el Registro General de Cooperativas.
En el caso de transporte internacional:
Capacidad económica:
Para justificar la capacidad financiera de la empresa, debe acreditarse que esta dispone, como mínimo, de un capital, incluidas las reservas, de 1.800 euros cuando se utilice un solo vehículo, y de 900 euros más por cada vehículo adicional utilizado (véase el punto sobre la capacidad económica en el apartado de requisitos).
Si el solicitante es una persona física:
Podrá acreditar la capacidad financiera mediante alguna de las siguientes opciones:
- No disponer de vehículo adscrito de antigüedad superior a 12 años, en propiedad o arrendamiento financiero. Si se tuviera alguno en arrendamiento ordinario, este será por un período no inferior a 24 meses.
- Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:
- Cuentas corrientes
- Depósitos bancarios
El certificado se deberá expedir dentro de los 6 meses anteriores a su presentación y deberá indicar explícitamente la cantidad a la que hace referencia. El certificado podrá determinar el volumen global de recursos o que este es superior a una cantidad determinada. En ningún caso se admitirán referencias genéricas como por ejemplo: "... dispone de unos recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes...".
Si el solicitante es una persona jurídica:
En caso de que los datos que consten en la consulta electrónica del Registro Mercantil no acrediten la capacidad financiera necesaria, se podrá presentar:
- Última declaración del Impuesto de Sociedades, y si es necesario, copia auténtica de las escrituras, presentadas en el Registro Mercantil, de ampliación del capital posterior a la fecha de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
- Últimas cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil.
Si no se cumple ninguna de las opciones anteriores, tanto las personas jurídicas como empresarios individuales, pueden acreditar la capacidad económica mediante:- Certificado de una entidad financiera o aseguradora conforme dispone de una garantía mediante la cual la entidad se convierte en garante solidario de la empresa frente a sus acreedores hasta la cuantía que corresponda.
- Certificado de una entidad financiera que acredite que la empresa tiene acceso a crédito hasta la cuantía que corresponda.
El gestor de transporte:
Se comprobará de oficio, en el registro de la Seguridad Social, si el gestor propuesto cumple con los criterios de vinculación necesarios.
Si el titular de la autorización es una persona física:
En caso de que el gestor propuesto sea cónyuge del titular de la autorización o guarde con el titular una relación familiar hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción, de acuerdo con las normas aplicables a la materia, deberá acreditarlo mediante el libro de familia, escritura pública o documentación tributaria o administrativa en la que conste el parentesco. En tal caso, la Dirección General consultará el alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Si el titular de la autorización es una persona jurídica:
Si el gestor propuesto no está dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y taller (grupos 1, 2 o 3), la empresa deberá acreditar la participación del gestor en, al menos, un 15% del capital social de la empresa. En tal caso, la Dirección General consultará el alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Si el gestor de transporte quiere ejercer como tal en varias empresas a la vez, deberá presentar un documento que acredite que un mismo titular dispone de más del 50% del capital de cada empresa.
- La persona cedente:
- La autorización que se cede no debe tener anotaciones de embargo.
- No tener sanciones pendientes de pago, a la legislación de transporte, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Debe transferir toda la flota.
- No puede tener copias certificadas en suspensión.
- La persona adquirente:
- El titular de la autorización debe tener nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, o de cualquier otro estado, a cuyos ciudadanos se extienda el régimen de aplicación, así como a los miembros de sus familias. Debe resultar acreditado que cuenta con el correspondiente número de identificación fiscal.
Si el titular de la autorización tiene una nacionalidad diferente a las anteriores, deberá acreditarse que cuenta con una autorización de residencia de larga duración o de residencia temporal y trabajo y, como en el supuesto anterior, con el correspondiente número de identificación fiscal vigente y no revocado. - Cuando no se trate de una persona física, la persona jurídica titular de la autorización deberá reunir los siguientes condicionantes:
- Tener personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.
- Estar inscrita en el registro público que corresponda.
- Tener ánimo de lucro.
- Recoger de forma expresa, como parte de su objeto social, la realización de transporte público de mercancías.
- El titular de la autorización debe contar con un domicilio situado en España en el que se conserven, a disposición de los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre, los documentos relativos a su gestión y funcionamiento.
- Cumplir las obligaciones de carácter fiscal. Es necesario:
- Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente de transporte de mercancías por carretera, mudanzas o paquetería (722, 757 o 849.5).
- No tener deudas con el Estado o con una Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo.
- Cumplir las obligaciones laborales y sociales. Es necesario:
- Estar la empresa inscrita en la Seguridad Social en el régimen que corresponda.
- Hallarse al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
- Disponer, como mínimo, de un vehículo de MMA hasta 3,5 toneladas, en régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- No tener ninguna autorización de la clase MDP, MDL o MPC en alta, suspendida o en baja recuperable.
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Disponer de dirección de correo electrónico y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con los clientes.
- Pagar la tasa correspondiente.
- El titular de la autorización debe tener nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, o de cualquier otro estado, a cuyos ciudadanos se extienda el régimen de aplicación, así como a los miembros de sus familias. Debe resultar acreditado que cuenta con el correspondiente número de identificación fiscal.
En el caso de transporte internacional:
- Para cumplir con el requisito de competencia profesional, debe acreditarse que la empresa cuenta en todo momento con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte. Este deberá disponer del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte de mercancías por carretera.
- Funciones:
- Será necesario que el gestor del transporte dirija de forma efectiva y permanente las actividades de transporte de la empresa. Las funciones a desarrollar se encuentran reguladas en el artículo 112 del Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres.
- Vinculación:
- En caso de que el titular es una persona física:
- Si el titular es también el gestor de transporte, deberá estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Si el titular no es el gestor de transporte, el gestor deberá estar dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller -grupos 1, 2 o 3-.
- En caso de que el titular es una persona jurídica:
- El gestor de transporte deberá:
- estar dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda, a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller -grupos 1, 2 o 3-, o bien
- participar, al menos, en un 15% del capital social de la empresa y estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- El gestor de transporte deberá:
- En caso de que el titular es una persona física:
- Funciones:
- Capacidad financiera: el titular deberá disponer de un capital de 1.800 € para el primer vehículo y de 900 € más por cada vehículo adicional.
Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
32,50 € por cada vehículo.
¿Qué es la transmisión de toda la flota de vehículos de la autorización?
- Es una de las formas de expedición de nuevas copias certificadas adscritas a una autorización de transporte público (incremento de flota). En este caso se deben cumplir los mismos requisitos que en la expedición de nuevas copias salvo el control de antigüedad de los vehículos.
- Sólo se podrá hacer la transmisión de los vehículos cuando sean todos los que hasta ese momento estaban adscritos a otra autorización de transporte público o privado complementario, y se renuncie a esta autorización. Por lo tanto, el vendedor o cedente deberá transmitir obligatoriamente todos los vehículos y renunciar a la autorización.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Realizar el pago
Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.
Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.
Una vez realizado el pago, será necesario que siga con el Paso 2, 'Presentar la solicitud'.
Este trámite se puede hacer con o sin certificado digital.
Si es representante de la persona titular de la autorización, previamente a hacer la solicitud debe tener inscrita la representación
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2
Segundo paso
Presentar la solicitud
Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y [...]
Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y firma electrónica (recuerde que como certificado digital también se acepta el idCAT certificado y el DNI electrónico).
Al rellenar los datos que se soliciten, debe indicar como "Número justificante pago tasa" el código "Código de trámite (ID)" que aparece en la página 1 del recibo de registro de entrada, como se muestra en este ejemplo. En caso de que la comprobación posterior dé un error, llame por a su Servicio Territorial de Transportes. -
3
Tercer paso
Esperar respuesta de la Administración
En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.
En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.
Por otra parte, si ha informado correctamente sus datos en el momento de hacer la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, la Administración le enviará un SMS y un correo electrónico en el que se le indicará que su autorización ha sido resuelta favorablemente.