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8795 - Autorització de transport públic lleuger de mercaderies per carretera al territori català (MDSL) Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Normativa

  • Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  44  publicado el 20/02/2019)
  • ANUNCIO sobre la expedición del visado de las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera y de operadores de transporte de mercancías del año 2016.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7031  publicado el 05/01/2016)
  • DECRETO 87/2003, de 18 de marzo, sobre autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera de ámbito limitado a Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3855  publicado el 01/04/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Esta autorización permite transportar mercancías por cuenta de otro a cambio de una retribución económica en un vehículo con una masa máxima autorizada entre 2 toneladas y 3,5 toneladas exclusivamente en el territorio catalán.

Información adicional sobre las autorizaciones de transporte de mercancías. 

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Tramitación telemática de autorizaciones de transporte: paso a paso

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Secretaria de Mobilitat i Infraestructures

Otros organismos relacionados

  • Direcció General de Transports i Mobilitat
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • A personas físicas que se dedican al transporte de mercancías en el ámbito del territorio de Cataluña exclusivamente.
  • A personas jurídicas que se dedican al transporte de mercancías en el ámbito del territorio de Cataluña exclusivamente.
Plazos

Se puede levantar la suspensión de la autorización en cualquier momento. 
El plazo para presentar la solicitud es de dos años, a contar desde la fecha de la suspensión provisional.

Documentación
  1. Declaración de honorabilidad, establecimiento y equipamiento informático Modelo A
  2. Si alguno de los vehículos es de alquiler,en el permiso de circulación del mismo debe figurar su finalidad como 'Público-Alquiler sin conductor' y el contrato de arrendamiento (o pre-contrato u hoja de entrega de vehículo) debe incluir :
    • Identificación del arrendador(empresa de alquiler):
      • Persona física: nombre, NIF y firma.
      • Persona jurídica: nombre y CIF.
    • Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
      • Persona física: nombre, NIF y firma.
      • Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representante.
    • Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.
    • Duración del contrato.
    • Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato debe estar vigente.
  3. Las personas que conduzcan el vehículo (titular, familiares y/o asalariadas):
    • Permiso de conducir.
    • Libro de familia y recibo de autónomos, si son familiares.
    • Modelo TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social, si son asalariadas.
  4. Certificado de suspensión.

 

Además,

Si la persona solicitante es una persona física:

  1. Hay que acreditar que la capacidad financiera  es suficiente  (véase el punto sobre la capacidad económica en el apartado de requisitos) mediante cualquiera de los documentos siguientes:
    • Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:
      • Cuentas corrientes
      • Depósitos bancarios
      • Fondos de inversión
      • Seguros de vida con valor de rescate
      • Planes de jubilación con valor de rescate
      • Contratos de inversiones en deuda pública

        El certificado ha de estar fechado en el intervalo de los 6 meses anteriores y deberá indicar de forma explícita la cantidad a la que hace referencia, ya sea porque indica el volumen total de recursos o bien, porque indica que son superiores a una determinada cantidad. En ningún caso se admitirán referencias genéricas com p.e.: ...“se dispone de recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes ...”.

    • Declaración de capacidad económica Modelo A, acompanyada d’algun d’aquests documents:
      • Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles a nombre del titular de la autorización.
      • La valoración del vehículo (certificado, tasación, hoja de valoración) elaborada por una empresa de compraventa de vehículos o concesionario oficial. En el document ha de constar el nombre del titular del vehículo, la identificación del vehículo (matrícula o número de bastidor), el valor de tasación, y el nombre y firma de la persona que emite el certificado.
      • La factura del vehículo.
      • Una valoración de maquinària o de otros bienes de equipo de los que se deberá acreditar la propiedad por parte del titular de la autorización.
    • Última declaración o documento de ingresos del Impuesto sobre el Patrimonio de les Personas Físicas.
  2. Si la competencia profesional es aportada por otra persona, hay que presentar la documentación siguiente:
    • Copia autentica de la escritura notarial en la que consten los poderes de representación y disposición de fondos a favor de la persona que aporta la competencia.
    • Acreditació de la vinculación de esta persona con la persona solicitante mediante:
      • Si es familiar hasta segundo grado de consanguinitat o afinidad:
        • Acreditación de la relación familiar mediante el libro de familia, escritura pública (copia autentica) o documentación tributaria o administrativa en la que conste el parentesco.
        • Último recibo de autónomos o documento que acredite el alta en la Seguridad Social.
      • Si es cónyuge:
        • Acreditación de la relación familiar mediante el libro de familia, escritura pública (copia autentica) o documentación tributaria o administrativa en la que conste el parentesco.
      • Si es pareja de hecho:
        • Acreditación de la situación de pareja de hecho mediante document administrativo, escritura pública de declaración de pareja de hecho (copia auténtica) o libro de familia.
      • Si es cualquier otra persona:
        • Documento que acredite el alta en la Seguridad Social en el régimen general como personal directivo (grupos 01, 02, 03) en el que conste la persona que aporta la capacitación (contracto de trabajo, nómina o otro documento de la Seguridad Social).

 

Si la persona solicitante es una persona jurídica:

  1. Hay que acreditar que el capital social más las reservas son suficientes mediante cualquiera de los documentos siguientes:
    • Última declaración del impuesto de sociedades. Si la suma del capital social más reservas es inferior al necesario, hay que aportar también la copia autentica de las escrituras, presentadas en el Registro Mercantil, de ampliación del capital posteriores a la fecha de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
    • Certificado firmado por el administrador/a, o el/la secretari/ria del Consejo de Administración con el visto bueno del/la president/a, respecto el capital más las reservas que consten en el último balance oficial. En el caso de cooperativas, el certificado será del/la secretari/aria con el visto bueno del/la President/a. Hay que acreditar el nombramiento de cargos.
  2. En relación al/la gestor/a de transporte, es a dir, la persona que aporta la competencia profesional (ver el punto sobre la capacidad profesional en el apartado de requisitos) se deberá de presentar la documentación siguiente:
    • li>Copia auténtica de la escritura notarial donde conste los poderes de representación y disposición de fondos a su favor. No será necesario si esta persona es administradora.
    • Acreditación de la vinculación de esta persona con la empresa:
      • Si el gestor de transporte está en posesión del 15% o más de acciones o participaciones de la empresa debe presentar alguno de los siguientes documentos:
        • Escrituras de constitución de la empresa (copia auténtica).
        • Documento de compraventa de acciones ante notario. Este tipo de documentación no será necesario que pase por el Registro Mercantil.
        • Impuesto sobre Sociedades, en el que conste el porcentaje citado.
      • Si el gestor de transporte no está en posesión del 15%, se debe presentar alguno de los siguientes documentos:
        • Si es trabajador en régimen general: documento de alta en la Seguridad Social (contrato de trabajo, nómina u otra documentación de la Seguridad Social) donde conste como trabajador directivo de la empresa (grupos 01, 02, 03).
        • Si es administrador de la empresa: último recibo de autónomos.
        • Si es socio de la empresa (sin llegar al 15%): último recibo de autónomos más acreditación de la titularidad de las acciones mediante escrituras, Impuesto Sobre Sociedades o, en caso de cooperativas, libro de socios.
        • Si forma parte del entorno familiar hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad y este entorno familiar es titular de más del 50% de las acciones: acreditación de la titularidad de las acciones con escrituras o Impuesto Sobre Sociedades, libro de familia y último recibo de autónomos del gestor.


Si la persona que aporta la competencia profesional ejerce de gestora en varias empresas que configuren un grupo de empresas:

  • Documento que acredite que un mismo titular dispone de más 50% o más del capital social de cada empresa.
  • Documento que acredite la vinculación de la persona gestora con, al menos, una de las empresas.
  • Documento que acredite los poderes de representación y disposición de fondos en todas las empresas.

Documentos

Información general sobre transporte de mercancías

Requisitos

Requisitos generales:

  1. Capacidad financiera: disponer de un capital de 3.000 € por cada vehículo.
  2. Disponer de un vehículo más nuevo que el suspendido o bien de un vehículo que no supere los seis años de antigüedad, en régimen de propiedad, leasing o arrendamiento ordinario.
  3. Disponer de un número de conductores igual o superior al 80% del número de vehículos de los que disponga la empresa.
  4. No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa .
  5. Pagar la tasa correspondiente.
  6. Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con los clientes.

Si no tiene otra autorización en vigor:

  1. Ser persona física o jurídica.
  2. Tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea; o bien de un estado no miembro de la UE, que en virtud de los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad a sus ciudadanos.
  3. Tener la competencia profesional para ejercer la actividad de transporte de mercancías. Se puede aportar el título autonómico.
  4. Cumplir el requisito de honorabilidad, es decir, ni el titular ni el gestor de transportes no deben haber sido condenados por la comisión de delitos o faltas penales ni sancionados por la comisión de infracciones relacionadas con los ámbitos mercantil, social o laboral, de seguridad vial o de ordenación de los transportes terrestres que den lugar a la pérdida de este requisito .
  5. Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hay que:
      • Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente de transporte de mercancías por carretera, mudanzas o paquetería (722, 757 o 849.5).
      • Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto de sociedades.
      • No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.
  1. Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hay que:
      • Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que les corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
      • Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
      • No tener deudas con la Seguridad Social.
  1. No tener ninguna autorización de transporte privado complementario de mercancías en alta o en baja recuperable.

Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática. 

Tasas

31,55 € por cada vehículo.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Realizar el pago

    Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.

    Haga clic sobre el enlace 'Por internet' y siga los pasos que se indican.

    Una vez realizado el pago, será necesario que siga con el Paso 2, 'Presentar la solicitud'.

    Este trámite se puede hacer con o sin certificado digital.

    Si es representante de la persona titular de la autorización, previamente a hacer la solicitud debe tener inscrita la representación

    Por Internet

    Formulario

    Iniciar . Acceder a Formulario

    Tenga en cuenta que:

    •  Cuando haya enviado el formulario, recibirá un correo electrónico con el código identificador (ID) del trámite. Necesitará este dato para la solicitud del paso 2.
    • En este paso no debe presentar documentación.
    • Más información: Soporte a la tramitación por internet y en los vídeos tutoriales de Canal Empresa

    Cómo efectuar el pago

    Después de enviar la solicitud, se abrirá una página con un enlace que le permitirá elegir una de estas tres opciones de pago:
    • Pagar online de inmediato con tarjeta bancaria.
    • Pagar online de inmediato con Bizum.
    • Descargar la carta de pago para pagar más tarde. Puede realizar el pago mediante la red de cajeros automáticos Servicaixa o en la web de CaixaBank.
    Si ha tenido dificultades a la hora de pagar online o no se ha podido descargar la carta de pago, puede volver a acceder a la página de pago a través de alguno de estos canales:
    • En el Área privada de Canal Empresa (con idCAT Mòbil o/y certificado digital)
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    Amplíe sobre cómo realizar el pago de un trámite
  2. 2

    Segundo paso

    Presentar la solicitud

    Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y [...]

    Las solicitudes se tramitarán telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio competente en transportes. Para poder realizar el trámite habrá que cumplir con la identificación y firma electrónica (recuerde que como certificado digital también se acepta el idCAT certificado y el DNI electrónico).

    Al rellenar los datos que se soliciten, debe indicar como "Número justificante pago tasa" el código "Código de trámite (ID)" que aparece en la página 1 del recibo de registro de entrada, como se muestra en este ejemplo. En caso de que la comprobación posterior dé un error, llame a su Servicio Territorial de Transportes.

    Está previsto que el formulario del Ministerio muestre una pantalla que pregunte si se desea que la tarjeta de transportes sea entregada a domicilio, por correo. Si rechaza esta opción, o si dicha pantalla no aparece, la entrega se hará en la oficina del Servicio Territorial de Transportes correspondiente.

    Por Internet

    Presentar la solicitud al Ministerio competente en transportes

    Iniciar . Acceder a Presentar la solicitud al Ministerio competente en transportes

    Si tiene problemas con el certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en su MAC, consulte el siguiente enlace.

  3. 3

    Tercer paso

    Esperar respuesta de la Administración

    En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.

    En la sede electrónica del Ministerio competente en transportes podrá consultar el estado de los expedientes que haya creado, para saber cuando ha sido resuelta su solicitud.

    Por otra parte, si ha informado correctamente sus datos en el momento de hacer la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, la Administración le enviará un SMS y un correo electrónico en el que se le indicará que su autorización ha sido resuelta favorablemente.

Fecha de actualización 24.03.2023

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