¿Qué tienes que saber?
Los establecimientos de audioprótesis y las secciones de acústica audiométrica de las farmacias, que operan en Cataluña, deben obtener la autorización de funcionamiento del Departamento de Salud.
Los establecimientos de audioprótesis se definen como aquellos establecimientos sanitarios donde se lleva a cabo la dispensación de productos sanitarios dirigidos a la corrección de deficiencias auditivas.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet.
Si lo haces en nombre propio hace falta que te identifiques con el idCAT Móvil o un certificado digital.
Si presentas la solicitud como persona jurídica, hace falta un certificado digital de representación.
Organismo responsable
Puedes presentar la solicitud en cualquier momento, pero no podrás iniciar la actividad hasta que no dispongas de la autorización.
Documentos que se deben presentar para iniciar el trámite:
- Plano del establecimiento: Expedido y firmado por el técnico o técnica competente.
- Anexo: declaración responsable del director o directora técnica.
- Título o documentación oficial que acredite el ejercicio profesional del director o directora técnica con un mínimo de tres años de experiencia a fecha 14 de mayo de 1999. Documentos que sirven para acreditar la competencia profesional:
- Declaración indicando el establecimiento en la comunicación de actividad, efectuada según el Real Decreto 414/1996, de 1 de marzo, que regulaba los productos sanitarios, donde constaba como responsable técnica la persona que quiere obtener el reconocimiento como director o directora técnica.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, o de la mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
- Copia del contrato laboral o certificación de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral, especificando la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha realizado la actividad.
- El establecimiento debe estar ubicado en Cataluña.
- Se deben cumplir los requisitos técnicos y sanitarios establecidos en el Anexo 2 del Decreto 179/2010, de 23 de noviembre.
- En ningún caso se pueden dispensar productos sanitarios de audioprótesis fabricados a medida según la prescripción de un especialista, con características diseñadas para un paciente concreto. En este caso, se debe solicitar la autorización para empresas fabricantes de productos ortoprotésicos a medida.
290.8
Información ComplementariaEl importe de esta tasa es fijo. Consulta el paso 3 "Realiza el pago".
Vigencia de la autorización
La autorización tiene una validez de diez años y se debe renovar periódicamente a través del trámite específico.
Modificaciones de la autorización
Todas las modificaciones de los datos que constan en la autorización se deben solicitar o comunicar a través del trámite específico.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicita la autorización
Este trámite solo lo puedes hacer por internet.
Si lo haces en nombre propio hace falta que te identifiques con el idCAT Móvil o un certificado digital.
Si presentas la solicitud como persona jurídica, hace falta un certificado digital de representación. -
2
Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
- Teléfono 012 (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer el seguimiento de un trámite.
-
3
Tercer paso
Realiza el pago
Puedes pagar la tasa de las siguientes maneras:
Puedes pagar la tasa de las siguientes maneras:
- Con tarjeta bancaria
- En el momento de enviar el formulario, aparece un enlace para hacer el pago con tarjeta.
- Más tarde:
- Desde el Área privada, si tienes identificación digital.
- Desde el Estado de mis gestiones, si no tienes identificación digital.
- Con Bizum
- Con carta de pago
Consulta toda la información sobre cómo pagar un trámite.
Debes realizar el pago de la tasa para poder continuar la tramitación.
-
4
Cuarto paso
Aporta la documentación requerida
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede pedirte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede pedirte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta el videotutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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5
Quinto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta? El plazo máximo para recibir la respuesta es de 3 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro. Si no recibes ninguna notificación dentro de este [...]
¿Cuándo recibiré la respuesta?
El plazo máximo para recibir la respuesta es de 3 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro. Si no recibes ninguna notificación dentro de este plazo ni se te pide corregir la solicitud, esta se considerará aceptada por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás la notificación a través del sistema e-NOTUM.
También podrás descargar la resolución desde tu Área privada o accediendo al trámite con el código de identificación y el DNI/NIF.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, tienes un mes para presentar un recurso de alzada. El recurso se debe dirigir al secretario o secretaria general del Departamento de Salud.