¿Qué tienes que saber?
Los establecimientos de audioprótesis y las secciones de acústica audiométrica de las farmacias, que operan en Cataluña, deben obtener la autorización de funcionamiento del Departamento de Salud.
Los establecimientos de audioprótesis se definen como aquellos establecimientos sanitarios donde se lleva a cabo la dispensación de productos sanitarios dirigidos a la corrección de deficiencias auditivas.
Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes y comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.
Organismo responsable
A las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de audioprótesis o de oficinas de farmacia con sección de acústica audiométrica donde estos productos no estén fabricados a medida.
Debes presentar la comunicación de cese justo cuando dejes de llevar a cabo la actividad.
- Disponer de la autorización de funcionamiento como establecimiento de audioprótesis o sección de acústica audiométrica emitida por el Departamento de Salud.
No hay tasas associadas
Información ComplementariaNo hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Si eres una persona jurídica, para enviar el formulario necesitarás un certificado digital de representación. Si actúas en nombre propio, puedes utilizar idCAT Móvil o un certificado digital.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
- Teléfono 012 (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer el seguimiento de un trámite.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la comunicación.