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  • Autorización inicial de los establecimientos de óptica y de las secciones de óptica de las oficinas de farmacia y de las modificaciones posteriores
  • Comunicar el cese de la actividad de un establecimiento de óptica
8945 - Autorització dels establiments d’òptica o de les seccions d’òptica en oficines de farmàcia. Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
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Normativa

  • DECRETO 224/2013, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 126/2003, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos tecnicosanitarios de los establecimientos de óptica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6460  publicado el 16/09/2013)
  • DECRETO 126/2003, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos tecnicosanitarios de los establecimientos de óptica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3889  publicado el 22/05/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Con el fin de poder garantizar la protección de la salud ocular de las personas, los establecimientos de óptica y las secciones de óptica de las oficinas de farmacia ubicadas en Cataluña deben disponer de la autorización de apertura y funcionamiento que otorga el Departamento de Salud, cuando se ha verificado que la persona titular del establecimiento cumple los requisitos tecnicosanitarios establecidos en la normativa que regula dichos establecimientos.

Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes y comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Servei d'Ordenació i Qualitat Farmacèutiques
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de óptica y de las de oficinas de farmacia con sección de óptica.

Plazos

Se ha de presentar en el momento en que el establecimiento de óptica o la sección de óptica de una oficina de farmacia deje de llevar a cabo la actividad.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet.

    Si eres una persona jurídica, deberás enviar el formulario mediante un certificado digital de representación. Si lo haces en nombre propio, lo podrás enviar mediante idCAT móvil o certificado digital.

    Por Internet

    Comunicar (formulario html)

    Iniciar . Acceder a Comunicar (formulario html)

    ¿Cómo se tiene que hacer? 

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con certificado digital de representación o de persona jurídica. Puedes consultar la página Cómo firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.
    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.

    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.

    Para acceder al Estado de mis gestiones no es necesario identificarse.

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la comunicación.

Fecha de actualización 10.12.2024
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