¿Qué tienes que saber?
Con el fin de poder garantizar la protección de la salud ocular de las personas, los establecimientos de óptica y las secciones de óptica de las oficinas de farmacia ubicadas en Cataluña deben disponer de la autorización de apertura y funcionamiento que otorga el Departamento de Salud, cuando se ha verificado que la persona titular del establecimiento cumple los requisitos tecnicosanitarios establecidos en la normativa que regula dichos establecimientos.
Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes y comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.
Organismo responsable
A las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de óptica y de las de oficinas de farmacia con sección de óptica.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar
Este trámite sólo se puede hacer por Internet.
Cuando envíe el formulario debe identificarse con un certificado digital o idCAT Mòbil si es el titular de la empresa o certificado digital de representación si es el representante legal de ésta.
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2
Segundo paso
Consultar el estado de la solicitud
Puede hacerlo en:
Puede hacerlo en:
- Área privada (Mi carpeta) (con idCAT Mòbil y/o certificado digital)
- Estado de mis gestiones (Trámites gencat) (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- Estado de mis gestiones (Canal Empresa) (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
Para más información, vea el vídeo tutorial Consultar el estado de mi trámite
¿Qué es el código identificador (ID) de la solicitud y dónde lo puedo encontrar?
Es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo una vez finalizada la presentación de la solicitud, y que permite consultar el estado del trámite y hacer determinadas gestiones sin la necesidad de disponer de un certificado digital.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la comunicación.