¿Qué tienes que saber?
Para llevar a cabo tratamientos de mantenimiento con agonistas opiáceos (metadona, buprenorfina y otras) por parte de los profesionales de la medicina no integrados dentro de centros acreditados, hace falta una autorización del Departamento de Salud.
La autorización tiene una vigencia máxima de 2 años y se tiene que renovar antes de que finalice este periodo.
Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Este trámite sólo lo puedes hacer presencialmente si eres un particular; en el caso de que seas un sujeto obligado, sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
- A profesionales de la medicina no integrados en centros acreditados.
Los facultativos no integrados en centros acreditados autorizados para la prescripción tratamientos con agonistesopiáceos tienen que comunicar al Departamento de Salud la modificación de sus datos relativos a los tratamientos con agonistes opiáceos.
Tipo de modificaciones que se tienen que comunicar:
Cambio de dirección u otros datos de contacto: La comunicación de estas modificaciones no produce ninguna respuesta por parte de la Administración.
Cambio en los centros sanitarios donde se lleva a cabo la prescripción de los tratamientos con agonistes opiáceos: Este tipo de modificación es objeto de autortizació y por tanto la Administración emitirá una resolución como respuesta.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar la autorización y/o la comunicación de modificaciones posteriores
Este trámite solo lo puedes hacer por Internet. Si eres una persona jurídica, tienes que firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo tienes que con un certificado digital. -
2
Segundo paso
Aportar la documentación requerida
Cómo aportar la documentación requerida:
Cómo aportar la documentación requerida:
1. Accede a tu Àrea privada:
- Entra en tu Área privada del trámite.
2. Pestaña “Requerimientos”:
- Ves a la pestaña “Requerimientos” para ver la lista de documentos que puedes adjuntar según el tipo de solicitud tramitada.
- Solo tienes que responder a los requerimientos de los documentos correspondientes, según el objeto y las especificidades de la autorización solicitada, que encontrarás en el apartado de “Documentación” de esta página.
3. Peso máximo de los documentos:
- Cada documento que envíes puede tener un peso máximo de 100 MB.
- Se generará un acuse de recibo para cada documento enviado.
4. Ayuda:
- Si necesitas ayuda, consulta este vídeo tutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (amb el código de sol·licitud del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
Más información en Cómo acceder y hacer el seguimiento de mis tràmites.
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4
Cuarto paso
Recibir respuesta de la Administración
Cuándo recibiré la respuesta?
Cuándo recibiré la respuesta?
La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.Puedo presentar un recurso?
Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada delante de la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salud.