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  • Autorización para la recogida de flora protegida por motivos científicos, de gestión o educativos
21178 - Autorització per a la recollida de flora protegida per motius científics, de gestió o educatius Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la solicitud
  2. 2. Consulta del estado del trámite
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
  4. 4. Presentar el informe de recolecciones efectuadas
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Autorización para la recogida de flora protegida por motivos científicos, de gestión o educativos

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Autorización para la recogida de flora protegida por motivos científicos, de gestión o educativos

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Normativa

  • Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  62  publicado el 14/03/2017)
  • RESOLUCIÓN AAM/732/2015, de 9 de abril, por la que se aprueba la catalogación, descatalogación y cambio de categoría de especies y subespecies del Catálogo de flora amenazada de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6854  publicado el 20/04/2015)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en el Decreto 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de la flora amenazada de Cataluña (DOGC núm. 5204, pág. 65881, de 28.8.2008).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5289  publicado el 02/01/2009)
  • DECRETO 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora amenazada de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5204  publicado el 28/08/2008)
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  299  publicado el 14/12/2007)
  • DECRETO 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 1798, pág. 6264, de 17.9.1993).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1714  publicado el 01/03/1993)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La recogida con finalidad científica, de gestión o educativa de flora de Cataluña protegida por la normativa vigente requiere una autorización nominal y específica otorgada por el departamento competente en medio ambiente.

En caso de que la recogida se tenga que realizar en un espacio incluido en el Plan de espacios de interés natural de Cataluña, también debe solicitarse una autorización de actividades en espacios naturales protegidos al órgano gestor del espacio correspondiente.

Las autorizaciones están vigentes desde la fecha de emisión de la resolución de la solicitud presentada hasta el 31 de diciembre del año en curso. Excepcionalmente, en el caso de proyectos de investigación que duren varios años, se valorará que la autorización de captura sea válida durante todo el período que dure el proyecto.


Si se quiere acceder a recursos genéticos procedentes de ejemplares silvestres, es necesario cumplir el Protocolo de Nagoya y solicitar autorización al ministerio competente en biodiversidad, ya sea con fines comerciales o sin estos usos.

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Está habilitado para que pueda recibir ayuda en una oficina de atención presencial, donde la persona que lo atienda puede realizar la tramitación en su nombre, con su consentimiento.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarlo por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones

A personas físicas o jurídicas.

Plazos

Al menos un mes antes de realizar la recogida.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Aval que acredite los trabajos de recogida y que se dispone de los medios necesarios para llevarla a cabo
    Escrito de una entidad científica o de un ente en el ámbito de la conservación que responde de la solvencia e importancia del proyecto y del/de la solicitante de la recogida.
Información Complementaria

Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se debe presentar un informe de recolecciones efectuadas (consulte el Paso 4).

Requisitos

Requisitos informativos
  • El solicitante ha de estar avalado por una persona de una entidad científica reconocida que responde de su solvencia y de la importancia del proyecto.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la solicitud

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    Para enviar el formulario tiene que identificarse con el idCAT Mòbil o un certificado digital de Persona Física, Persona Jurídica o Persona Vinculada. Solo puede identificarse con idCAT Móvil si es una persona física.

    Por Internet

    Solicitar la autorización para la recogida de flora protegida por motivos científicos, de gestión o educativos

    Iniciar . Acceder a Solicitar la autorización para la recogida de flora protegida por motivos científicos, de gestión o educativos

    Cómo se debe hacer:

    Acceda al formulario clicando en el botón "Acceder" y siga las instrucciones.

    Puede acceder a los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    Recuerde:

    • Debe disponer previamente de certificado digital de persona física, jurídica o vinculada o idCAT móvil si es una persona física
    • Debe adjuntar al formulario la documentación que se especifica en el apartado "Documentación". El tamaño máximo del archivo de solicitud, incluyendo los adjuntos, es de 5 MB.

    Una vez que haya enviado el formulario aparecerá una página que mostrará los datos del trámite (ID) y el documento de registro de entrada que debe guardar.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Si a l'hora de descarregar-vos el formulari us apareix un missatge d'error, seguiu aquestes instruccions

    Si necessites informació o ajuda per tramitar, pots demanar cita a les oficines d’atenció ciutadana.

    Et recomanem demanar cita perquè no t’hagis d’esperar.

    Per presentar la documentació pots adreçar-te directament:

    • Al registre electrònic de l’administració o organisme a què es dirigeixin, així com a la resta de registres electrònics de qualsevol dels subjectes a què es refereix l’article 2.1. de la Llei 39/2015, d’1 d’octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques.
    • A les oficines d'assistència en matèria de registre o a qualsevol dels punts de digitalització i registre de la Generalitat.
    • A les oficines de correus, tal com s’estableixi reglamentàriament.
    • A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d’Espanya a l’estranger. Consulta les adreces.

    Solicitud de autorización para la recogida de flora protegida, por motivos científicos, de gestión o educativos

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Servei de Fauna i Flora . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a la Cerdanya . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials d'Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Districte Administratiu . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital), si es autónomo, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
    • En el Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital), si es un particular.
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución de autorización y notificarla por escrito a la persona interesada. Transcurrido este periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada. La desestimación por silencio administrativo permite a los interesados ​​interponer el recurso de alzada correspondiente. La resolución expresa posterior al vencimiento del plazo que debe adoptar la Administración puede ser estimatoria o desestimatoria. El plazo de 3 meses quedará suspendido cuando se haya requerido al interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios por el tiempo que transcurra entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por parte del destinatario.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado su dirección de correo electrónico o su teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.
    • Correo postal (si es un particular y no ha pedido relacionarse con la administración electrónicamente): recibirá la notificación en la dirección que haya indicado en la solicitud.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    Contra la resolución o el silencio administrativo se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de Medio Ambiente y Sostenibilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

  4. 4

    Cuarto paso

    Presentar el informe de recolecciones efectuadas

    Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se debe presentar un informe de recolecciones efectuadas.

    Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se debe presentar un informe de recolecciones efectuadas.

    ¿Cómo se presenta el informe?

    Debe guardarlo en la carpeta del expediente, como respuesta al requerimiento de la Administración, a la que puede acceder desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o el área privada de Canal Empresa, mediante:

    • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
    • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
Fecha de actualización 29.05.2024

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