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  • Autorización para el uso de maquinaria en los puertos comerciales de Ports de la Generalitat
10171 - Autorització per a l'ús de maquinària en els ports comercials de Ports de la Generalitat Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicite la autorización
  2. 2. Consulte el estado del trámite
  3. 3. Reciba la respuesta de la Administración
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Autorización para el uso de maquinaria en los puertos comerciales de Ports de la Generalitat

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Normativa

  • LEY 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8032  publicado el 30/12/2019)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las empresas que se dedican a la actividad de estiba en los puertos de Palamós, Vilanova i la Geltrú y la Rápita, deben solicitar una autorización si quieren usar maquinaria específica que no es del propio puerto.

Este trámite solo lo puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos su fecha como fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Ports de la Generalitat de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A empresas que se dedican a la estiba en puertos comerciales (Palamós, Vilanova i la Geltrú y la Rápita)

Plazos
Puede solicitarla en cualquier momento.

Pasado 4 años desde la anterior solicitud, debe hacer una nueva.
Documentación
  1. Formulario de solicitud de autorización para el uso de maquinaria en los puertos comerciales de Ports de la Generalitat.
  2. Ficha técnica que identifique la maquinaria.
  3. Documentación sobre la maquinaria relativa al mantenimiento, inspecciones periódicas que reglamentariamente estén obligadas a realizar, certificado por parte del organismo competente que el equipo de trabajo en cuestión cumple con los requisitos de seguridad que le son aplicables según lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, modificado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para los trabajadores de los equipos de trabajo y demás reglamentaciones específicas para determinada maquinaria, etc.
  4. Seguro de responsabilidad civil que cubra la maquinaria, indicando expresamente que es para circular dentro de un recinto portuario y recibo de pago, o bien declaración responsable.
Tasas

Este trámite es gratuito.

Otras informaciones

Están asociadas a este tipo de trámite las actividades que tienen el siguiente código CCAE:

  • Código 5224 Manipulación de mercancías.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicite la autorización

    Este trámite solo puede realizarse por internet.
    Debe disponer de idCAT Mòbil o un certificado digital. Si firma el formulario como persona jurídica, necesita un certificado digital de representación o estar inscrito en Representa, el Registro electrónico de representación.

    Por Internet

    Petición genérica con firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Petición genérica con firma electrónica

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Vaya a la petición genérica con firma electrónica. Deberá identificarse con certificado digital.
    2. Rellene la petición genérica con los datos que correspondan. Además, debe hacer constar la siguiente información:
      1. En el apartado "Asunto" del 'Motivo de la petición' debe indicar: Solicitud de autorización para el uso de maquinaria en los puertos comerciales de Ports de la Generalitat
      2. En el apartado 'Dónde va dirigida' debe hacer constar estos datos:
          • Ente destinatario: Ports de la Generalitat.
      3. En el apartado "Documentación anexa" de la petición genérica deberá adjuntar los documentos que se indican en el apartado de Documentación. 
          • Se pueden adjuntar hasta 5 documentos con un máximo de 20 MB cada uno. En caso de que supere este peso, puede comprimir la documentación.
    3. Envíe su petición. A continuación se generará el recibo de registro de entrada, que puede imprimir o guardar en su ordenador.

    Más información: Soporte a la tramitación por internet.
     

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar, consulte las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema, compruebe si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede Electrónica. Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere, si es posible, unas horas para volver a intentar el envío.

  2. 2

    Segundo paso

    Consulte el estado del trámite

    Consulte el estado del trámite en el web de Ports de la Generalitat.

    Consulte el estado del trámite en el web de Ports de la Generalitat.

  3. 3

    Tercer paso

    Reciba la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibirá la respuesta? En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presente el formulario. Si pasado este plazo no lo ha recibido, se entiende que se ha desestimado la petición y puede [...]

    ¿Cuándo recibirá la respuesta?

    En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presente el formulario. Si pasado este plazo no lo ha recibido, se entiende que se ha desestimado la petición y puede interponer un recurso de alzada.

    ¿Cómo recibirá la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado su dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.

    ¿Puede presentar un recurso?

    Sí. Tiene 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para presentar un recurso de alzada ante la Dirección General competente en puertos de la Generalitat de Catalunya. Debe presentarlo mediante una petición genérica con firma.

Fecha de actualización 27.11.2025
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