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  • Subvenciones para la organización de actividades culturales con motivo de la Conferencia Mundial promovida por la UNESCO Mondiacult 2025 (CLT539).
  • Justificar la subvención
24164 - CLT539_activitats_conferencia_mundial_UNESCO_mondiacult Departament de Cultura accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Recibir respuesta de la Administración
  3. 3. Ingreso del segundo pago de la ayuda concedida
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Subvenciones para la organización de actividades culturales con motivo de la Conferencia Mundial promovida por la UNESCO Mondiacult 2025 (CLT539).

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Del 18/11/2025 al 30/01/2026

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Subvenciones para la organización de actividades culturales con motivo de la Conferencia Mundial promovida por la UNESCO Mondiacult 2025 (CLT539).

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Normativa

  • RESOLUCIÓN CLT/961/2024, de 22 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural por el que se aprueban las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9131  publicado el 27/03/2024)
  • Resolución CLT/1092/2025, de 25 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural por el que se aprueban las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones a la organización de actividades culturales con motivo de la Conferencia Mundial promovida por la UNESCO Mondiacult 2025

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9382  publicado el 31/03/2025)
  • Resolución CLT/1249/2025, de 31 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la organización de actividades culturales con motivo de la Conferencia Mundial promovida por la UNESCO Mondiacult 2025 (ref. BDNS 825028)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9389  publicado el 09/04/2025)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?
Subvenciones para contribuir a la organización de actividades y eventos culturales con motivo de la celebración de la Conferencia Mundial sobre Políticas Culturales y Desarrollo Sostenible promovida por la UNESCO (en adelante, Mondiacult 2025) que se celebrará en la ciudad de Barcelona entre el 29 de septiembre y el 1 de octubre de 2025.

Se pueden otorgar subvenciones de acuerdo con las tipologías de actividades y eventos siguientes:

  1. Actividades y eventos abiertos al público en forma de conferencias, congresos, debates, mesas redondas, seminarios, y otros espacios de encuentro, reflexión, intercambio de ideas, generación de conocimiento y creación de vínculos entre agentes culturales. Estas actividades deben incluir una perspectiva global en relación con las políticas culturales y el desarrollo sostenible y, más concretamente, en alguna de las líneas temáticas del Mondiacult 2025:
    • Derechos culturales.
    • Tecnologías digitales en el sector cultural.
    • Cultura y educación.
    • Economía de la cultura.
    • Cultura y acción climática.
    • Cultura, patrimonio y crisis.
    • Cultura e inteligencia artificial.
    • Cultura de la paz.
  2. Actividades y eventos abiertos al público en forma de producción y exhibición de propuestas de artes musicales, escénicas y visuales, exhibición de creaciones audiovisuales, conciertos, exposiciones, muestras y exhibiciones de cultura popular y del patrimonio cultural, material e inmaterial, y otras manifestaciones artísticas y culturales representativas de la tradición cultural catalana y de las tendencias culturales y artísticas contemporáneas en Cataluña para mostrar la cultura catalana al mundo en el marco del Mondiacult 2025 y de las líneas de trabajo de la UNESCO.

Quedan excluidas de esta línea de subvenciones:

a) Las actividades artísticas que forman parte de las programaciones estables municipales y las programaciones estables en equipamientos culturales que tengan el apoyo económico del Departamento de Cultura o de las entidades adscritas.

b) Los encuentros de cualquier tipo de actividad de cultura popular o tradicional, fiestas, ferias, mercados o cualquier actividad que, más allá de su denominación, no tenga la actividad artística como eje principal o fundamental del programa.

c) Las actividades dirigidas exclusivamente a la promoción comercial o turística.

d) Las actividades dirigidas exclusivamente a la realización de un concurso, de un certamen o de una competición.

e) Las actividades promovidas o que formen parte de la programación de la Administración de la Generalitat, el Ayuntamiento de Barcelona y la Diputación de Barcelona y las respectivas entidades adscritas o dependientes.

 

Este trámite solo se puede hacer por internet y con un certificado digital para poder firmar la solicitud.

 

Teléfonos de contacto:

  • Trámite de solicitud y de reformulación: 93 554 74 78 / 93 554 74 86 correo electrónico
  • Trámite de justificación: 93 554 71 96 correo electrónico
  • Contenido del proyecto: 93 527 03 39 correo electrónico

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.

¿Problemas técnicos durante la tramitación del formulario?

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Cultura
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones
  1. Entidades de la Administración local de Cataluña: ayuntamientos, mancomunidades de municipios, consorcios de entes locales, consejos comarcales y diputaciones provinciales, así como los entes públicos que dependen de ellos.
  2. Fundaciones, asociaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro, incluidas las cooperativas.
  3. Las empresas privadas, ya sean personas físicas o personas jurídicas, incluidas las cooperativas.
  4. Universidades y centros que se adscriben.

No pueden optar a estas subvenciones el Ayuntamiento de Barcelona, ni la Diputación de Barcelona, ni las entidades adscritas respectivas.

Plazos

El plazo para presentar la cuenta justificativa finaliza el 31 de enero de 2026.

Documentación
  • Memoria del proyecto
  • Liquidación económica (el mismo modelo de presupuesto que anexas al formulario de solicitud, con la columna “Importe realizado” cumplimentada).
  • Informe del auditor, si el importe de la subvención es superior a 60.000€.
  • Acreditación del uso del logotipo del Departamento de Cultura. Si existen contribuciones en especie, documentación que lo acredite.

Si representas un ayuntamiento o ente que dependa, debes presentar la documentación a través de la EACAT, según el punto 17.1.b) (cuenta justificativa con aportación de declaración responsable de la Intervención) de las bases generales.

Tasas

No deben pagarse tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar el formulari de justificació

    Este trámite sólo se puede hacer por internet con un certificado digital de:

    Plazos
    Del 18/11/2025 al 30/01/2026

    Este trámite sólo se puede hacer por internet con un certificado digital de:

    • Persona física.
    • Persona jurídica.
    • Persona vinculada.

    El Departamento de Cultura es una entidad certificadora para personas físicas. Pueden obtener el certificado digital en el mismo  Departament  y en sus  Serveis Territorials.

    Si tienes dudas, consulta la web de soporte a la tramitación por internet.

    Por Internet

    Presentar el formulario de justificación

    Iniciar . Acceder a Presentar el formulario de justificación

    Justificar la subvenció per EACAT (ens públics)

    Iniciar . Acceder a Justificar la subvenció per EACAT (ens públics)

    Si tienes problemas técnicos a la hora de hacer el trámite, consulta Problemas técnicos durante la tramitación del formulario

    Si no puedes hacer el trámite por una incidencia en el sistema, prueba más tarde. Si más tarde la incidencia continúa, escribe a osic@gencat.cat.

    Si la incidencia se produce el último día del plazo, envía inmediatamente un correo electrónico al buzón de contacto para informar de ello. En el mensaje, adjunta:

    una captura de pantalla (tecla Impr Pant) en la que se vea el mensaje de error y la hora de la incidencia

    También durante el último día del plazo, puedes utilizar el formulario de petición genérica de la web Tràmits Gencat.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la Administración

    Una vez presentada la documentación (memoria del proyecto y liquidación), y la Administración la haya revisado, en caso de que la ayuda concedida sea inferior a 60.000 euros, se enviará por [...]

    Una vez presentada la documentación (memoria del proyecto y liquidación), y la Administración la haya revisado, en caso de que la ayuda concedida sea inferior a 60.000 euros, se enviará por notificación electrónica un requerimiento de factures y de comprobantes de pago.

    Si no se accede a la notificación antes de la fecha límite de acceso (que es de 10 días naturales), se considera notificada a todos los efectos. Esto implica que el plazo para aportar la documentación requerida comienza a contar a partir del día en que la notificación ha sido rechazada o ha caducado. Si no se envía la documentación dentro de los 10 días naturales, se considerará que desiste de la subvención y se iniciará un proceso de revocación.

  3. 3

    Tercer paso

    Ingreso del segundo pago de la ayuda concedida

    La OSIC revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se realizará el ingreso del segundo pago de la subvención concedida.

    La OSIC revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se realizará el ingreso del segundo pago de la subvención concedida.

Fecha de actualización 02.02.2026
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