¿Qué tienes que saber?
La cédula de habitabilidad es un documento que confirma que una vivienda cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad. Es decir, que es adecuado para vivir en ellos.
Cuando la cédula hace referencia a viviendas que ya han sido utilizadas antes, se llama cédula de segunda ocupación.
Los datos que incluye la cédula son:
• La dirección y ubicación de la vivienda.
• La superficie útil de la vivienda y de las habitaciones.
• Las estancias y espacios que componen la vivienda.
• El umbral máximo de ocupación.
• La identificación y titulación de la persona técnica que ha certificado la habitabilidad.
La cédula no incluye el nombre de la persona propietaria, solo confirma que se puede vivir en la vivienda, con independencia de quién sea la persona propietaria o que viva.
Necesitas la cédula para:
• Vender, alquilar o ceder el uso de una vivienda. Tanto en la primera transmisión como en las siguientes.
• Dar de alta los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.
La cédula no supone la legalización de las construcciones en términos de urbanismo.
La cédula es válida durante 15 años.
No puede haber dos cédulas de habitabilidad vigentes para la misma vivienda.
Para pedir una copia de una cédula existente puede consultar el trámite Copia de cédula de habitabilidad vigente
Si tienes dudas de si la vivienda dispone de cédula vigente, puedes hacer la consulta en la web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si eres un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarla por internet . La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Si eres un particular, para llevar a cabo este trámite de manera presencial deberá pedir cita , en este enlace, para la oficina que le corresponda.
A las personas propietarias de la vivienda, administradoras o representantes autorizados.
A las personas técnicas: arquitectas, arquitectas técnicas, aparejadoras o ingenieras de la edificación.
Se puede solicitar en cualquier momento.
- El certificado de habitabilidad firmado por una persona técnica arquitecta, arquitecta técnica, aparejadora o ingeniera de la edificación.
- La declaración responsable que acredite la antigüedad de la vivienda. Puedes adjuntar un unico PDF que además del impreso de "Declaración responsable de la antiguedad" puede incluir otros:
- La primera inscripción resgistral de declaración de obra nueva.
- La escritura pública donde conste el uso de vivienda.
- La aceptación de herencias.
- El certificado municipal acreditativo de la antigüedad como uso de vivienda.
- La licencia de obras o planos de licencia de obras.
- Los planos visados del proyecto de ejecución.
- El certificado final de obra visado.
- El certificado del cadastro que justifique el año desde el que consta como uso de vivienda.
- Para viviendas unifamiliares:
- La fotografía aérea del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña del año de construcción y fotografía aérea (para comprobar que es la propia construcción).
- La hoja de cadastro OVC (Oficina Virtual del Cadastro).
- Otros documentos expedidos delante de fedatario público.
Podemos requerirte que aportes la documentación acreditativa de la antigüedad que conste en la declaración responsable para verificar sus datos.
Durante la tramitación puedes aportar la documentación complementaria que consideres por el Área Privada Ciudadana.
- No puede haber una cédula vigente.
- En caso de que la tenga y hagas este trámite igualmente, archivaremos tu solicitud y no te devolveremos la tasa pagada.
- La vivienda no ha sufrido modificaciones esenciales que afecten a la descripción e información de la cédula.
- Si ha sufrido una modificación esencial, debes pedir una cédula de primera ocupación procedente de una intervención de rehabilitación o gran rehabilitación de edificio existente.
- Si la vivienda nunca ha tenido cédula, debes demostrar que ya existía y que tenía un uso residencial. Tienes que utilizar el documento de la declaración responsable para cumplir con este requisito.
- Tienes que conservar la documentación que acredite la antigüedad de la vivienda mientras dure la cédula.
20,45 € por vivienda.
Existe una bonificación del 30% para las solicitudes de cédula de habitabilidad presentadas y tramitadas mediante procedimientos telemáticos.
Existe una exención por los propietarios que estén en un proceso de dación en pago.
Direcciones de contacto de los colegios profesionales sobre técnicos tramitadores de cédulas de habitabilidad
|
Àmbit |
Col·legi Oficial d'Arquitectes de Catalunya |
Col·legis d'Aparelladors, Arquitectes Tècnics i Enginyers de l'Edificació |
|
Barcelona |
Demarcació de Barcelona Delegació del Bages/Berguedà Delegació d'Osona Delegació del Vallès
|
Delegació de Barcelona Delegació de l'Alt Penedès-Garraf Delegació del Bages-Berguedà-Anoia |
|
Girona |
Demarcació de Girona |
C/ Santa Eugènia, 19 C/Antiga de Vidreres Sector Ind. Q, Nau D-18 C/Pirineus - C/Falgueres s/n, Polígon Industrial Pont del Príncep, parcel·la 28, sector 1 C/ Pagès Ortiz, 55 Av. Europa 36
|
|
Lleida |
Demarcació de Lleida |
C/ Enric Granados, 5 |
|
Tarragona |
Demarcació de Tarragona |
Rambla del President Macià, 6, ba.
|
|
Terres de l’Ebre |
Demarcació de l'Ebre |
Demarcació de l'Ebre |
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar
Para viviendas con antigüedad anterior al 11 de agosto de 1984 (sin cédula de habitabilidad previa) se utilizará el modelo de solicitud para cédula de habitabilidad de segunda ocupación. Este modelo [...]
Para viviendas con antigüedad anterior al 11 de agosto de 1984 (sin cédula de habitabilidad previa) se utilizará el modelo de solicitud para cédula de habitabilidad de segunda ocupación. Este modelo lleva vinculado el certificado de habitabilidad de segunda ocupación
En el caso que tengas problemas en la tramitación, en primer lugar, consulta las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si continua el problema, una vez verificado que dispones de todos los medios necesarios y que has actuado de manera indicada, puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia al apartado Avisos y cortes de servicio , donde dispones de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido.
Sí, efectivamente, se ha producido una incidencia, espera si es posible unas horas para volver a enviarlo.
-
2
Segundo paso
Efectuar el pago
Consulta como hacer el pago de un trámite
Consulta como hacer el pago de un trámite
En linea
Puedes pagar con una tarjeta bancaria justo después de enviar el formulario de la solicitud.
- También puedes pagar más tarde, desde el Área privada, si tienes identificación digital. Selecciona el trámite y realiza el pago.
- Desde el Estado de mis gestiones, si no tienes identificación digital. Introduce el código de trámite (ID) que hay en el acuse de recibo que se ha generado cuando has finalizado el trámite y el número de identificación (NIF, NIE, etc.) y realiza el pago.
Tienes 48 horas para pagar. Si no has pagado pasado ese plazo te enviaremos un requerimiento para que lo hagas. Si no lo haces, archivaremos tu solicitud automáticamente.
Con la carta de pago
Puedes descargar la carta de pago desde el Área privada o desde la opción Estado de mis gestiones.
Puedes pagar:
- Presencialmente, mediante un cajero de Caixabank.
- Por internet, mediante la página de pago de Caixabank.
Si has presentado tu solicitud de forma presencial, la carta de pago será válida durante 7 días naturales. Si no pagas en este plazo, archivaremos tu solicitud automáticamente.
A las oficinas de la Agencia de la Vivienda de Cataluña
Independientemente de cómo hayas hecho la solicitud, puedes pagar con una tarjeta bancaria a:
- Las oficinas de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
- Los Servicios Territoriales de Vivienda.
- En las Oficinas de Atención Ciudadana de Barcelona, Girona y Lleida.
-
3
Tercer paso
Consultar el estado del tramite
Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital), si eres un particular.
Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
-
4
Cuarto paso
Respuesta de la administración
¿Cuándo recibiré la respuesta de la Administración?
¿Cuándo recibiré la respuesta de la Administración?
En 30 días hábiles desde que recibamos la solicitud, con la documentación completa, en el registro. Este plazo puede suspenderse si te hacemos un requerimiento de información.
¿Qué respuesta recibiré?
1. Requerimiento de información, en el que te podemos pedir:
- Que aportes documentos que no has adjuntado a la solicitud.
- Que aportes documentos complementarios para verificar que cumplan los requisitos.
- Que enmiendes el certificado de habitabilidad o que rellenes algún campo obligatorio que falta.
- Que enmiendes algunas características de la vivienda para cumplir con las condiciones de habitabilidad.
Para contestar al requerimiento, necesitas el número del expediente de la cédula que estamos tramitando.
2. Respuesta definitiva:
- Concesión de la cédula
- Denegación de la cédula, por resolución contraria o por declaración de la caducidad.
El plazo para notificar el otorgamiento o denegación de la cédula deja de contarse desde la emisión del requerimiento hasta su respuesta.
¿Cómo puedo recibir la cédula?
Te enviaremos la cédula telemáticamente.
¿Se pueden modificar las cédulas otorgadas?
Sí, si se trata de un error. En caso de advertirse un error material o aritmético en la cédula de habitabilidad que ha sido concedida, se puede solicitar la corrección de los errores en el trámite específico existente.
En cambio, durante la tramitación del expediente, antes del otorgamiento de la cédula, la persona técnica competente habilitada, puede instar a realizar correcciones o modificaciones del certificado de final de obra y de habitabilidad.
El certificado de fin de obra y de habitabilidad visado con correcciones o enmiendas debe aportarse nuevamente visado en el trámite específico previsto.
No, si se ha modificado la vivienda. Para modificar datos es necesario realizar una nueva solicitud para pedir otra cédula.
¿Puedo presentar un recurso?
Contra la denegación de la cédula de habitabilidad se puede interponer recurso de alzada ante la Dirección de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.