¿Qué tienes que saber?
La persona titular de un centro de almacenamiento y distribución de envases de gases licuados del petróleo (GLP) ubicado en Cataluña que quiera ponerlo en servicio, debe comunicarlo previamente a la Administración. También debe comunicar las modificaciones y la baja de la instalación, así como el cambio de titularidad.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Si el centro es de 1ª categoría (con capacidad de 25.001 kg a 250.000 kg), antes de presentar la comunicación de alta por este trámite, debe solicitarse la autorización de puesta en servicio mediante una petición genérica.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A los titulares de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP ubicados en Cataluña.
La comunicación se debe presentar antes de poner en marcha la instalación.
- Ubicación y mapa descriptivo del centro
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Proyecto y certificado de dirección de obra
Será obligatorio siempre que se trate de un centro de almacenaje y distribución de GLP de categoria 1, 2 o 3 - Certificado de inspección del organismo de control
Los titulares de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP deben cumplir los requisitos preceptivos, de acuerdo con la Ley de hidrocarburos, el Reglamento técnico de instalaciones de gases combustibles y demás normativa aplicable.
No se debe pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar
Este trámite solo puede realizarse por internet.
Debes disponer de idCAT Mòbil o un certificado digital. -
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:
Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:
- Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré? Centros de 1ª categoría: la Administración dictará una resolución y te la notificará. Centros de 2ª, 3ª, 4ª i 5ª categoría: comprobados todos los datos, la Administración [...]
¿Qué respuesta recibiré?
- Centros de 1ª categoría: la Administración dictará una resolución y te la notificará.
- Centros de 2ª, 3ª, 4ª i 5ª categoría: comprobados todos los datos, la Administración emite un documento que acredita que se ha inscrito el alta en el censo de instalaciones de almacenamiento y distribución de envases de gases licuados del petróleo y te lo notificará.
¿Cómo recibiré la respuesta?
La Administración te enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en la solicitud, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que la has rechazado.
- Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.