¿Qué tienes que saber?
Según el RD 235/2013 que transpone la directiva 2002/91/CE y parcialmente la Directiva 2010/31/UE, todos los edificios de nueva construcción y los edificios existentes que sean objeto de compraventa o arrendamiento y los edificios ocupados por una autoridad pública con una superficie superior a 250 m2 frecuentados habitualmente por el público, están obligados a tener un certificado de eficiencia energética. Además, este certificado se tiene que inscribir en el Registro de certificados de eficiencia energética de cada CCAA.
La certificación de eficiencia energética de un edificio,es el proceso por el cual se verifica la conformidad de la calificación energética obtenida mediante cualquiera de las herramientas reconocidas para obtener esta calificación.
Una vez verificada esta conformidad, la Administración emite la correspondiente etiqueta de eficiencia energética del edificio.
- A promotores de edificios de nueva construcción.
- A propietarios de edificios o unidades de éstos que los quieran vender o alquilar.
- A administraciones públicas que ocupen edificios con una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Rectificar
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Adminsitración
¿Cuándo se recibe la respuesta?Al hacer la solicitud, se recibe un acuse de recibo con un número que servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez la Administración efectúa el control de los [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta?
Al hacer la solicitud, se recibe un acuse de recibo con un número que servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez la Administración efectúa el control de los datos recibidos, se recibe respuesta de la administración a través del portal de trámites gencat.¿Qué respuesta se recibe?
Se recibe respuesta de la Administración a través del portal de trámites gencat: el usuario recibe un aviso a través del correo electrónico indicado, informándole de que tiene que acceder a su carpeta de trámites gencat, para consultar una actualización de su expediente. Si se dispone de certificado digital se puede consultar el estado del trámite a través de Mi carpeta . Si no se dispone de certificado digital se puede consultar a través del espacio Estado de mis gestiones.
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