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  • Concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre
  • Presentar la declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones
10103 - Concessió d'ocupació del domini públic maritimoterrestre Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la declaración responsable
  2. 2. Consulta del estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre

Presentar la declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones

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Normativa

  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral (DOGC nº 8276 publicado el 20/11/2020)

    . Abrir en una nueva ventana.
  • LEY 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral (DOGC nº 8192 publicado el 03/08/2020)

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  247  publicado el 11/10/2014)
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  129  publicado el 30/05/2013)
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5161  publicado el 27/06/2008)
  • REAL DECRETO 1387/2008, de 1 de agosto, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 1404/2007, de 29 de octubre, en materia de ordenación y gestión del litoral.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5214  publicado el 12/09/2008)
  • Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  181  publicado el 29/07/1988)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Para ocupar el dominio público marítimo-terrestre con obras o instalaciones no desmontables o con instalaciones desmontables para un plazo superior a cuatro años, es necesario que la Administración otorgue previamente la concesión.

Asimismo, será necesario que la Administración autorice las modificaciones, sustanciales o de obras menores, las actividades fuera de los usos establecidos, las prórrogas y las transmisiones durante la vigencia de la concesión. Para obras menores de reparación (conservación y mantenimiento) establecidas como obligatorias en el título de otorgamiento, solo será necesario comunicarlo a la Administración.

Las concesiones de ocupación para vertidos en el dominio público marítimo-terrestre se tramitan conjuntamente con la Agencia Catalana del Agua (ACA), que hace de administración puente.

Según las características de las actuaciones, dispone de las siguientes modalidades:

  • Solicitar la concesión o su modificación sustancial: Para ocupar el dominio público marítimo-terrestre con obras o instalaciones no desmontables o con instalaciones desmontables por un plazo superior a cuatro años, debes solicitar una concesión de ocupación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre (artículo 64 y siguientes de la Ley de costas). También es necesaria la preceptiva autorización de modificación sustancial de la concesión en los casos que se hayan alterado los supuestos determinantes para su otorgamiento, en casos de fuerza mayor a petición del titular o bien cuando lo exija su adecuación a planes o normas correspondientes (art. 77 de la LC).
  • Solicitar la autorización de obras en la concesión: Es necesario que la Administración autorice las modificaciones no sustanciales o de obras menores durante la vigencia de la concesión.
  • Solicitar la prórroga de la concesión: En caso de que se quiera mantener la titularidad de la concesión, y antes de la finalización del plazo de vigencia de la misma, es necesario que el titular solicite la prórroga para ampliar el plazo de la concesión.
  • Solicitar la transmisión de la concesión intervivos: De acuerdo con el artículo 70 de la Ley de Costas, se puede solicitar la transmisión de una concesión por actos intervivos siempre que previamente se haya solicitado la autorización.
  • Solicitar la transmisión de la concesión mortis causa: De acuerdo con el artículo 70 de la Ley de Costas, se puede solicitar la transmisión de una concesión por mortis causa. El plazo para solicitar la subrogación de los derechos y obligaciones es de cuatro años.
  • Presentar la declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones: La persona concesionaria debe presentar la declaración responsable cuando quiera llevar a cabo obras menores de reparación, mejora, consolidación y modernización, siempre que no impliquen cambio del uso autorizado, aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes.
 

Este trámite únicamente puedes hacerlo presencialmente si eres un particular. En caso de que seas un sujeto obligado, únicamente puedes efectuarlo online. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
En caso de que seas un particular y no optes por realizar el trámite por internet, puedes hacerlo presencialmente pidiendo cita.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Secretaria de Territori, Urbanisme i Agenda Urbana

Otros organismos relacionados

  • Direcció General de Polítiques del Litoral
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
  • A personas físicas o jurídicas.
  • A los entes locales (exclusivamente a través de EACAT).
Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  1. Formulario del 'PASO 1. Presentar la declaración responsable'.
  2. Documento de poderes de representación: si estás en el Registro electrónico de representación, Representa, como representante de la persona solicitante/titular, no es necesario que aportes dicho documento. Si todavía no estás inscrito, deberás anexar una copia de los poderes correspondientes.
Requisitos
  • Disponer del título de concesión administrativa vigente para la realización de obras.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

La persona concesionaria debe presentar la declaración responsable cuando quiera realizar obras menores de reparación, mejora, consolidación y modernización, siempre que no impliquen cambio del uso autorizado, aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la declaración responsable

    Este trámite solo puedes hacerlo presencialmente si eres un particular.
    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.
    Si firmas el formulario como una persona jurídica, deberás hacerlo con un certificado digital de representación (o estar inscrito en el Registro electrónico de representación, Representa).
    Si firmas en nombre propio, debes disponer de idCAT Mòbil o un certificado digital.

    En el caso de los entes locales y los consorcios que formen parte del sector público de la Generalitat deberá tramitarse mediante la extranet de las administraciones públicas de Cataluña EACAT (puedes acceder haciendo clic sobre el enlace 'Por internet').

    Por Internet

    Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones

    Iniciar . Acceder a Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones

    Formulario para entidades públicas (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulario para entidades públicas (EACAT)

    Ten en cuenta

    • Debes adjuntar al formulario los documentos que se especifican en el apartado "Documentación". 
    • El peso máximo del formulario, incluidos los documentos adjuntos, es de 5 MB.
    • Una vez que hayas enviado el formulario, te aparecerá una página que te mostrará los datos del trámite (ID) y el recibo de registro de entrada. Esta información te será útil para realizar el seguimiento del estado del trámite.
    • Más información en el web de Soporte a la tramitación por internet y en los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    En caso de que tengas problemas de tramitación, en primer lugar consulta las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema, una vez verificado que dispones de todos los medios necesarios y que has procedido de la manera indicada, puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispones de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busca las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espera a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Si necesitas información o ayuda para tramitar, te recomendamos que pidas cita.

    Para presentar la documentación también puedes dirigirte directamente:

    • En el registro electrónico de la administración u organismo al que se dirijan, así como en el resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registro o en cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • En las oficinas de correos, tal y como se establezca reglamentariamente.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.
    Ten en cuenta:
    • Puedes hacer este trámite por Internet.
    • Si cuando te descargas el formulario te aparece un mensaje de error, sigue estas instrucciones.

    Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil/o certificado digital) si es autónomo, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
    • En 'Área privada' (con idCAT Móvil/o certificado digital), si es un particular.
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
    • En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta se recibe?Si la Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones se ha efectuado correctamente el estado del expediente en la 'Área privada' será resuelta.

    ¿Qué respuesta se recibe?
    Si la Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones se ha efectuado correctamente el estado del expediente en la 'Área privada' será resuelta.

    Si la Declaración responsable para la realización de obras menores en concesiones no se ha efectuado correctamente (incompleta, insuficiente o errónea), la Administración le enviará un requerimiento de subsanación.

    ¿Cómo se notifica el requerimiento?
    La Administración les enviará un mensaje de correo electrónico indicando que tienen una notificación electrónica a la que podrán acceder:

    1. desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: necesitan el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentran el mensaje en el buzón de entrada por favor, revisen la carpeta de correo basura (spam).
    2. desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitan el NIF que indicaron para ser notificados y el correo electrónico o el número de teléfono móvil
    3. desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o de Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitan el NIF que indicaron para ser notificados y el correo electrónico o el número de teléfono móvil

    Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación. Si transcurrido este plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.

    Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que esta ha estado efectuada (practicada).

    Si es un particular y no ha solicitado relacionarse electrónicamente con la administración, además de la notificación electrónica, también recibirá la notificación a la dirección postal que consta en el formulario de solicitud.

Fecha de actualización 12.02.2024

Trámites relacionados

  • Autorización de ocupación del dominio público marítimo-terrestre
  • Autorización para realizar obras, instalaciones y actividades en la zona de servitud de protección del dominio público marítimo-terrestre
  • Autorización ambiental y Evaluación de impacto ambiental
  • Autorizaciones de vertido de aguas residuales
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