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  • Concesiones mineras de explotación
  • Solicitar la concesión derivada de un permiso de investigación de recursos mineros de las secciones C y D
8975 - Concessions mineres d'explotació Departament d'Empresa i Treball accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Hacer el pago
  3. 3. Consultar el estado del trámite
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
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Concesiones mineras de explotación

Solicitar la concesión derivada de un permiso de investigación de recursos mineros de las secciones C y D

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Normativa

  • Ley 22/1973, de 21 de julio, reguladora de minas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  176  publicado el 24/07/1973)
  • Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  140  publicado el 12/06/1985)
  • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  295  publicado el 11/12/1978)
  • Ley 54/1980, de 5 de noviembre, que modifica la Ley reguladora de minas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  280  publicado el 21/11/1980)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Para ejercer la actividad minera y aprovechar los recursos que se obtienen de esta actividad, se requiere una concesión, que puede ser de explotación directa o bien derivada de un permiso de investigación, que haya demostrado que los recursos son aprovechables.

En el caso de actividades con incidencia en el medio ambiente es necesario hacer una evaluación de impacto ambiental de planes, programas y proyectos.

 

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

La petición genérica no es válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en la que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que se encuentra en este trámite.

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Subdirecció General de Mines i Protecció Radiològica
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A las personas físicas o jurídicas que quieran hacer la explotación de los recursos de las secciones C y D.

Plazos

Se puede solicitar cuando un permiso de investigación previo haya comprobado que hay recursos aprovechables.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Designació del perímetre del dret miner [pdf icon, 83,34 KB ]
  • Informe detallat de la naturalesa geològica del jaciment, investigacions realitzades i resultats obtinguts
  • Designación de la superficie
    Designación de la superficie del terreno solicitado, que podrá ser la misma de la solicitud o reducida. No puede incluir terrenos fuera del perímetro señalado en la solicitud.
  • Estudi de factibilitat i projecte d'explotació
  • Plànols
  • Informe urbanístic
  • Estudio económico de financiamiento y garantias de viabilidad
  • Programa de restauración
    Programa de restauración: Debe contener una memoria explicativa de los aspectos sobre el lugar donde se prevé la actividad y su entorno, descripción de la actividad solicitada con delimitación del área afectada, estudio de los efectos de la actividad sobre el paisaje, medidas para prevenir y compensar las consecuencias sobr el medio ambiente, y todos los datos necesarios para demostrar la viabilidad técnica y económica del Programa proposat.- Estudio económico: Incluirá el análisis detallado de coste de la ejecución de la restauración y de las medidas de protección del medioambiente, con el correspondiente presupuesto.- Programa de ejecución: con las diversas fases de ejecución de los trabajos de restauración y de protección así como la relación con el desarrollo del explotación.- Planos sobre base cartográfica a escala 1 / 50.000 dotada de cuadrícula UTM.- Plano topográfico del área afectada y los eu entorno, con curvas de nivel, equidistante 1 m. La escala será 1/5000 o 1/1000, en función de la superficie, cuando se trate de solicitudes de autorizaciones de explotación o de aprovechamiento de recursos de las secciones A y B respectivamente, y 1/1000 y 1/2000 en el caso de solicitudes de concesiones de explotaciones de recuros de las secciones C y D. Planos geológicos de la zona afectada con indicación de las características litológicas, estructurales y higrogeològiques, a la misma escala que los anteriores. - Planos con las proyecciones horizontal y vertical de los trabajos de explotación, almacenamiento de residuos mineros, evacuación de aguas residuales y restauración y protección del medio ambiente, a la misma escala que los anteriores.- Anexos: se adjuntan los estudios preliminares realizados sobre el medio físico, los estudia adddicionals de valoración de los efectos previstos de la explotación del medio ambiente, informes geotécnicos, estudios edafológicos y revegetación del suelo restaurado.
  • Estudi d'impacte ambiental
    Caldrà presentar un Informe d'Impacte i Integració Paisatgística, d'acord al que determina la legislació vigent en matèria de medi ambient.
  • Programa de gestió de residus miners
  • Compliment de l'art 5.b) del RD 343/83. Plànols esta inicial i final signats pels propietaris del terreny
  • Sol·licitud d'avaluació ambiental [pdf icon, 1,6 MB ]
    No és necessari tornar a afegir la documentació requerida en aquest formulari de Sol·licitud d'avaluació ambiental annexat dins d'aquest mateix formulari.
Información Complementaria

Para hacer la solicitud solo será necesario presentar el formulario de solicitud que se encuentra en el paso 1. Solicitar, el anexo de Designación del perímetro del derecho minero así como la documentación que establece el artículo 89 del Reglamento General de Recursos Mineros, o bien presentar esta documentación en el plazo máximo de tres meses desde la fecha en que se presenta la solicitud.

Tasas

Pulse para obtener el importe de la tasa a liquidar 

Información Complementaria

El importe de las tasas es fijo.

Otras informaciones

¿Qué es una concesión derivada de un permiso de investigación?

La concesión de explotación derivada de permiso de investigación otorga al titular de éste el derecho de aprovechamiento de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones C) o D) de la Ley de Minas, que hayan sido puestos de manifiesto durante el plazo de vigencia del permiso y conforme a las condiciones del otorgamiento.
Luego que los trabajos de investigación demuestren de manera suficiente la existencia de un recurso o recursos de las secciones C) o D, y dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación, su titular puede solicitar la concesión de explotación sobre la totalidad o sobre una parte de las cuadrículas mineras del permiso.
La extensión mínima de una concesión de explotación derivada de un permiso de investigación es de una cuadrícula minera.
La concesión de explotación minera se otorga por un período de treinta años, prorrogable por otros dos plazos iguales, hasta un máximo de noventa años.

¿Quién puede solicitar la concesión derivada?

A las personas físicas o jurídicas titulares de un permiso de investigación que quieran ejercer el derecho de explotación de recursos de las secciones C) o D) de la Ley de Minas descubiertos durante la vigencia del permiso de investigación.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario firmar el formulario principal con un certificado digital de:

    • Persona física
    • Persona jurídica
    • Persona vinculada a una organización con capacidad de representación

    Por Internet

    Acceder al formulario

    Iniciar . Acceder a Acceder al formulario

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que no tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde 'Mi carpeta'.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

  2. 2

    Segundo paso

    Hacer el pago

    Pago en línea Con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD de cualquier entidad: Puedes pagar en el momento de enviar el formulario:

    Pago en línea

    Con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD de cualquier entidad:

    Puedes pagar en el momento de enviar el formulario:

    • Cuando envías el formulario, después de llenarlo, aparece un enlace desde el cual podrás pagar el importe con tarjeta bancaria.

    También puedes pagar más tarde:

    • Desde 'el Área privada', si tienes identificación digital. Selecciona el trámite e hiciera el pago.
    • Desde 'el Estado de mis gestiones', si no tienes identificación digital. Introduce el código de trámite (ID) de la confirmación de recepción, el número de identificación (NIF, NIE, etc.) y sigue las instrucciones del apartado 'Pagos'.

    Pago con carta de pago

    Puedes descargar la carta de pago si entras al detalle del trámite desde 'el Área privada' o desde la opción 'Estado de mis gestiones', y despliegas el apunte de pago. También puede haber trámites que incluyan la carta de pago en el recibo de recepción, en la segunda página.

    Presencialmente

    • Aunque no seas usuario de CaixaBank, puedes hacer el pago a través de un cajero. Paga con la tarjeta VISA, Maestro o Mastercard.
    • Si eres usuario de CaixaBank, puedes ir a un cajero y desde el lector de código de barras puedes poner directamente lo que aparece a la carta de pago.

    Por internet

    Desde la página de pagos de CaixaBank, puedes pagar con el código RIN (un número que hay debajo del código de barras correspondiente a la liquidación). Este número aparece a la carta de pago y se emite con el acuse de recibimiento una vez envíes el formulario.

    Si tienes problemas para abrir el enlace para pagar con Internet Explorer, te recomendamos utilizar otro navegador. Puede haber problemas de compatibilidad con la web que te impidan ver el contenido.

    Pago con Bizum

    Puedes escoger esta forma de pago cuando envíes el formulario y hace falta que tengas tu móvil a mano.

    La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la cual quieres cargar el importe.

    Una vez introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continuar con la compra’. Si procede, tendrás que autorizar la operación con tu app bancaria.

    Si necesitas más información puedes consultar el apartado Hacer el pago de un trámite de la web de Soporte a la tramitación por internet.

    Presencialmente

    Amb la carta de pagament amb codi de barres que es rep un cop s'inicia la sol·licitud de la concessió. El pagament es pot fer:

    • A la mateixa OGE mitjançant targeta de crèdit o xec conformat o garantit nominatiu al Tresor de la Generalitat de Catalunya.
    • A qualsevol oficina de CaixaBank ("La Caixa") mitjançant la seva xarxa de caixers automàtics. En aquest cas, el pagament es pot fer amb una targeta de crèdit o dèbit de qualsevol entitat, o si se'n disposa, amb una llibreta o un compte corrent de CaixaBank.
  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Se puede consultar el estado del trámite:

    Se puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de ocho meses, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se presenta la solicitud, de acuerdo con la Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas. En caso de que no haya una resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. 

    ¿Qué respuesta se recibe?

    La persona titular de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera  emitirá una resolución que se notificará al interesado.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?

    Se recibe una notificació electrónica. Se puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.

    ¿Puedo presentar un recurso?

    La resolución no agota la vía administrativa. Contra la resolución se puede presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

     

Fecha de actualización 12.08.2025
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