¿Qué tienes que saber?
Es el trámite para:
- Presentar quejas sobre la accesibilidad de los sitios web y de las aplicaciones para dispositivos móviles, tanto de la Administración de la Generalitat de Cataluña como del de su sector público.
- Solicitar información sobre la accesibilidad, como por ejemplo los contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación de la norma.
Podéis realizar comunicaciones sobre los requisitos de accesibilidad a través del buzón de contacto.
A todo el mundo.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
En el formulario de solicitud puedes adjuntar hasta cinco documentos, con un peso máximo de 20 MB cada uno.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Reclamar
Puedes iniciar una reclamación para:
Puedes iniciar una reclamación para:
- Conocer y oponerse a los motivos de la desestimación
- Instar a la adopción de las medidas oportunas en caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada
- Exponer las razones por las que consideras que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos:
- La unidad que emite la respuesta.
- La decisión que se adoptado.
- En su caso, la información accesible solicitada.
- En su caso, el plazo estimativo y la unidad responsable de llevar a cabo las medidas para corregir un posible incumplimiento, si las mismas no se pueden adoptar inmediatamente.
- La unidad a la que se puede reclamar y el procedimiento por el que se puede hacer la reclamación.
Este trámite solo se puede hacer presencialmente si eres un particular. Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que tramitar por internet. Cuando envies el formulari te tienes que identificar con idCAT Móvil o un certificado digital de persona física o jurídica.
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
Cuando recibiré la respuesta?En el plazo máximo de 20 díes hábiles.Cómo recibiré la respuesta?Mediante la publicación de la resolución al tablón de anuncios electrónico de la sede [...]
Cuando recibiré la respuesta?
En el plazo máximo de 20 díes hábiles.
Cómo recibiré la respuesta?
Mediante la publicación de la resolución al tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.
Puedo presentar un recurso?- Puedes interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes desde la publicación.
- Puedes interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su notificación.