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  • Convalidación o renovación de la convalidación de la formación del personal aplicador de tatuajes, micropigmentaciones y piercings
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3617 - Convalidació o renovació de la convalidació de la formació del personal aplicador de tatuatges, micropigmentacions i pírcings Departament de Salut accio
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Normativa

  • SLT/2105/2011, de 28 de julio, por la cual se da publicidad al convenio de colaboración entre comunidades autónomas para el reconocimiento recíproco de los certfiicados de formación del personal aplicador de tatuajes, piercings y micropigmentaciones.

  • RESOLUCIÓN SSS/1886/2002, de 7 de marzo, por la que se exime a determinadas titulaciones profesionales de la realización de los cursos de formación para aplicadores de tatuajes y/o piercing que prevé el Decreto 28/2001, de 23 de enero.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3667  publicado el 01/07/2002)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • DECRETO 90/2008, de 22 de abril, por el que se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, así como los requisitos higiénico-sanitarios que tienen que cumplir los establecimientos donde se realizan estas prácticas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5118  publicado el 24/04/2008)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las funciones de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing sólo pueden ser ejercidas por las personas que puedan acreditar, antes de iniciar la actividad, que reúnen los requisitos de formación correspondientes.

La formación se puede adquirir en un centro de formación homologado por el Departamento de Salud o se puede convalidar una actividad de formación ya realizada, siempre que los contenidos formativos sean de características y duración equivalentes a los de los cursos homologados.


La Dirección General de Professionales de la Salud puede convalidar, a efectos del ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, estos cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español, siempre que los contenidos de éstos sean equiparables.


Las personas que dispongan de determinadas titulaciones regladas o que puedan acreditar determinadas competencias pueden ejercer la actividad sin tener que realizar la formación específica ni tener que tramitar la convalidación.


La convalidación de las actividades formativas supone, a instancia del organismo o entidad organizadora, la inscripción del personal aplicador habilitado para el ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en el Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar como profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para realizar el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, adscrito al Departamento de Salud.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Direcció General de Professionals de la Salut
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A las personas que quieran realizar prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en Cataluña y que hayan realizado cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español.

Estas personas tienen la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para llevar a cabo cualquier trámite de un procedimiento administrativo según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015) y la Orden PDA / 20/2019, de 14 de febrero (DOGC núm. 7814, de 20 de febrero).

Plazos

La solicitud de renovación de la convalidación debe presentarse antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación.

Documentación

- Anexo tipo de convalidación

- Copia simple del documento que acredite la superación del módulo de actualización de la formación.

Documentos

Anexo tipo de convalidación

Requisitos

Superación de un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente:

Antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación la persona titular, si pretende continuar ejerciendo la actividad de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, tiene que superar un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente, de acuerdo con lo que establece el anexo 3 C del Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el cual es regulan las práctica de tatuaje, micropigmentación y piercing.

La superación del módulo de actualización homologado conlleva el derecho a la expedición de un certificado de formación. La expedición del certificado de formación la tiene que llevar a cabo el centro de formación donde el alumno o alumna haya realizado el módulo de actualización y haya superado la prueba de evaluación correspondiente.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Altres Informacions

Los datos comunicados a la Administración se incorporan al  Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar com profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para hacer el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, que mantiene la Dirección General de Profesionales de la Salud.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por internet. Si lo haces en nombre propio debes identificarte cuando envies el formulario con un idCAT Móvil o un certificado digital. Si eres persona jurídica debes identificarte con un certificado digital de representación. 

     

    Por Internet

    Solicitar la renovación de la convalidación (formulario en html)

    Iniciar . Acceder a Solicitar la renovación de la convalidación (formulario en html)

    Cómo se tiene que hacer? 

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con certificado digitalde representación o de persona jurídica. Puedes consultar la página Como firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

     

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.
    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada


    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.
    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.
    Para acceder al Estado de mis gestiones, no es necesario que te identifiques.

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    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    Cuándo recibiré la respuesta?

    Cuándo recibiré la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.

    Cómo recibiré la respuesta?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM. 

    Puedo presentar un recurso?

    Sí, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a recibir la notificación, podrás interponer recurso de alzada a
    ante la Secretaria General del Departamento de Salud.

Fecha de actualización 25.06.2024

Trámites relacionados

  • Solicitud de homologación de los cursos de formación para el personal aplicador de tatuajes, micropigmentaciones y piercings
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