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  • Declaración trimestral de volumen de agua (modelo B6)
  • Declaración de lecturas de contadores (B6)
20399 - Declaració trimestral de volum d'aigua Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
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  • Preguntas más frecuentes

Pasos a realizar

  1. 1. Presentar
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
  3. 3. Formas de pago y plazos
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Declaración trimestral de volumen de agua (modelo B6)

Declaración de lecturas de contadores (B6)

QUIÉN
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CÓMO
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Normativa

  • Decreto 103/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los tributos gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

    Decreto 103/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los tributos gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.


    DECRETO LEGISLATIVO 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La declaración trimestral de volumen de agua (B6) es la declaración de las lecturas de los contadores para determinar el volumen de agua utilizado.

Sirve para determinar la base imponible, en metros cúbicos, del canon del agua, un impuesto de naturaleza ecológica sobre el uso que hacen los distintos usuarios del agua.

Se deben presentar las lecturas de los contadores de fuentes propias (pozos, minas, captaciones superficiales,...) y, si se aplica el régimen especial por medición directa de la carga contaminante, las lecturas de los contadores de red. Los contadores de agua deben cumplir las especificaciones técnicas del anexo B7 del Decreto 103/2000 y de la Guia técnica de contadores, medidores y limitadores de caudal .

Por este motivo, también deben declararse, en su caso, la avería, reparación y/o cambio de contador (con o sin avería) y el alta de contador.

La declaración de lecturas de contadores (B6) debe presentarse dentro de los veinte días naturales primeros de cada trimestre.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència Catalana de l'Aigua (ACA)
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
  • Los usuarios con fuentes propias (pozos, minas, captaciones superficiales, ...).
  • Los usuarios que se les aplica el régimen especial para medición directa de la carga contaminante, tengan o no fuentes propias.
Plazos

El volumen de agua de cada trimestre se declara dentro de los veinte primeros días naturales del trimestre siguiente.

Tasas

La declaración de lecturas de contadores (B6) debe presentarse dentro de los veinte días naturales primeros de cada trimestre.

Periodo de consumo

 Plazo de presentación

1r trimestre/año

del 1 al 20 de abril

2o trimestre/año

del 1 al 20 de julio

3r trimestre/año

del 1 al 20 de octubre

4o trimestre/año

del 1 al 20 de enero

Preguntas más frecuentes
  • ¿Qué lecturas de contador deben declararse?

Se deben presentar las lecturas de los contadores de agua de fuentes propias (pozos, minas, captaciones superficiales,...) y, si se aplica el régimen especial por medición directa de la carga contaminante, las lecturas de los contadores de agua de red (entidad suministradora de agua).

  • Los decimales y los factores de conversión se declaran?

Las lecturas de los contadores deben declararse sin decimales y sin el factor de conversión.

  • ¿Cómo se declara la lectura de contador de agua correctamente?

Se tienen que indicar los dígitos de color negro que determinan los m3 de consumo, situados antes de la coma.

Hay contadores que carecen de dígitos en rojo para indicar que son decimales.

La distinción la marca una coma. También existen contadores que no tienen decimales.

lectures-comptadors-v1

  • ¿Hay que declarar las lecturas de contadores de control?

Los usuarios que se les aplica el régimen especial por medición directa de la carga contaminante pueden declarar las lecturas de aquellos contadores de control interno y vertido, no ligados a abastecimientos, cuyo volumen no se factura pero afecta a la determinación de los tipos del canon del agua.

  • ¿Es obligatorio que la lectura del trimestre de consumo sea la del último día del trimestre?

No es obligatorio que la lectura sea la del último día del trimestre, pero sí debe ser una lectura próxima al final del trimestre.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar

    Por Internet

    Trámites en linea

    Iniciar . Acceder a Trámites en linea

    Para saber quién está obligado a tramitar por internet acceda al siguiente enlace: https://web.gencat.cat/es/seu-electronica/subjectes-obligats-a-relacionar-se-digitalment

    Para hacer la tramitación en línea es necesario disponer de identificación digital. Puede ser certificado digital, idCAT Móvil, DNI electrónico o sistema Cl@ve (los tres últimos sólo en el caso de personas físicas).

    AVISO IMPORTANTE. Los identificadores idCAT Móvil, DNI electrónico y sistema Cl@ve son identificadores personales. Sólo servirán si sois el titular de la actividad o si os habéis dado de alta como representante legal de la misma.

     

    Tienen que tramitar por internet la declaración de lecturas de contador (B6) los sujetos obligados según la normativa vigente.

    Presencialmente

    Sólo la ciudadanía puede presentar la declaración de lecturas de contador (B6) presencialmente.

    Una vez se ha rellenado la solicitud, se tiene que imprimir, firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).

    La solicitud, junto con la documentación necesaria, se tiene que presentar en los puntos de tramitación indicados, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Declaración trimestral del volumen de agua (B6).

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de Girona de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de Tarragona de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de les Terres de l'Ebre de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial Llobregat-Foix de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial Tordera-Besòs de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.

    Por teléfono

    Podéis llamar al 012, la llamada es gratuita. Consultad los servicios.

    La presentación de las lecturas (modelo B6) a través del 012 se puede hacer siempre que se proporcione el número de identificación del usuario y, si se dispone de más de un contador, sus números de serie. Esta información se encuentra en vuestra liquidación del canon del agua.

    Por correo postal

    Sólo la ciudadanía puede presentar la declaración de lecturas de contador (B6) por correo postal

    Las solicitudes, que se pueden encontrar en el apartado “Presencialmente”, también se pueden enviar por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta se recibe?

    ¿Qué respuesta se recibe?

    Si la Agencia Catalana del Agua considera correcto el B6, emitirá la correspondiente liquidación con los datos declarados. Si no lo considera correcto, la Agencia iniciará las actuaciones de oficio oportunas para proceder a la liquidación de los volúmenes del trimestre correspondiente.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    Contra la liquidación se podrá interponer, con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la resolución, ante el Director de la Agencia Catalana del Agua, o bien se podrá interponer reclamación economicoadministrativa durante este mismo plazo, presentando un escrito dirigido a la Agencia Catalana del Agua, la que con posterioridad lo enviará a la Junta de Finanzas, en tanto que es el órgano competente, para conocer de la citada reclamación. No se podrán simultanear ambos recursos (artículos 223 y 235 de la LGT).

    En caso de interposición de previo recurso de reposición, el plazo para interponer la reclamación economicoadministrativa es de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución del recurso de reposición, o bien el día siguiente en que se producen los efectos del silencio administrativo (artículo 225 de la LGT). Más información: vía economicoadministrativa.

  3. 3

    Tercer paso

    Formas de pago y plazos

    Puede domiciliar el pago del canon del agua o hacer el ingreso en las entidades colaboradoras.

    Puede domiciliar el pago del canon del agua o hacer el ingreso en las entidades colaboradoras.

    • Domiciliación: Para hacer más ágil el pago en plazo de este tributo, ponemos a su disposición la orden de domiciliación bancaria para que la imprima y nos la haga llegar debidamente cumplimentada. Encontrará más información (formulario, formas de presentación, ...) en el enlace siguiente Domiciliación bancaria (catalán).
    • Ingreso: Puede hacer el ingreso en cualquiera de nuestras entidades colaboradoras que figuran en el dorso de la liquidación.

    El pago en período voluntario debe hacerse en los plazos siguientes:

    • Si la liquidación se notifica entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo será desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
    • Si la liquidación se notifica entre los días 16 y último de cada mes, el plazo será desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Fecha de actualización 12.01.2021
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