¿Qué tienes que saber?
La declaración trimestral de volumen de agua (B6) es la declaración de las lecturas de los contadores para determinar el volumen de agua utilizado.
Sirve para determinar la base imponible, en metros cúbicos, del canon del agua, un impuesto de naturaleza ecológica sobre el uso que hacen los distintos usuarios del agua.
Se deben presentar las lecturas de los contadores de fuentes propias (pozos, minas, captaciones superficiales,...) y, si se aplica el régimen especial por medición directa de la carga contaminante, las lecturas de los contadores de red. Los contadores de agua deben cumplir las especificaciones técnicas del anexo B7 del Decreto 103/2000 y de la Guia técnica de contadores, medidores y limitadores de caudal .
Por este motivo, también deben declararse, en su caso, la avería, reparación y/o cambio de contador (con o sin avería) y el alta de contador.
La declaración de lecturas de contadores (B6) debe presentarse dentro de los veinte días naturales primeros de cada trimestre.
La declaración de alta de contador debe presentarse lo antes posible a partir de su instalación.
- Los usuarios con fuentes propias (pozos, minas, captaciones superficiales, ...).
- Los usuarios que se les aplica el régimen especial para medición directa de la carga contaminante, tengan o no fuentes propias.
La declaración de alta de contador debe presentarse lo antes posible a partir de su instalación.
No se tiene que pagar tasas para este trámite.
Este trámite es para declarar un alta de contador (nuevo contador que no sustituye a otro anterior) de cualquier tipo que deberá declararse sus lecturas.
Se incluyen también los contadores internos y vertido que declaran los usuarios de régimen especial por medición directa de la carga contaminante.
AVISO IMPORTANTE. Para declarar un nuevo contador que sustituye a otro anterior, con o sin avería, diríjase a Declaración de avería, reparación, cambio de contador (con o sin avería)
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar la declaración