¿Qué tienes que saber?
Comunicación de los miembros del Patronato de la fundación al Protectorado, del cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente para actos de disposición, de relaciones laborales o profesionales con la fundación y de operaciones distintas de las relaciones laborales o profesionales con patrones del artículo 332-2 y 332-10 del Código civil de Cataluña.
Modalidades
- Declaración responsable de actos de disposición en cumplimiento del artículo 333-1 del Código civil de Cataluña.
- Declaración responsable de operaciones con patronos i/o personas vinculadas en cumplimiento del artículo 332-9 del Código civil de Cataluña.
- Declaración responsable de relaciones laborales o profesionales con patronos en el cumplimiento de los artículos 332-2 i 332-10 del Código civil de Cataluña.
Este trámite sólo se puede hacer por internet con certificado digital. La documentación que aporte fuera de este canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A miembros del patronato de las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Certificado del acuerdo del patronato de la fundación firmado por el secretario con el visto bueno del presidente.
- Declaración responsable de relaciones laborales o profesionales con patronos [DOC, 45.5 kB]
Declaración responsable de relaciones laborales o profesionales con patronos [PDF, 30,8 kB] - Informe validado por técnicos independientes: documento obligatorio en el caso de que el importe de los contratos formalizados con un patrón sea superior a 100.000 euros anuales, o que el importe de los contratos formalizados con un patrón sea superior al 10% de los ingresos meritados en el último ejercicio económico cerrado y aprobado por el patronato o que el coste anual de los contratos formalizados con patronos, más el coste del nuevo contrato o contratos que se quieran formalizar, sea superior al 10% de los ingresos meritados en el último ejercicio económico cerrado y aprobado por el Patronato.
42,70 €
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar
Este trámite sólo se puede hacer por internet con certificado digital. Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de representante, de persona vinculada, o de persona física.
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2
Segundo paso
Hacer el pago
Métodos de pago:
Métodos de pago:
Por internet
Cuando enviéis el formulario del trámite, podréis elegir entre varios métodos de pago:
- Con tarjeta bancaria: Podéis pagar con cualquier tarjeta VISA o MASTERCARD, sea de la entidad que sea.
- Con carta de pago: Cuando enviáis el formulario, junto con el recibo de registro, se emite una carta de pago con un código de barras con el importe que hay que pagar. Una vez descargada, podéis pagar con el código RIN (un número que hay debajo del código de barras correspondiente a la liquidación) desde la página de pagos de CaixaBank.
- Con Bizum: La plataforma os pedirá el número de teléfono. Introducidlo y pulsad el botón Continúa la compra. Tened el móvil cerca por si la aplicación de vuestra entidad bancaria os pide la autorización.
Pago más adelante
Si preferís pagar en otro momento, podéis acceder a:
Allí podréis seleccionar de nuevo el método de pago o descargar la carta de pago desde el detalle del trámite, desplegando el apartado Pago.
Presencialmente
Descargad la carta de pago desde el Área privada o desde el Estado de mis gestiones y pagadla en un cajero, siguiendo las instrucciones indicadas en el documento.
Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.
La justificación del pago de la tasa solo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio. Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se tiene que volver a pagar la tasa.
- Con tarjeta bancaria: Podéis pagar con cualquier tarjeta VISA o MASTERCARD, sea de la entidad que sea.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite