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  • Distintivo de garantía de calidad ambiental
  • Modificar productos o servicios certificados
8684 - Distintiu de garantia de qualitat ambiental Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicite la modificación
  2. 2. Consulte el estado del trámite
  3. 3. Responda a un requerimiento
  4. 4. Reciba la respuesta de la Administración
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Distintivo de garantía de calidad ambiental

Modificar productos o servicios certificados

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Normativa

  • DECRETO 296/1998, de 17 de noviembre, por el que se amplía el ámbito del distintivo de garantía de calidad ambiental a los servicios.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2772  publicado el 24/11/1998)
  • DECRETO 316/1994, de 4 de noviembre, sobre otorgamiento del distintivo de garantía de calidad ambiental por la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1985  publicado el 14/12/1994)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El Distintivo de garantía de calidad ambiental es un sistema voluntario de etiquetado ecológico que permite:

  • Reconocer los productos y servicios que poseen una calidad ambiental que va más allá de la establecida por la normativa vigente.
  • Dar una mejor y fiable información a la persona consumidora o usuaria.

Para obtener el Distintivo se establece una serie de condiciones que deben cumplirse para cada categoría de productos y de servicios.

La vigencia del Distintivo otorgado se establece en la resolución definida por los criterios de cada categoría.

El Distintivo se debe renovar cuando finaliza la vigencia del otorgamiento, la cual ha sido establecida en la correspondiente Resolución.

En caso de que desee incorporar nuevos productos o servicios dentro de un certificado vigente, debe solicitar su ampliación.

Mientras tenga el certificado vigente, si realiza cambios en el producto o en el servicio que afecte al cumplimiento de los criterios ambientales, debe solicitar una modificación.

Este trámite solo lo puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos su fecha como fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Canvi Climàtic i Qualitat Ambiental
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones
  • A los fabricantes de productos con instalaciones industriales en Cataluña y los distribuidores de productos con marca propia que se comercializan en Cataluña.
  • A los titulares de servicios que se prestan en el ámbito territorial de Cataluña. Si la empresa tiene diferentes establecimientos, hay que indicar claramente si la solicitud se refiere a todos, a alguno o varios de los establecimientos.
  • Al sector público (entidades locales, colegios profesionales, Generalitat de Catalunya...).
Plazos

Puedes solicitar la modificación en cualquier momento mientras el certificado esté vigente.

Documentación
  • Documento que justifique que se ha realizado una modificación del producto o servicio que afecta a los criterios ambientales.
  • En caso de que actúe como representante, debe presentar la documentación que acredite la representación. No debe presentarla si está inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa) o bien firme con certificado calificado de representante legal.
Requisitos
  1. Que la producción o comercialización de productos o la prestación de servicios se realice dentro del ámbito territorial de Cataluña.
  2. Cumplir con la normativa legal ambiental vigente.
Tasas

Este trámite es gratuito.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicite la modificación

    El sector público debe tramitar por EACAT. Si no ve el trámite, haga una petición al gestor EACAT que tiene asignado.

    Este trámite solo puede realizarse por internet.
    Debe disponer de idCAT Móvil o un certificado digital. Si firma el formulario como persona jurídica, debe acreditar la representación mediante un certificado digital de representación, la inscripción a Representa (Registro electrónico de representación de la Generalitat) o cualquier otro medio válido que deje constancia.

    Por Internet

    Formulario para profesionales y personas jurídicas

    Iniciar . Acceder a Formulario para profesionales y personas jurídicas

    EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    Iniciar . Acceder a EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    Tenga en cuenta que:

    • Debe adjuntar al formulario los documentos que se especifican en el apartado Documentación.

    Personas físicas (profesionales) y jurídicas:

    • Una vez enviado el formulario, recibirás un correo electrónico con el código identificador (ID) del trámite. Con este dato podrás hacer el seguimiento.
    • Más información: Soporte a la tramitación por internet y en los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    Sector público:

    • Una vez dentro de EACAT, vaya al apartado Trámites, pulse TER- Distintiu de garantia de qualitat ambiental y siga las instrucciones.

    Si tiene problemas con la tramitación, consulte el apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si el problema continúa, compruebe si ha habido una incidencia o corte de servicio en Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica y, si es así, vuelva a probarlo pasadas unas horas.

  2. 2

    Segundo paso

    Consulte el estado del trámite

    Consulte el estado del trámite en los sitios siguientes:

    Consulte el estado del trámite en los sitios siguientes:

    • Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital).
    • Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF).

    Si tiene dificultades como realizar el seguimiento de un trámite puede ver este vídeo.

  3. 3

    Tercer paso

    Responda a un requerimiento

    Si la Administración considera que es necesario subsanar algún documento o es necesaria alguna aclaración, le enviará un requerimiento.

    Si la Administración considera que es necesario subsanar algún documento o es necesaria alguna aclaración, le enviará un requerimiento.

    ¿Cómo recibiré el requerimiento?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.

    ¿Cómo he de presentar la documentación?

    • Empresas y profesionales:
      • El requerimiento contiene un enlace que le permitirá acceder al Área privada de Canal Empresa donde podrá subir la documentación. Busque el trámite en el apartado de Mis trámites, haga clic sobre el botón Historial de gestiones y siga las instrucciones que encontrará.
      • Si tiene dificultades para presentar la documentación puede ver este vídeo.
    • Organismos públicos:
      • Siga las instrucciones que se indican.
  4. 4

    Cuarto paso

    Reciba la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta? En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presenta el formulario. Si pasado este plazo no se le ha dictado y notificado la resolución, el Distintivo se considerará [...]

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    • En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presenta el formulario. Si pasado este plazo no se le ha dictado y notificado la resolución, el Distintivo se considerará modificado por silencio administrativo.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.

    ¿Puedo presentar un recurso?

    Sí. Tiene 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para presentar un recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica. Debe presentarlo mediante una petición genérica con firma.

Fecha de actualización 12.05.2026
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