¿Qué tienes que saber?
El Distintivo de garantía de calidad ambiental es un sistema voluntario de etiquetado ecológico que permite:
- Reconocer los productos y servicios que poseen una calidad ambiental que va más allá de la establecida por la normativa vigente.
- Dar una mejor y fiable información a la persona consumidora o usuaria.
Para obtener el Distintivo se establece una serie de condiciones que deben cumplirse para cada categoría de productos y de servicios.
La vigencia del Distintivo otorgado se establece en la resolución definida por los criterios de cada categoría.
El Distintivo se debe renovar cuando finaliza la vigencia del otorgamiento, la cual ha sido establecida en la correspondiente Resolución.
En caso de que desee incorporar nuevos productos o servicios dentro de un certificado vigente, debe solicitar su ampliación.
Mientras tenga el certificado vigente, si realiza cambios en el producto o en el servicio que afecte al cumplimiento de los criterios ambientales, debe solicitar una modificación.
Este trámite solo lo puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos su fecha como fecha de presentación.
- A los fabricantes de productos con instalaciones industriales en Cataluña y los distribuidores de productos con marca propia que se comercializan en Cataluña.
- A los titulares de servicios que se prestan en el ámbito territorial de Cataluña. Si la empresa tiene diferentes establecimientos, hay que indicar claramente si la solicitud se refiere a todos, a alguno o varios de los establecimientos.
- Al sector público (entidades locales, colegios profesionales, Generalitat de Catalunya...).
Lo puede solicitar en cualquier momento.
- Informe de evaluación de la categoría de productos o servicios por la que solicita el Distintivo (descargar 'Modelo IAD' en la tabla siguiente).
- Documentación anexa que acredite el cumplimiento de los criterios establecidos en cada categoría.
- En caso de que actúe como representante, debe presentar la documentación que acredite la representación. No debe presentarla si está inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa) o bien firma con certificado calificado de representante legal.
Modelos de informe de evaluación por categoría:
| Categorías | Informe de evaluación | Criterios ambientales | |
|---|---|---|---|
| Alojamientos turísticos | Campings | Modelo IAD-090 | Resolución |
| Establecimientos de turismo rural | Modelo IAD-160 | Resolución y resolución de prórroga | |
| Establecimientos hoteleros | Modelo IAD-140 | Resolución y resolución de prórroga | |
| Instalaciones juveniles | Modelo IAD-130 | Resolución | |
| Productos | Aceites base regenerados y productos que los incorporan | Modelo IAD-070 | Resolución |
| Neumáticos recauchutados | Modelo IAD-310 | ||
| Materias primas y productos de árido reciclado | Modelo IAD-220 | Resolución | |
| Materias primas y productos de caucho reciclado | Modelo IAD-210 | Resolución | |
| Materias primas y productos de plástico reciclado | Modelo IAD-010 | ||
| Productos aislantes acústicos y térmicos con material reciclado | Modelo IAD-270 | ||
| Productos de hormigón con material reciclado | Modelo IAD-260 | ||
| Productos de madera | Modelo IAD-190 | Resolución | |
| Productos de material compostable | Modelo IAD-100 | Resolución y resolución de prórroga | |
| Productos y sistemas que favorecen el ahorro de agua | Modelo IAD-040 | Resolución | |
| Productos y transformados de corcho | Modelo IAD-060 | Resolución y Resolución de prórroga | |
| Vehículos |
Flotas de vehículos
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Vehículos autónomos: Modelo IAD-340-autónomos Vehículos empresa: Modelos IAD-340-empresa Ciclomotores y motocicletas: |
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| Parques de vehículos | Modelo IAD-280 | Resolución y Resolución de prórroga | |
| Talleres de vehículos | Modelo IAD-110 | Resolución | |
| Servicios | Centros deportivos | Modelo IAD-320 | Resolución |
| Edificios de uso de oficinas | Modelo IAD-250 | ||
| Equipamientos culturales: Bibliotecas y museos | Modelo IAD-330 | Resolución | |
| Equipamientos escénicos y musicales y centros y espacios de artes visuales | Modelo IAD-350 | ||
| Establecimientos de restauración | Modelo IAD-370 | Resolución | |
| Molinos de aceite | Modelo IAD-360 | Resolución y Resolución de prórroga | |
| Redes de oficinas con atención al público | Modelo IAD-240 | ||
| Centro de actividades marítimas | Model IAD-380 | Resolución y Resolución de prórroga |
Requisitos informativos
-
Que la producción o comercialización de productos o la prestación de servicios se realice en el ámbito territorial de Catalunya.
-
Cumplir con la normativa legal ambiental vigente.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicite el Distintivo
El sector público debe tramitar por EACAT. Si no ve el trámite, debe hacer una petición al gestor EACAT que tiene asignado.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Debe disponer de idCAT Móvil o un certificado digital. Si firma el formulario como persona jurídica, debe acreditar la representación mediante un certificado digital de representación, la inscripción a Representa (Registro electrónico de representación de la Generalitat) o cualquier otro medio válido que deje constancia. -
2
Segundo paso
Pague la tasa
¿Cómo realizar el pago?Después de enviar el formulario, se abrirá una página con un enlace que le permitirá pagar con tarjeta bancaria, Bizum o carta de pago.Consulte la tasa que debe pagar.Amplíe la [...]
¿Cómo realizar el pago?
Después de enviar el formulario, se abrirá una página con un enlace que le permitirá pagar con tarjeta bancaria, Bizum o carta de pago.
Consulte la tasa que debe pagar.
Amplíe la información sobre cómo hacer el pago de un trámite.Dispondrá de 60 días para pagar la tasa. Si no lo hace, consideraremos que desiste de su solicitud.
Una vez pagada, iniciaremos la tramitación del Distintivo. -
3
Tercer paso
Consulte el estado del trámite
Consulte el estado del trámite en los siguientes sitios:
Consulte el estado del trámite en los siguientes sitios:
- Canal Empresa (con idCAT Móvil/o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Si tiene dificultades como realizar el seguimiento de un trámite puede ver este vídeo.
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4
Cuarto paso
Responda a un requerimiento
Si, además de la documentación que debe presentar, necesitamos otra adicional le haremos llegar un requerimiento.
Si, además de la documentación que debe presentar, necesitamos otra adicional le haremos llegar un requerimiento.
¿Cómo recibiré el requerimiento?
La Administración le enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si ha indicado la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
- Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.
¿Cómo he de presentar la documentación?
- Empresas y profesionales:
- El requerimiento contiene un enlace que le permitirá acceder al Área privada de Canal Empresa donde podrá subir la documentación. Busque el trámite en el apartado de "Mis trámites", haga clic sobre el botón "Historial de gestiones" y siga las instrucciones que encontrará.
- Si tiene dificultades para presentar la documentación puede ver este vídeo.
- Organismos públicos:
- Siga las instrucciones que se indica.
- Correo electrónico o SMS: si ha indicado la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
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5
Quinto paso
Reciba la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta? En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presenta el formulario. Si pasado este plazo no le hemos dictado y notificado la resolución, el Distintivo se [...]
¿Cuándo recibiré la respuesta?
- En el plazo de 3 meses desde la fecha en que presenta el formulario. Si pasado este plazo no le hemos dictado y notificado la resolución, el Distintivo se considerará otorgado por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
La Administración le enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si ha indicado la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
- Si tiene dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí. Tiene 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para presentar un recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica. Debe presentarlo mediante una petición genérica con firma.