¿Qué tienes que saber?
El objecto de esta línia de subvenciones es dar apollo a la edición discográfica y videográfica de producciones musicales de especial interés cultural o patrimonial.
PENDIENTE DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
El período para presentar solicitudes es del 17 al 31 de marzo del 2026, ambos inclusive.
El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:
- Para consultas sobre contenidos de la subvención: 93 514 48 75, 93 546 08 79
- Para consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Organismo responsable
Pueden optar a estas subvenciones las empresas discográficas privadas que efectuan actividades de edición discográfica y videográfica.
Las personas beneficiarias presentarán la justificación con fecha límite del último día hábil del mes de febrero del año posterior al de la concesión de la subvención.
La modalidad de justificación será la cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con lo establecido en la base general 16.2.b).
Junto con la justificación es necesario aportar diez ejemplares de las producciones objeto de la subvención. En el caso de las ediciones en formato únicamente digital, es necesario proporcionar un enlace operativo a estas.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Justificar la subvención
Plazos
Del 28/01/2026